This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document C2007/170/14
Case C-102/05: Order of the Court (Fourth Chamber) of 10 May 2007 (reference for a preliminary ruling from the Regeringsrätten — Sweden) — Skatteverket v A and B (First subparagraph of Article 104(3) of the Rules of Procedure — Free movement of capital — Freedom of establishment — Taxation — Dividends paid in respect of shares distributed by a close company — Wage rules — Taxation of those dividends as income from assets — Calculation of a flat-rate yield — Percentage of capital invested and fraction of salaries — Branch established in a third country — Failure to take into account employees' wages at this branch)
Asunto C-102/05: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 10 de mayo de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Regeringsrätten, Suecia) — Skatteverket/A y B (Artículo 104, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento — Libre circulación de capitales — Libertad de establecimiento — Régimen tributario — Dividendos de acciones distribuidos por una sociedad de accionariado concentrado — Norma sobre los salarios — Tributación de dichos dividendos como rentas del capital — Cálculo de un rendimiento global — Porcentaje sobre el capital invertido y sobre una fracción de los salarios — Sucursal establecida en un país tercero — No consideración de los salarios de los trabajadores de la referida sucursal)
Asunto C-102/05: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 10 de mayo de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Regeringsrätten, Suecia) — Skatteverket/A y B (Artículo 104, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento — Libre circulación de capitales — Libertad de establecimiento — Régimen tributario — Dividendos de acciones distribuidos por una sociedad de accionariado concentrado — Norma sobre los salarios — Tributación de dichos dividendos como rentas del capital — Cálculo de un rendimiento global — Porcentaje sobre el capital invertido y sobre una fracción de los salarios — Sucursal establecida en un país tercero — No consideración de los salarios de los trabajadores de la referida sucursal)
DO C 170 de 21.7.2007, p. 8–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
21.7.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 170/8 |
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 10 de mayo de 2007 (petición de decisión prejudicial planteada por el Regeringsrätten, Suecia) — Skatteverket/A y B
(Asunto C-102/05) (1)
(Artículo 104, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento - Libre circulación de capitales - Libertad de establecimiento - Régimen tributario - Dividendos de acciones distribuidos por una «sociedad de accionariado concentrado» - «Norma sobre los salarios» - Tributación de dichos dividendos como rentas del capital - Cálculo de un rendimiento global - Porcentaje sobre el capital invertido y sobre una fracción de los salarios - Sucursal establecida en un país tercero - No consideración de los salarios de los trabajadores de la referida sucursal)
(2007/C 170/14)
Lengua de procedimiento: sueco
Órgano jurisdiccional remitente
Regeringsrätten
Partes
Demandante: Skatteverket
Demandada: A y B
Objeto
Prejudicial — Regeringsrätten (Suecia) — Interpretación de los artículos 56 CE y 58 CE — Tributación de dividendos distribuidos por pequeñas sociedades anónimas — Exención fiscal correspondiente a un rendimiento ficticio del capital invertido que tiene en cuenta los salarios abonados por la sociedad y sus filiales o sucursales, en la medida en que dichos salarios sean gravados en Suecia — Consideración de los salarios abonados por una sucursal en un país tercero
Fallo
Una medida nacional que, en el marco de la tributación de los dividendos de acciones como rentas del capital dentro del límite de un rendimiento global calculado mediante la aplicación de un porcentaje determinado a una base que comprenda, además del capital invertido por el accionista, una fracción de los salarios abonados a los trabajadores de la sociedad distribuidora, no autoriza que se tengan en cuenta los salarios de los trabajadores empleados en una sucursal de dicha sociedad, o por una filial de esta última, en un país tercero, afecta de manera preponderante al ejercicio de la libertad de establecimiento en el sentido de los artículos 43 CE y siguientes. Estos últimos no pueden ser invocados en una situación que se refiera al establecimiento de una sociedad de un Estado miembro en un país tercero.