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Document 91996E001410

PREGUNTA ESCRITA n. 1410/96 del Jan WIEBENGA a la Comisión. Tráfico de cocaína a través de las Antillas Francesas

DO C 305 de 15.10.1996, p. 95 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

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91996E1410

PREGUNTA ESCRITA n. 1410/96 del Jan WIEBENGA a la Comisión. Tráfico de cocaína a través de las Antillas Francesas

Diario Oficial n° C 305 de 15/10/1996 p. 0095


PREGUNTA ESCRITA E-1410/96 de Jan Wiebenga (ELDR) a la Comisión (6 de junio de 1996)

Asunto: Tráfico de cocaína a través de las Antillas Francesas

1. Según un artículo publicado en el diario neerlandés «De Telegraaf», desde las Antillas Francesas se pueden hacer llegar cargamentos de cocaína hasta la Unión Europea, prácticamente sin ningún obstáculo ((De Telegraaf, 3 de febrero de 1996. )). ¿Pueden considerarse estas islas francesas como territorio de la Unión Europea y, como tal, territorio en el que es aplicable el Acuerdo de Schengen?

2. ¿Está dispuesta la Comisión a presionar al Gobierno francés para que cierre lo antes posible estas brechas en la frontera exterior de la Unión Europea y del territorio de Schengen?

3. ¿Tiene Europol (a través de la Unidad de Drogas) competencias suficientes para actuar a este respecto? ¿Participa esta organización realmente en la lucha contra estos cargamentos ilegales?

4. ¿Se está trabajando en el desarrollo de un plan, elaborado por todos los países europeos que tienen vínculos con la zona del Caribe y con Sudamérica, destinado a frenar la importación de cocaína y de otros estupefacientes procedentes de estas regiones? En caso afirmativo, ¿en qué fase se halla dicho plan? En caso negativo, ¿conviene la Comisión en que es extremadamente urgente elaborar un plan de estas características?

Respuesta de la Sra. Gradin en nombre de la Comisión (25 de junio de 1996)

La Comisión no tiene conocimiento de la alegación en la pregunta relativa a la situación en las Antillas francesas, que como departamento francés de ultramar, forma parte del territorio de la Comunidad. Con arreglo al artículo 138 del Acuerdo Schengen, en lo que respecta a la República Francesa, las disposiciones de este acuerdo únicamente se aplican al territorio europeo de la República Francesa.

La Comisión comparte la preocupación de Su Señoría ante la amenaza que plantean las importaciones de cocaína en la Comunidad, pero carece de poder jurídico para influir en la forma en que los Estados miembros hacen cumplir la política sobre drogas.

En este contexto, el trabajo de la Unidad Europea de las drogas en el ámbito de la información para la lucha contra el tráfico de drogas es muy valioso y debe continuar.

En respuesta a una petición del Consejo Europeo de Madrid, el Consejo y la Comisión están preparando un informe y propuestas destinadas a actuar en Latinoamérica y el Caribe, incluyendo la creación de un mecanismo de cooperación en la lucha contra la droga entre la Comunidad y Latinoamérica, incluidos los países ACP del Caribe y los PTU (países y territorios de ultramar).

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