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Document 91997E003555

    PREGUNTA ESCRITA n. 3555/97 del Mirja RYYNÄNEN a la Comisión. Acciones de la UE contra el establecimiento por parte de Rusia de un peaje fronterizo

    DO C 174 de 8.6.1998, p. 76 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    European Parliament's website

    91997E3555

    PREGUNTA ESCRITA n. 3555/97 del Mirja RYYNÄNEN a la Comisión. Acciones de la UE contra el establecimiento por parte de Rusia de un peaje fronterizo

    Diario Oficial n° C 174 de 08/06/1998 p. 0076


    PREGUNTA ESCRITA P-3555/97 de Mirja Ryynänen (ELDR) a la Comisión (4 de noviembre de 1997)

    Asunto: Acciones de la UE contra el establecimiento por parte de Rusia de un peaje fronterizo

    Rusia ha vuelto a hacer pública la aplicación de nuevas trabas en perjuicio del comercio y del tráfico con destino a Finlandia. Las autoridades aduaneras de este país tienen previsto comenzar a aplicar un peso autorizado máximo de 44 toneladas para el tráfico transfronterizo. Dicha restricción paralizaría casi por completo el transporte transfronterizo que se efectúa en vehículos finlandeses como, por ejemplo, el relativo a los productos madereros.

    Tal como ya ha ocurrido en anteriores ocasiones, las autoridades aduaneras y los transportistas han recibido en el último momento la notificación de las nuevas disposiciones, las cuales les han cogido por total sorpresa. Así pues, la situación en la frontera entre la UE y Rusia es, de nuevo, arbitraria y confusa.

    1. ¿Cómo tiene previsto la Comisión garantizar que Rusia no discrimina a la Unión y a sus Estados miembros recurriendo a normativas y exigencias propias?

    2. ¿Qué medidas tiene previsto adoptar la Comisión para lograr que las actividades de las autoridades aduaneras rusas tengan lugar con arreglo a las prácticas correctas en materia de comercio internacional?

    Respuesta del Sr. Kinnock en nombre de la Comisión (9 de diciembre de 1997)

    La Comisión es consciente de la difícil situación en la frontera finorrusa.

    Los cambios imprevistos, comunicados con escasa antelación, en la legislación y los procedimientos de tramitación rusos en relación con el transporte transfronterizo, los trámites aduaneros y los controles fronterizos tienen una repercusión negativa clara en los flujos de transporte entre Rusia y sus países vecinos, en particular Finlandia.

    Por ello ha habido contactos y reuniones frecuentes a todos los niveles entre la Comisión y varios ministerios rusos, así como con el Ministro de transporte y otras autoridades para tratar de esos temas. En junio de 1997, el Comisario competente visitó, juntamente con los ministros de transporte finlandés y ruso, el nuevo paso fronterizo en Vaalimaa.

    En lo que respecta al problema de los límites de peso máximo, la Comisión es consciente de las dificultades causadas por el último cambio de la reglamentación rusa. Desgraciadamente, este tema concreto no puede resolverse de forma apropiada en el marco del acuerdo de asociación y cooperación entre la Comunidad y Rusia actualmente en vigor, que deja los asuntos relacionados con el transporte por carretera pendientes para futuras negociaciones.

    Si bien en una recomendación de 1992 la Comisión abogaba por entablar negociaciones sobre el transporte por carretera con varios países, entre ellos Rusia, hasta el momento el Consejo no ha autorizado dichas negociaciones. Por consiguiente, el problema del límite de peso aplicado en Rusia a los vehículos comerciales finlandeses está pendiente de resolución por parte de las autoridades finlandesas.

    Conviene señalar que el límite de peso aplicable a los vehículos de terceros países que circulan por la Comunidad es de cuarenta toneladas, si bien los Estados miembros pueden si lo desean, siempre que el trato no sea discriminatorio, permitir el paso de vehículos más pesados por su territorio.

    Naturalmente, la Comisión continuará presionando, siempre que la ocasión lo permita, para que las autoridades rusas anuncien con antelación suficiente cualquier cambio de reglamentación y para que las nuevas condiciones no sean discriminatorias.

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