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Document E2011J0016

Sentencia del tribunal, de 28 de enero de 2013 , en el asunto E-16/11 — Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia (Directiva 94/19/CE relativa a los sistemas de garantía de depósitos — Obligación de resultado — Emanación del Estado — Discriminación)

DO C 132 de 9.5.2013, p. 11–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

9.5.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/11


SENTENCIA DEL TRIBUNAL

de 28 de enero de 2013

en el asunto E-16/11

Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia

(Directiva 94/19/CE relativa a los sistemas de garantía de depósitos — Obligación de resultado — Emanación del Estado — Discriminación)

2013/C 132/06

En el asunto E-16/11, Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia — SOLICITUD de declaración de que, al no garantizar el pago de la cantidad mínima de compensación a los depositantes de Icesave en los Países Bajos y el Reino Unido prevista en el artículo 7, apartado 1, de la Ley mencionada en el punto 19 bis del anexo IX del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Directiva 94/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, relativa a los sistemas de garantía de depósitos) dentro de los plazos establecidos en el artículo 10 de la Ley, Islandia ha incumplido las obligaciones derivadas de dicho acto, en particular, de sus artículos 3, 4, 7 y 10, y/o el artículo 4 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, el Tribunal, compuesto por Carl Baudenbacher, Presidente y Juez Ponente, Páll Hreinsson y Ola Mestad, Jueces (ad hoc), dictaron sentencia el 28 de enero de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Por la presente el Tribunal:

1)

Desestima el recurso.

2)

El Órgano de Vigilancia de la AELC cargará con sus propias costas y con las costas incurridas por Islandia.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


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