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Document 62017CA0703

    Asunto C-703/17: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 10 de octubre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Wien — Austria) — Adelheid Krah/Universität Wien [Procedimiento prejudicial — Libre circulación de personas — Artículo 45 TFUE — Trabajadores — Reglamento (UE) n.o 492/2011 — Artículo 7, apartado 1 — Senior lecturers/postdoc — Limitación del cómputo de los períodos anteriores de actividad relevante cumplidos en otro Estado miembro — Sistema de retribución que vincula el beneficio de una retribución más elevada a la antigüedad acumulada en el empresario actual]

    DO C 423 de 16.12.2019, p. 4–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    16.12.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 423/4


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 10 de octubre de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Wien — Austria) — Adelheid Krah/Universität Wien

    (Asunto C-703/17) (1)

    (Procedimiento prejudicial - Libre circulación de personas - Artículo 45 TFUE - Trabajadores - Reglamento (UE) n.o 492/2011 - Artículo 7, apartado 1 - Senior lecturers/postdoc - Limitación del cómputo de los períodos anteriores de actividad relevante cumplidos en otro Estado miembro - Sistema de retribución que vincula el beneficio de una retribución más elevada a la antigüedad acumulada en el empresario actual)

    (2019/C 423/04)

    Lengua de procedimiento: alemán

    Órgano jurisdiccional remitente

    Oberlandesgericht Wien

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Adelheid Krah

    Demandada: Universität Wien

    Fallo

    El artículo 45 TFUE, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de una universidad de un Estado miembro como la controvertida en el litigio principal, que, para establecer la categoría salarial de un trabajador como senior lecturer/postdoc en esa universidad, solo computa hasta una duración máxima de cuatro años los períodos anteriores de actividad cumplidos por ese trabajador en otro Estado miembro, si esa actividad era equivalente, o incluso idéntica, a la que dicho trabajador debe ejercer en el marco de la función de senior lecturer/postdoc.

    El artículo 45 TFUE y el artículo 7, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa de ese tipo si la actividad anteriormente desempeñada en ese otro Estado miembro no era equivalente, sino que resultaba meramente útil para el ejercicio de la citada función de senior lecturer/postdoc.


    (1)  DO C 13 de 9.4.2018.


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