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Document 62019TN0075
Case T-75/19: Action brought on 8 February 2019 — Comune di Milano v Parliament and Council
Asunto T-75/19: Recurso interpuesto el 8 de febrero de 2019 — Comune di Milano/Parlamento y Consejo
Asunto T-75/19: Recurso interpuesto el 8 de febrero de 2019 — Comune di Milano/Parlamento y Consejo
DO C 112 de 25.3.2019, p. 48–49
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
25.3.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 112/48 |
Recurso interpuesto el 8 de febrero de 2019 — Comune di Milano/Parlamento y Consejo
(Asunto T-75/19)
(2019/C 112/59)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Comune di Milano (representantes: F. Sciaudone, M. Condinanzi y A. Neri, abogados)
Demandadas: Parlamento Europeo, Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule el Reglamento (UE) n.o 2018/1718 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, que modifica el Reglamento (CE) n.o 726/2004 en lo que respecta a la ubicación de la sede de la Agencia Europea de Medicamentos («EMA»). |
— |
Declare que la Decisión del Consejo de 20 de noviembre de 2017 carece de efectos jurídicos, en el sentido del punto 6 de las normas de procedimiento de 22 de junio de 2017. |
— |
Condene al Consejo y al Parlamento al pago de las costas del presente procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la violación de los principios de democracia representativa (artículo 10 TUE), equilibrio institucional y cooperación leal (artículo 13 TUE), así como en la existencia de vicios sustanciales de forma y en la infracción del artículo 14 TUE.
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2. |
Segundo motivo, basado en la existencia en el presente asunto de una desviación de poder y en la violación de los principios de transparencia, de buena administración y de equidad.
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3. |
Tercer motivo, basado en la violación del principio de buena administración.
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4. |
Cuarto motivo, basado en la decisión del Consejo, de 11 de septiembre de 2009, relativa a la adopción de su reglamento interno y a la infracción de las normas de procedimiento del Consejo, de 31 de octubre de 2017.
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