EUR-Lex L'accesso al diritto dell'Unione europea

Torna alla homepage di EUR-Lex

Questo documento è un estratto del sito web EUR-Lex.

Aeronaves no tripuladas: requisitos de diseño y fabricación

Aeronaves no tripuladas: requisitos de diseño y fabricación

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento Delegado (UE) 2019/945 sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Establece las características y capacidades que deben tener los drones (aeronaves no tripuladas y los equipos para su control remoto) para poder volar de forma segura y pretende ayudar a fomentar la inversión y la innovación en el sector. El Reglamento Delegado también aborda las condiciones de los operadores de sistemas de aeronaves no tripuladas en terceros países.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento Delegado abarca tres cuestiones principales:

  • los requisitos técnicos para los drones y para los accesorios de identificación a distancia*;
  • las normas para drones, kits de accesorios y accesorios de identificación a distancia disponibles en el mercado de la Unión Europea (UE);
  • las normas aplicables a los operadores de drones no pertenecientes a la UE que realicen operaciones con drones en el espacio aéreo del cielo único europeo.

Categorías de operaciones

El Reglamento se aplica a tres categorías de operaciones de drones de conformidad con un acto de ejecución adoptado por la Comisión Europea, el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 (véase la síntesis).

  • Operaciones abiertas: no requieren ninguna autorización ni declaración del operador antes del vuelo.
  • Operaciones específicas: requieren una autorización operacional expedida por la autoridad nacional competente, con algunas excepciones.
  • Operaciones certificadas: requieren la certificación del dron y del operador y, en su caso, la obtención de una licencia por parte del piloto remoto.

No se aplica a los drones destinados a volar completamente en interiores.

Normas y requisitos técnicos

El Reglamento establece normas distintas para dos clases diferentes de operación de drones.

1. Categorías de operación abierta o específica con una declaración de operación, accesorios con etiqueta de identificación de clase y accesorios de identificación a distancia. Estas normas y requisitos abarcan una serie de asuntos entre los que se incluyen:

  • los requisitos aplicables a los productos;
  • las obligaciones de los agentes económicos, entre los que se encuentran los fabricantes, los importadores y los distribuidores;
  • la conformidad del producto, que abarca una serie de asuntos entre los que se incluyen:
    • los procedimientos de evaluación de la conformidad de los productos,
    • la declaración UE de conformidad,
    • las reglas y condiciones para la colocación del marcado CE y la etiqueta de identificación de clase de dron,
    • la notificación a los organismos de evaluación de la conformidad,
    • la vigilancia del mercado y la supervisión de los productos que ingresan al mercado de la UE.

2. Categorías específicas o certificadas, excepto cuando se realicen bajo declaración. Estas normas y requisitos abarcan:

  • los requisitos de certificación basados en una serie de factores, incluidos el tamaño y el propósito;
  • el sistema de identificación a distancia* los requisitos para drones de categoría «específica» diseñados para volar por debajo de los ciento veinte metros.

Operadores de terceros países

Con ciertas excepciones, los operadores de drones con base en un país no perteneciente a la UE deben cumplir con el Reglamento cuando operen dentro del espacio aéreo del cielo único europeo.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de julio de 2019.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

Accesorios de identificación a distancia. Un sistema que no está integrado en el dron sino que se adquiere por separado.
Sistema de identificación a distancia. Un sistema que garantiza la transmisión local de información sobre un dron en funcionamiento, incluido el marcado del dron, de modo que esta información se pueda obtener sin acceso físico a dicha aeronave.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento Delegado (UE) 2019/945 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladas (DO L 152 de 11.6.2019, pp. 1-40).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento Delegado (UE) 2019/945 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, de 24 de mayo de 2019, relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas (DO L 152 de 11.6.2019, pp. 45-71).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2018, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 2111/2005, (CE) n.o 1008/2008, (UE) n.o 996/2010, (CE) n.o 376/2014 y las Directivas 2014/30/UE y 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 552/2004 y (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CEE) n.o 3922/91 del Consejo (DO L 212 de 22.8.2018, pp. 1-122).

Véase la versión consolidada.

última actualización 08.12.2021

In alto