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Document 62022TN0529
Case T-529/22: Action brought on 30 August 2022 — QT v EIB
AsuntoT-529/22: Recurso interpuesto el 30 de agosto de 2022 — QT/BEI
AsuntoT-529/22: Recurso interpuesto el 30 de agosto de 2022 — QT/BEI
DO C 389 de 10.10.2022, p. 22–23
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
10.10.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 389/22 |
Recurso interpuesto el 30 de agosto de 2022 — QT/BEI
(AsuntoT-529/22)
(2022/C 389/25)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: QT (representante: L. Levi, abogada)
Demandada: Banco Europeo de Inversiones (BEI)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Declare el presente recurso admisible y fundado. En consecuencia: |
— |
Anule la decisión del 28 de septiembre de 2021 de proceder a la recuperación del importe de 61 186,61 euros y la decisión de 20 de mayo de 2022 por la que se desestima el recurso administrativo de la parte demandante. |
— |
Condene al BEI a la devolución de los importes percibidos, junto con los intereses de demora fijados al tipo de interés del Banco Central Europeo incrementado en dos puntos. |
— |
Condene al BEI a cargar con la totalidad de las costas. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso contra la decisión del Banco Europeo de Inversiones (BEI) de 28 septiembre 2021 de proceder a la recuperación del importe de 61 186,61 euros abonado indebidamente en concepto de asignaciones de escolaridad, de asignaciones por hijos a cargo y de otras prestaciones asociadas a ellas durante el período comprendido entre julio de 2014 y junio de 2017, la parte demandante invoca cuatro motivos.
1. |
Primer motivo, basado en un vicio de incompetencia del autor del acto. |
2. |
Segundo motivo, basado en el incumplimiento del plazo de prescripción de cinco años establecido por el artículo 16.3 de las disposiciones administrativas aplicables al personal del BEI (en lo sucesivo, «disposiciones administrativas»). |
3. |
Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 16 de las disposiciones administrativas por cuanto, además de la prescripción quinquenal, no se cumplen los requisitos necesarios para la recuperación de los importes solicitados. |
4. |
Cuarto motivo, basado en la infracción de los artículos 2.2.3 y 2.2.4 de las disposiciones administrativas y en el error manifiesto de apreciación. |