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Document C2006/294/92

Asunto T-153/04: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 27 de septiembre de 2006 — Ferriere Nord SpA/Comisión de las Comunidades Europeas ( Competencia — Multa — Infracción del artículo 81 CE — Facultades de la Comisión en materia de ejecución — Prescripción — Artículos 4 y 6 del Reglamento (CEE) n o  2988/74 — Admisibilidad )

DO C 294 de 2.12.2006, p. 44–44 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

2.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 294/44


Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 27 de septiembre de 2006 — Ferriere Nord SpA/Comisión de las Comunidades Europeas

(Asunto T-153/04) (1)

(«Competencia - Multa - Infracción del artículo 81 CE - Facultades de la Comisión en materia de ejecución - Prescripción - Artículos 4 y 6 del Reglamento (CEE) no 2988/74 - Admisibilidad»)

(2006/C 294/92)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Ferriere Nord SpA (Osoppo, Italia) (representantes: W. Viscardini y G. Donà, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: A. Nijenhuis y A. Whelan, agentes, asistidos por A. Colabianchi, abogado)

Objeto

Recurso de anulación contra las Decisiones de la Comisión comunicadas por correo el 5 de febrero de 2004 y por fax el 13 de abril de 2004, relativas al importe no liquidado de la multa impuesta a la demandante en la Decisión de la Comisión 89/515/CEE, de 2 de agosto de 1989, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 85 del Tratado CEE (Asunto IV/31.553 — Mallas electrosoldadas) (JO L 260, p. 1)

Fallo

1)

Anular las Decisiones de la Comisión comunicadas por correo el 5 de febrero de 2004 y por fax el 13 de abril de 2004, relativas al importe no liquidado de la multa impuesta a la demandante en la Decisión de la Comisión 89/515/CEE, de 2 de agosto de 1989, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 85 del Tratado CEE (Asunto IV/31.553 — Mallas electrosoldadas).

2)

Condenar a la Comisión a soportar, además de sus propias costas, las costas de la demandante.


(1)  DO C 168, de 26.6.2004.


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