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Document C2004/094/111
Judgment of the Court of First Instance 28 January 2004 in Joined Cases T-142/01 and T-283/01: Organización de Productores de Túnidos Congelados (OPTUC) v Commission of the European Communities
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 28 de enero de 2004 en los asuntos acumulados T-142/01 y T-283/01: Organización de Productores de Túnidos Congelados (OPTUC) contra Comisión de las Comunidades Europeas
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 28 de enero de 2004 en los asuntos acumulados T-142/01 y T-283/01: Organización de Productores de Túnidos Congelados (OPTUC) contra Comisión de las Comunidades Europeas
DO C 94 de 17.4.2004, p. 38–38
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
17.4.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 94/38 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
de 28 de enero de 2004
en los asuntos acumulados T-142/01 y T-283/01: Organización de Productores de Túnidos Congelados (OPTUC) contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)
(Pesca - Organización común de mercados - Indemnización compensatoria por los atunes destinados a la industria de transformación - Reparto entre las organizaciones de productores - Cambio de afiliación de productores - Incidencia sobre el reparto de la indemnización - Base jurídica - Principio de confianza legítima)
(2004/C 94/111)
Lengua de procedimiento: español
En los asuntos acumulados T-142/01 y T-283/01, Organización de Productores de Túnidos Congelados (OPTUC), con domicilio social en Bermeo (España), representada, en el asunto T-142/01, por los Sres. J.-R. García-Gallardo Gil-Fournier y M. Moya Díaz, abogados, y, en el asunto T-283/01, por los Sres. García-Gallardo Gil-Fournier y J. Guillem Carrau, abogados, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sra. S. Pardo Quintillán y, en el asunto T-142/01, también el Sr. L. Visaggio), apoyada, en el asunto T-142/01, por Organización de Productores Asociados de Grandes Atuneros Congeladores (OPAGAC), con domicilio social en Madrid (España), representada por los Sres. J. Casas Robla y V. Arrastia de Sierra, abogados, que tiene por objeto un recurso de anulación contra el Reglamento (CE) no 584/2001 de la Comisión, de 26 de marzo de 2001, que modifica los Reglamentos (CE) no 1103/2000 y (CE) no 1926/2000 por los que se concede una indemnización compensatoria a las organizaciones de productores por los atunes suministrados a la industria de transformación durante los períodos comprendidos entre el 1 de julio y el 30 de septiembre y entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 1999 (DO L 86, p. 4), así como contra el artículo 2, apartado 2, y el anexo de los Reglamentos (CE) de la Comisión no 585/2001, de 26 de marzo de 2001, no 808/2001, de 26 de abril de 2001, no 1163/2001, de 14 de junio de 2001, y no 1670/2001, de 20 de agosto de 2001, por los que se concede una indemnización compensatoria a las organizaciones de productores por los atunes suministrados a la industria de transformación durante el período comprendido, respectivamente, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2000, el 1 de abril y el 30 de junio de 2000, el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2000, y el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2000 (respectivamente, DO L 86, p. 8; DO L 118, p. 12; DO L 159, p. 10, y DO L 224, p. 4), el Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta), integrado por la Sra. V. Tiili, Presidenta, y los Sres. P. Mengozzi y M. Vilaras, Jueces; Secretario: Sr. J. Palacio González, administrador principal, ha dictado el 28 de enero 2004 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:
1) |
Desestimar los recursos. |
2) |
La demandante cargará con las costas en que haya incurrido la demandada. |
3) |
La parte coadyuvante cargará con sus propias costas. |
(1) DO C 245 de 1.9.2001 y C 44 de 16.2.2002.