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European statistics on natural gas and electricity prices
Estadísticas europeas sobre los precios del gas natural y la electricidad
Estadísticas europeas sobre los precios del gas natural y la electricidad
Reglamento (UE) 2016/1952: Estadísticas europeas sobre los precios del gas natural y la electricidad
Establece un sistema común para desarrollar, elaborar y difundir estadísticas europeas comparables sobre los precios del gas natural y la electricidad aplicados a clientes domésticos y a clientes finales no domésticos de la Unión Europea (UE).
Deroga y sustituye la Directiva 2008/92/CE.
Fuentes de datos, alcance y transmisión
Los países de la UE deben recoger datos sobre lo siguiente:
Los datos pueden recogerse de una o varias de las fuentes siguientes:
Los países de la UE deben tener en cuenta en el proceso de recogida de datos los principios de reducción de la carga para los encuestados y de simplificación administrativa.
La recopilación debe ajustarse a la metodología establecida en el anexo I (Precios del gas natural) y el anexo II (Precios de la electricidad) del Reglamento. Estos datos deben enviarse a la Comisión Europea (Eurostat) anual o bianualmente.
Los países de la UE no están obligados a transmitir los datos sobre el gas natural aplicados a los clientes domésticos si el consumo de gas natural en el sector de los hogares supone menos del 1,5 % del consumo final nacional de energía en el sector de los hogares.
Evaluación de calidad e informes
Cada tres años, los países de la UE deben presentar a Eurostat un informe de calidad normalizado sobre los datos de acuerdo con los criterios establecidos en el Reglamento (CE) n.o 223/2009: Estadísticas europeas y en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/803. Eurostat evalúa después la calidad de los datos proporcionados y utiliza esa evaluación y un análisis de los informes de calidad para preparar y publicar un informe sobre la calidad de las estadísticas europeas cubiertas por el presente Reglamento.
Comité
La Comisión (Eurostat) recibe apoyo y asesoramiento del Comité del Sistema Estadístico Europeo, un comité compuesto por representantes de los países de la UE y presidido por la Comisión.
Está en vigor desde el 7 de diciembre de 2016.
Para elaborar la política de la unión de la energía y realizar el seguimiento de los mercados de la energía de los países de la UE se necesitan datos de alta calidad, comparables, actualizados, fiables y armonizados sobre los precios del gas natural y la electricidad aplicados a los clientes finales.
Hasta que este Reglamento entró en vigor, los datos sobre los precios del gas natural y la electricidad aplicados a los clientes finales del sector de los hogares se recogían sobre la base de un acuerdo voluntario.
Para obtener más información, véase:
Reglamento (UE) n.o 2016/1952 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las estadísticas europeas sobre los precios del gas natural y la electricidad y por el que se deroga la Directiva 2008/92/CE (DO L 311 de 17.11.2016, pp. 1-12).
Reglamento de Ejecución (UE) 2019/803 de la Comisión, de 17 de mayo de 2019 relativo a los requisitos técnicos del contenido de los informes de calidad sobre las estadísticas europeas relativas a los precios del gas natural y la electricidad con arreglo al Reglamento (UE) 2016/1952 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 132 de 20.5.2019, pp. 23-27).
Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1101/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico, el Reglamento (CE) n.o 322/97 sobre la estadística comunitaria y la Decisión 89/382/CEE, del Consejo por la que se crea un Comité del programa estadístico de las Comunidades Europeas (DO L 87 de 31.3.2009, pp. 164-173).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 223/2009 se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Reglamento (CE) n.o 1099/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, relativo a las estadísticas sobre energía (DO L 304 de 14.11.2008, pp. 1-62).
Véase la versión consolidada.
última actualización 05.09.2018