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Document E2010G0005

Decisión del Comité Permanente de los Estados de la AELC n ° 5/2010/SC, de 9 diciembre de 2010 , que modifica la Decisión del Comité Permanente n ° 4/2004/SC, por la que se establece un Comité del Mecanismo Financiero

DO L 78 de 24.3.2011, p. 57–57 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2010/5(3)/oj

24.3.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 78/57


DECISIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE LOS ESTADOS DE LA AELC

No 5/2010/SC

de 9 diciembre de 2010

que modifica la Decisión del Comité Permanente no 4/2004/SC, por la que se establece un Comité del Mecanismo Financiero

EL COMITÉ PERMANENTE DE LOS ESTADOS DE LA AELC,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado el «Acuerdo EEE»,

Visto el Acuerdo entre la Unión Europea, Islandia, el Principado de Liechtenstein y el Reino de Noruega sobre un Mecanismo Financiero EEE 2009-2014,

Visto el Protocolo 38 ter del Mecanismo Financiero del EEE, insertado en el Acuerdo EEE en virtud del Acuerdo antes mencionado entre la Unión Europea, Islandia, el Principado de Liechtenstein y el Reino de Noruega sobre un Mecanismo Financiero del EEE 2009-2014,

Visto el Acuerdo entre el Reino de Noruega y la Unión Europea sobre un Mecanismo Financiero noruego para el período 2009-2014,

Vista la Decisión del Comité Permanente de los Estados de la AELC no 4/2004/SC, de 3 de junio de 2004, por la que se establece un Comité del Mecanismo Financiero (1),

Vista la Decisión del Comité Permanente de los Estados de la AELC no 1/2010/SC, de 28 de enero de 2010, por la que se establece un Comité Provisional del Mecanismo Financiero del EEE 2009-2014 (2),

DECIDE:

Artículo 1

En el artículo 1 de la Decisión no 4/2004/SC, la segunda frase del apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«El Comité gestionará el Mecanismo Financiero del EEE 2004-2009 y el Mecanismo Financiero del EEE 2009-2014.».

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de entrada en vigor o de aplicación provisional del acto jurídico que establece el Mecanismo Financiero de la EEE para el período 2009-2014.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 9 de diciembre de 2010.

Por el Comité Permanente

El Presidente

Stefán Haukur JÓHANNESSON

El Secretario General

Kåre BRYN


(1)  DO L 52 de 23.2.2006, p. 54.

(2)  DO L 53 de 4.3.2010, p. 19.


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