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Información sobre los proyectos de política de cohesión financiados por la UE: normas y modelos

Información sobre los proyectos de política de cohesión financiados por la UE: normas y modelos

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Aplicación del Reglamento (UE) 2015/207: normas y modelos para los informes que deberán facilitar los programas y proyectos financiados en el marco de los objetivos de la política de cohesión de la UE

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El presente Reglamento establece las normas y los modelos de información de la Unión Europea (UE) para el período de programación de 2013 a 2020 que las autoridades de gestión* tienen que utilizar al informar a la Comisión Europea sobre la ejecución de los programas en el marco de los Fondos Estructurales y de Inversión de la UE.

PUNTOS CLAVE

  • Los países de la UE tienen que presentar informes de evolución regularmente. El formato en el anexo I del Reglamento se divide en cinco partes y permite agregar datos de diferentes programas con facilidad para llevar a cabo una evaluación eficaz de la evolución general en el acuerdo de asociación* para cada país de la UE.
  • Los grandes proyectos representan una gran parte del gasto de la UE y son clave para lograr crecimiento y empleo. El formato estándar del informe en el anexo II establece la información que la Comisión necesita para aprobar un gran proyecto. La información solicitada pretende demostrar que un proyecto no desplazará los puestos de trabajo existentes desde otros centros de producción de la UE.
  • El análisis de costes-beneficios, que incluye un análisis económico, un análisis financiero y una evaluación de riesgos, es esencial para la aprobación de un gran proyecto. Por medio del método establecido en el anexo III, el análisis de costes-beneficios de los grandes proyectos debe demostrar que el proyecto es deseable desde el punto de vista económico.
  • Utilizando el modelo que figura en el anexo IV, las autoridades de gestión pueden presentar planes de acción conjuntos, que representan un mínimo de 10 millones de EUR o el 20 % de la ayuda pública del programa o programas. Se trata de un paquete de proyectos que no incluyen infraestructura y que contribuyen a un programa o programas de un modo más eficiente para los beneficiarios de subvenciones.
  • Los programas deben presentar informes anuales de ejecución del 31 de mayo de 2016 hasta el año 2023. El modelo en el anexo V establece la información solicitada por la Comisión para evaluar la evolución hacia el objetivo de crecimiento y empleo. El modelo en el anexo X establece la información que necesita la Comisión para evaluar la evolución de los programas de cooperación territorial*.
  • Las declaraciones de fiabilidad son un requisito de las autoridades de gestión para cada uno de los programas bajo su responsabilidad, utilizando el formato establecido en el anexo VI. Estas se refieren al uso correcto y previsto de los fondos y su auditoría.
  • Los modelos para las autoridades de auditoría que presentan estrategias de auditoría (anexo VII), dictámenes de auditoría (anexo VIII) e informes de control anuales (anexo IX) están claramente establecidos.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 14 de febrero de 2015.

ANTECEDENTES

La financiación de la política de cohesión es la principal rama de inversión de la UE y apoya el objetivo estratégico de la UE de invertir en empleo, en estrecha colaboración con objetivos de Europa 2020.

Para obtener más información, véase:

* TÉRMINOS CLAVE

Autoridad de gestión: el organismo oficial responsable de ejecutar el programa, seleccionar proyectos, realizar el seguimiento de la ejecución presupuestaria y facilitar información a la Comisión, los socios y el público.

Acuerdo de asociación: los países de la UE deben elaborar y ejecutar planes estratégicos con las prioridades de inversión que abarquen todos los Fondos Estructurales y de Inversión. Los acuerdos de asociación se negocian al comienzo del período de siete años entre la Comisión Europea y las autoridades nacionales, previa consulta a los grupos de interés, la sociedad civil y los representantes locales y regionales.

Cooperación territorial europea: los programas de cooperación territorial europea tratan de alentar a las regiones y ciudades de diferentes países de la UE a trabajar conjuntamente, compartir conocimientos y aprender unos de otros para mejorar la integración y la calidad de vida al otro lado de las fronteras gracias a redes, programas, proyectos conjuntos.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/207 de la Comisión, de 20 de enero de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los modelos del informe de evolución, la presentación de la información sobre un gran proyecto, el plan de acción conjunto, los informes de ejecución para el objetivo de inversión en crecimiento y empleo, la declaración de fiabilidad, la estrategia de auditoría, el dictamen de auditoría y el informe de control anual y la metodología para llevar a cabo el análisis coste-beneficio, y de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta al modelo de los informes de ejecución para el objetivo de cooperación territorial europea (DO L 38 de 13.2.2015, pp. 1-122)

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 320-469)

Las sucesivas modificaciones del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Reglamento (UE) n.o 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 259-280)

última actualización 13.09.2016

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