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State aid — application of rules for services of general economic interest (SGEI)
Ayudas estatales: aplicación de las normas para la prestación de servicios de interés económico general (SIEG)
Ayudas estatales: aplicación de las normas para la prestación de servicios de interés económico general (SIEG)
Ayudas estatales: aplicación de las normas para la prestación de servicios de interés económico general (SIEG)
SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA DECISIÓN Y LAS COMUNICACIONES?
PUNTOS CLAVE
Servicios de interés económico general (SIEG)
Los servicios de interés económico general son actividades económicas, tales como red de transportes y servicios postales y sociales, que los poderes públicos consideran particularmente importantes para los ciudadanos, y que no se prestarían (o se prestarían en diferentes condiciones) si no hubiera intervención pública.
Compensación por servicios de interés económico general
Según la sentencia Altmark, de 2003, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), las compensaciones por servicios públicos no constituyen ayuda estatal siempre que se cumplan 4 criterios acumulativos:
Cuando uno o más de estos criterios no se cumplan, las compensaciones por servicio público se estudiarán en virtud de la normativa de ayudas estatales.
Reforma de las ayudas estatales de compensaciones por servicios de interés económico general
Un paquete de 4 documentos sobre compensaciones por servicios de interés económico general tiene como objetivo aclarar y simplificar sus reglas de ayuda estatal
La comunicación sobre la aplicación de las normas de la UE sobre ayudas estatales
La Decisión y el marco a los que se hace referencia a continuación definen las condiciones bajo las cuales una medida de ayuda estatal se considera o puede ser compatible con el mercado interior sobre la base del artículo 106, apartado 2.
Decisión 2012/21/UE
Marco de la UE
El marco:
Informes
Los países de la UE deben presentar informes a la Comisión sobre la aplicación de la decisión y sobre el cumplimiento del marco cada 2 años.
Transparencia
Los países de la UE deben publicar detalles sobre la financiación de los SIEG dentro del ámbito de aplicación de la Decisión (para una compensación superior a 15 millones de euros concedida a una empresa que también tiene actividades fuera del ámbito de aplicación de los SIEG) o el marco sobre una base anual:
Directrices
La Comisión ha preparado directrices sobre la aplicación de las normas de ayuda estatal para los SIEG.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?
Está en vigor desde el 31 de enero de 2012.
ANTECEDENTES
DOCUMENTOS PRINCIPALES
Comunicación de la Comisión relativa a la aplicación de las normas de la Unión Europea en materia de ayudas estatales a las compensaciones concedidas por la prestación de servicios de interés económico general (DO C 8 de 11.1.2012, pp. 4-14).
Decisión de la Comisión 2012/21/UE, de 20 de diciembre de 2011, relativa a la aplicación de las disposiciones del artículo 106, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas estatales en forma de compensación por servicio público concedidas a algunas empresas encargadas de la gestión de servicios de interés económico general (DO L 7 de 11.1.2012, pp. 3-10).
Comunicación de la Comisión — Marco de la Unión Europea sobre ayudas estatales en forma de compensación por servicio público (2011) (DO C 8 de 11.1.2012, pp. 15-22).
DOCUMENTOS CONEXOS
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — parte 3. Políticas y acciones internas de la Unión — Título VII — Normas comunes sobre competencia, fiscalidad y aproximación de las legislaciones — Capítulo 1 — Normas sobre competencia — Sección primera — Disposiciones aplicables a las empresas — Artículo 106 (antiguo artículo 86 del TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 90-91).
Documento de trabajo de los servicios de la Comisión: Guía para la aplicación de las normas de la Unión Europea sobre ayudas estatales, contratación pública y mercado interior a los servicios de interés económico general y, en particular, a los servicios sociales de interés general [SWD(2013) 53 final/2, 29.4.2013].
Reglamento (UE) n.o 360/2012 de la Comisión, de 25 de abril de 2012, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general (DO L 114 de 26.4.2012, pp. 8-13).
Las modificaciones sucesivas al Reglamento (UE) n.o 360/2012 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
última actualización 09.09.2019