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Document C2005/296/22

    Asunto C-297/05: Recurso interpuesto el 22 de julio de 2005 por la Comisión de las Comunidades Europeas contra el Reino de los Países Bajos

    DO C 296 de 26.11.2005, p. 11–11 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    26.11.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 296/11


    Recurso interpuesto el 22 de julio de 2005 por la Comisión de las Comunidades Europeas contra el Reino de los Países Bajos

    (Asunto C-297/05)

    (2005/C 296/22)

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 22 de julio de 2005 un recurso contra el Reino de los Países Bajos formulado por la Comisión de las Comunidades Europeas, representada por el Sr. Michel van Beek y la Sra. Désirée Zijlstra, en calidad de agentes.

    La Comisión de las Comunidades Europeas solicita al Tribunal de Justicia que:

    1)

    Declare que el Reino de los Países Bajos ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 28 CE y 30 CE al exigir que los vehículos a motor matriculados en otro Estado miembro pasen un control técnico para que puedan matricularse en los Países Bajos, mientras que un control similar no resulta obligatorio para transmitir un vehículo matriculado en los Países Bajos a otro propietario o usuario residente en dicho país.

    2)

    Condene en costas al Reino de los Países Bajos.

    Motivos y principales alegaciones

    La exigencia de los Países Bajos de que vehículos a motor matriculados en otro Estado miembro pasen un control técnico como requisito previo para su inscripción en el Registro nacional de Vehículos no está justificada a la luz de los objetivos mencionados en el artículo 30 CE ni responde a un requisito imperativo reconocido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia.


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