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Document C2006/022/21

Asunto T-236/02: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 24 de noviembre de 2005 — Marcuccio/Comisión ( Funcionarios — Cambio de destino en interés del servicio — Recurso de anulación — Motivación — Deber de asistencia y protección — Derecho de defensa — Desviación de poder — Artículos 25 y 26 del Estatuto — Error manifiesto de apreciación — Recurso de indemnización )

DO C 22 de 28.1.2006, p. 11–11 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

28.1.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 22/11


Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 24 de noviembre de 2005 — Marcuccio/Comisión

(Asunto T-236/02) (1)

(«Funcionarios - Cambio de destino en interés del servicio - Recurso de anulación - Motivación - Deber de asistencia y protección - Derecho de defensa - Desviación de poder - Artículos 25 y 26 del Estatuto - Error manifiesto de apreciación - Recurso de indemnización»)

(2006/C 22/21)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Luigi Marcuccio (Tricase, Italia) (representante: L. Garofalo, abogado)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: E. de March y C. Beradis-Kayser, agentes, asistidos por A. dal Ferro, abogado)

Objeto

Por un lado, una pretensión de anulación de la decisión de la Comisión de 18 de marzo de 2002 que cambia el destino del demandante de la Dirección General de Desarrollo, Delegación de la Comisión en Luanda (Angola), a la misma Dirección General en Bruselas, de cualquier acto previo, conexo o consecutivo, en particular los relativos a la eventual selección de otro funcionario para ocupar su puesto, así como de las notas de la Comisión de fecha 13 y 14 de noviembre de 2001 y del dictamen o dictámenes del Comité de Dirección del Servicio Exterior y, por otro lado, una pretensión dirigida a que se le concedan las indemnizaciones vinculadas a sus funciones en Angola, así como una indemnización por el perjuicio sufrido.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Cada parte cargará con sus propias costas, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales ante el Tribunal de Primera Instancia.


(1)  DO C 233, de 28.9.2002.


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