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Document 62022TN0750
Case T-750/22: Action brought on 28 November 2022 — UniSystems Luxembourg and Unisystems systimata pliroforikis v ESMA
Asunto T-750/22: Recurso interpuesto el 28 de noviembre de 2022 — UniSystems Luxembourg y Unisystems systimata pliroforikis/AEVM
Asunto T-750/22: Recurso interpuesto el 28 de noviembre de 2022 — UniSystems Luxembourg y Unisystems systimata pliroforikis/AEVM
DO C 45 de 6.2.2023, p. 18–19
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
6.2.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 45/18 |
Recurso interpuesto el 28 de noviembre de 2022 — UniSystems Luxembourg y Unisystems systimata pliroforikis/AEVM
(Asunto T-750/22)
(2023/C 45/27)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: UniSystems Luxembourg Sàrl (Bertrange, Luxemburgo), Unisystems systimata pliroforikis monoprosopi anonymi emporiki etairia (Kallithea, Grecia) (representante: N. Korogiannakis, abogado)
Demandada: Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM)
Pretensiones
Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:
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Anule la decisión de la AEVM de seleccionar la oferta de las demandantes como segunda en cascada en el procedimiento de licitación para Consultoría TIC — PROC/2021/12 «Prestaciones de servicios informáticos externos», y de adjudicar el primer contrato en cascada en la misma licitación al primer consorcio en cascada, notificada a las demandantes mediante escrito de la AEVM de 17 de septiembre de 2022. |
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Además, condene a la AEVM a abonar a las demandantes los daños y perjuicios sufridos por la pérdida del contrato por un importe de 3 500 000 euros durante los dos primeros años de ejecución del contrato. En caso de que el contrato sea prorrogado, como se prevé específicamente, las demandantes solicitan el importe adicional correspondiente a la duración total del contrato, sobre la base de un importe anual de 1 750 000 euros, deducción hecha de cualquier importe eventualmente correspondiente al margen bruto de los contratos específicos que serían ejecutados por las demandantes en su calidad de segundo contratista en cascada, devengando todas las cantidades anteriores intereses. |
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Con carácter subsidiario, en el supuesto de que el Tribunal General declare que las demandantes no tienen derecho a la indemnización de la totalidad de los daños sufridos a causa de las decisiones ilegales adoptadas por la AEVM impugnadas, las demandantes solicitan una indemnización por daños y perjuicios en concepto de pérdida de oportunidad por importe de 400 000 euros, más intereses. |
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Condene a AEVM a cargar con las costas y los otros gastos de las demandantes en relación con el presente recurso, aun cuando este sea desestimado. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan dos motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la infracción del Reglamento Financiero (1) y del pliego de condiciones: El precio ofrecido por el primer contratista en cascada es anormalmente bajo/específico, ya que los perfiles tienen un precio inferior al salario mínimo legal en Alemania y en Grecia. Por las mismas razones, las demandantes alegan que se ha infringido el pliego de condiciones y se han violado los principios de transparencia y buena administración. |
2. |
Segundo motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación, la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y en un vicio sustancial de forma.
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(1) Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO 2018, L 193, p. 1).