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Document 62018CN0546

Asunto C-546/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Austria) el 23 de agosto de 2018 — FN y otros

DO C 427 de 26.11.2018, p. 13–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

26.11.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 427/13


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Austria) el 23 de agosto de 2018 — FN y otros

(Asunto C-546/18)

(2018/C 427/19)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesverwaltungsgericht

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: FN, GM, Adler Real Estate AG, HL, Petrus Advisers LLP

Recurrida: Übernahmekommission

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se oponen los artículos 4 y 17 de la Directiva 2004/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, (1) relativa a las ofertas públicas de adquisición, a la luz del principio de efectividad que rige en el Derecho de la Unión, a una interpretación conforme a la cual una resolución firme de una autoridad supervisora en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2004/25/CE, por la cual se declaró que una persona había infringido disposiciones del Derecho interno adoptadas en transposición de la Directiva 2004/25/CE, carece de efecto vinculante en un procedimiento sancionador administrativo instruido a continuación por dicha autoridad supervisora contra la misma persona, de manera que esta puede utilizar de nuevo todas las excepciones legales y los elementos de prueba para rebatir la infracción ya declarada en resolución firme?

2)

¿Se oponen los artículos 4 y 17 de la Directiva 2004/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a las ofertas públicas de adquisición, a la luz conforme del principio de efectividad que rige en el Derecho de la Unión, a una interpretación conforme a la cual una resolución firme de una autoridad supervisora en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2004/25/CE, por la cual se declaró que una persona jurídica había infringido disposiciones del Derecho interno adoptadas en transposición de la Directiva 2004/25/CE, carece de efecto vinculante en un procedimiento sancionador administrativo instruido a continuación por dicha autoridad supervisora contra el órgano de representación de dicha persona jurídica, de manera que esta (su órgano) puede utilizar de nuevo todas las excepciones legales y los elementos de prueba para rebatir la infracción ya declarada en resolución firme?

3)

[En caso de respuesta negativa a la cuestión 1:)] ¿Se opone el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea a una práctica nacional conforme a la cual una resolución firme de una autoridad supervisora en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2004/25/CE, por la cual se declaró que una persona había infringido disposiciones del Derecho interno adoptadas en transposición de la Directiva 2004/25/CE, tiene efecto vinculante en un procedimiento sancionador administrativo instruido a continuación por dicha autoridad supervisora contra la misma persona, de manera que esta no puede rebatir, ya sea con argumentos jurídicos o de hecho, la infracción ya declarada en resolución firme?

4)

[En caso de respuesta negativa a la cuestión 2:)] ¿Se opone el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea a una práctica nacional conforme a la cual una resolución firme de una autoridad supervisora en el sentido del artículo 4 de la Directiva 2004/25/CE, por la cual se declaró que una persona jurídica había infringido disposiciones del Derecho interno adoptadas en transposición de la Directiva 2004/25/CE, tiene efecto vinculante en un procedimiento sancionador administrativo instruido a continuación por dicha autoridad supervisora contra el órgano de representación de la misma persona jurídica, de manera que esta (su órgano) no puede rebatir, ya sea con argumentos jurídicos o de hecho, la infracción ya declarada en resolución firme?


(1)  DO 2004, L 142, p. 12.


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