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Document 91998E003034
WRITTEN QUESTION No. 3034/98 by Gianni TAMINO to the Commission. Illegal traffic in live lambs intended for butchers in Greece
PREGUNTA ESCRITA n. 3034/98 del Gianni TAMINO a la Comisión. Tráfico ilegal de corderos vivos para los mataderos en Grecia
PREGUNTA ESCRITA n. 3034/98 del Gianni TAMINO a la Comisión. Tráfico ilegal de corderos vivos para los mataderos en Grecia
DO C 207 de 21.7.1999, p. 23
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
PREGUNTA ESCRITA n. 3034/98 del Gianni TAMINO a la Comisión. Tráfico ilegal de corderos vivos para los mataderos en Grecia
Diario Oficial n° C 207 de 21/07/1999 p. 0023
PREGUNTA ESCRITA E-3034/98 de Gianni Tamino (V) a la Comisión (8 de octubre de 1998) Asunto: Tráfico ilegal de corderos vivos para los mataderos en Grecia Por indicación de la EFAP (Hellenic Antihunting Initiative), quisiera atraer la atención de la Comisión sobre el problema del tráfico ilegal de corderos vivos para los mataderos en Grecia. Según la información de que disponemos, por los puertos de Igumenitsa y Patrás entran en Grecia aproximadamente mil corderos al día. Durante el transporte de los mismos no se respetan las paradas, que deben efectuarse cada 14 horas, para abrevar y alimentar a los animales, tal como prevé la legislación. A menudo, los animales viajan durante sesenta horas o más sin agua, alimentos ni descanso. El 25 % de los mismos llegan ya muertos a Grecia (y existen motivos para creer que también éstos se venden para el consumo de carne). Algunos camiones transportan más de 200 corderos; otros (camiones dobles articulados) transportan 400: además de los tres normales, todos utilizan un cuarto piso situado debajo del camión. Los corderos, que viajan apretados entre las ruedas, mueren a menudo o enloquecen. La mitad de los corderos examinados en los controles efectuados por la EFAP no llevaba el "eartack"o rótulo en la oreja, que garantiza el control veterinario del país de procedencia, por lo que ésta era desconocida. Algunos caían enfermos. Por otra parte, la mitad de los animales tenía cuernos, cosa prohibida por la legislación, dado que los animales con cuernos se hieren mutuamente durante el transporte y algunos llegan destrozados a su destino. Según ha podido constatar la EFAP, las empresas que transportan a estos corderos son holandesas (Maes y Van Veen), pero muchos camiones son griegos, así como sus conductores. Habida cuenta de lo que precede y visto que la policía griega, a quien se han pedido explicaciones reiteradamente, ha fingido ignorar el problema, ¿podría comprobar la Comisión si en Grecia se respeta la Directiva 91/628/CE(1), modificada por la Directiva 95/29CE(2), relativa a la protección de los animales durante el transporte? No cree que sería conveniente iniciar un procedimiento por infracción en caso de que se comprobara la violación de dicha Directiva? Respuesta del Sr. Fischler En nombre de la Comisión (6 de noviembre de 1998) La Comisión está de acuerdo con Su Señoría en que, si la información que proporciona acerca del transporte es correcta, se trata de una infracción a la legislación comunitaria, incluida la Directiva 91/628/CEE del Consejo, de 19 de noviembre de 1991, sobre la protección de los animales durante el transporte y que modifica las Directivas 90/425/CEE y 91/496/CEE(3). La Comisión se pondrá en contacto con las autoridades griegas acerca de este asunto y agradecería a Su Señoría que le remitiera una copia de los informes a los que hace referencia. (1) DO L 340 de 11.12.1991, p. 17. (2) DO L 148 de 30.6.1995, p. 52. (3) DO L 340 de 11.12.1991.