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European Personnel Selection Office (EPSO)
Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)
Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)
Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)
SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTAS DECISIONES?
PUNTOS CLAVE
Tareas
Procedimientos de selección
Prestaciones suplementarias
Asimismo, la EPSO puede hacer lo siguiente:
Consejo de Administración
Nombramiento del personal de la EPSO
La Comisión Europea nombra el director de la EPSO una vez el Consejo de Administración ha emitido un dictamen favorable en relación con el candidato. El director se encarga del correcto funcionamiento de la EPSO y del nombramiento de su personal. El director es designado por un período de cinco años que puede prorrogarse una vez.
Presupuesto y contabilidad
El presupuesto de la EPSO se enmarca en la sección del presupuesto de la UE relativo a la Comisión Europea. La contabilidad de la EPSO se establece de conformidad con las normas y los métodos de contabilidad de la Comisión. Debe llevar una contabilidad separada de los ingresos procedentes de las prestaciones efectuadas por la EPSO a título oneroso.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR LAS DECISIONES?
Las Decisiones 2002/620/CE y 2002/621/CE están en vigor desde el 26 de julio de 2002.
ANTECEDENTES
Para más información, véase:
DOCUMENTOS PRINCIPALES
Decisión 2002/620/CE Decisión del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, por la que se crea la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas - Declaración de la Mesa del Parlamento Europeo (DO L 197 de 26.7.2002, pp. 53-55)
Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, del Secretario del Tribunal de Justicia, de los Secretarios Generales del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones y del Representante del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, relativa a la organización y el funcionamiento de la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, pp. 56-59)
Las modificaciones y correcciones sucesivas a la Decisión 2002/621/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
última actualización 07.11.2017