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Document 62022TN0417

Asunto T-417/22: Recurso interpuesto el 6 de julio de 2022 — Intel Corporation/Comisión

DO C 318 de 22.8.2022, p. 46–47 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 318/46


Recurso interpuesto el 6 de julio de 2022 — Intel Corporation/Comisión

(Asunto T-417/22)

(2022/C 318/61)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Intel Corporation Inc. (Wilmington, Delaware, Estados Unidos) (representantes: D. Beard, J. Williams, Barristers-at-Law, B. Meyring, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

a.

Condene a la Comisión a pagar una indemnización de 593 177 661,75 euros, correspondiente a los intereses de demora sobre el principal de 1 060 000 000 de euros al tipo de refinanciación del BCE el primer día natural del mes en que se adoptó la Decisión C(2009) 3726 final de la Comisión, de 13 de mayo de 2009, en el asunto COMP/C-3/37 990 Intel (en lo sucesivo, «Decisión») (concretamente, el 1,25 %) incrementado en 3,5 puntos porcentuales (o, en su defecto, el tipo de interés que el Tribunal considere adecuado), relativos al período comprendido entre el 13 de agosto de 2009 (fecha en que Intel pagó con carácter provisional la multa) y el 25 de febrero de 2022 (fecha en que la Comisión devolvió el principal de la multa), minorado en los 38 059 598,52 euros que la Comisión ya ha pagado a Intel en concepto de intereses.

b.

Condene a la Comisión a pagar intereses sobre la cuantía solicitada en el apartado a) anterior correspondientes al período entre el 25 de febrero de 2022 (fecha en que la Comisión devolvió el principal de la multa), o, subsidiariamente desde el 28 de abril de 2022 (la fecha de la primera demanda de intereses de Intel), o desde el 6 de julio de 2022 (fecha del presente recurso) o, con carácter subsidiario de segundo grado, desde el día de la sentencia en el presente recurso, hasta la fecha de pago efectivo por la Comisión de la cuantía en ejecución de una eventual sentencia estimatoria del presente recurso, al tipo de interés aplicado por el BCE a sus operaciones de refinanciación, incrementado en 3,5 puntos porcentuales o, en su defecto, al tipo de interés que el Tribunal considere adecuado.

c.

Adicional o subsidiariamente:

i.

anule cualquier decisión de la Comisión que deniegue la devolución de los intereses de demora y le condene a hacerlo en los mismos importes que los solicitados en los apartados a) y b) anteriores; o

ii.

subsidiariamente, declare que la Comisión ha actuado contrariamente a Derecho al no pagar intereses de demora a Intel sobre el principal de una multa devuelta a raíz de la anulación de la Decisión, y le condene a hacerlo en los mismos importes que los solicitados en los apartados a) y b) anteriores.

d.

En todo caso, condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

Mediante recurso de 28 de abril de 2022 en el asunto T-236/22 (en lo sucesivo, «primera demanda de intereses de Intel»), Intel solicitó el pago de intereses de demora (e intereses sobre dichos intereses de demora) derivados de la anulación del artículo 2 de la Decisión, que la parte demandante afirma que la Comisión no ha pagado. La Comisión sigue sin pagar esos intereses. Sin embargo, la Comisión ha mantenido más contactos con Intel a consecuencia de la primera demanda de intereses de Intel, invocando nuevas razones para defender su negativa a realizar el pago. Mediante el presente recurso, interpuesto con carácter cautelar a la luz de la incertidumbre generada por la correspondencia de la Comisión, Intel impugna esa correspondencia. En apoyo de su recurso, la demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, basado en que, según el artículo 268 TFUE en relación con el artículo 340 TFUE, aparatado 2, y con el artículo 41, apartado 3, de la Carta de los Derechos Fundamentales, la parte demandante solicita que se le abonen la indemnización y el interés consecuente por el daño sufrido por la negativa de la Comisión a abonar a Intel intereses de demora sobre el principal de una multa devuelta a raíz de la anulación, por la sentencia T-286/09 RENV, EU:T:2022:19, del artículo 2 de la Decisión C(2009) 3726 final de la Comisión, de 13 de mayo de 2009, en el asunto COMP/C-3/37 990 Intel. A este respecto, la parte demandante se basa en la exigencia de adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la anulación de una multa impuesta con arreglo al artículo 266 TFUE, que incluye el abono de intereses de demora. La Comisión incurre en un error al afirmar que el plazo para presentar una demanda por responsabilidad extracontractual se inicia a partir de la fecha del pago provisional de una multa.

2.

Segundo motivo, adicional o subsidiario, basado en que, en virtud del artículo 263 TFUE la parte demandante solicita la anulación de cualquier decisión de la Comisión que se niegue a devolver intereses de demora, al tipo anteriormente mencionado, sobre la base de que es i) contrario al artículo 266 TFUE y ii) indica de forma errónea la fecha correcta a partir de la cual se inicia el plazo para presentar una demanda por responsabilidad extracontractual.

3.

Tercer motivo, en el que se alega que, en virtud del artículo 265 TFUE y con carácter subsidiario de segundo grado, en la medida en que la Comisión no ha adoptado una posición definitiva (a pesar de las peticiones en tal sentido de la parte demandante), esta última solicita que se declare que la Comisión ha actuado contrariamente a Derecho al no abonar a Intel los citados intereses de demora con arreglo al artículo 266 TFUE, y condene a la Comisión Europea al abono de los intereses de demora al tipo antes mencionado.

4.

Con carácter exclusivamente subsidiario, la parte demandante afirma que cualquier interpretación contraria de los Reglamentos de 2002, de 2012 y/o de 2018 que excluya el pago de intereses de demora de conformidad con el artículo 266 TFUE, en el sentido interpretado por el Tribunal de Justicia y por el Tribunal General, conllevaría que las disposiciones relevantes infringirían el Derecho primario de la Unión. En tales circunstancias, la parte demandante plantea un motivo de ilegalidad alternativo con arreglo a los artículos 266 TFUE y 277 TFUE sobre una base subsidiaria y puntual.


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