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Document 62016CA0074
Case C-74/16: Judgment of the Court (Grand Chamber) of 27 June 2017 (request for a preliminary ruling from the Juzgado de lo Contencioso-Administrativo No 4 de Madrid — Spain) — Congregación de Escuelas Pías Provincia Betania v Ayuntamiento de Getafe (Reference for a preliminary ruling — State aid — Article 107(1) TFEU — Meaning of ‘State aid’ — Meaning of ‘undertaking’ and ‘economic activity’ — Other conditions for the application of Article 107(1) TFEU — Article 108(1) and (3) TFEU — Meaning of ‘new aid’ and ‘existing aid’ — Agreement of 3 January 1979 between the Kingdom of Spain and the Holy See — Tax on construction, installations and works — Exemption for buildings belonging to the Catholic Church)
Asunto C-74/16: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 27 de junio de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.° 4 de Madrid) — Congregación de Escuelas Pías Provincia Betania/Ayuntamiento de Getafe (Procedimiento prejudicial — Ayudas estatales — Artículo 107 TFUE, apartado 1 — Concepto de «ayuda estatal» — Conceptos de «empresa» y de «actividad económica» — Otros requisitos de aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 1 — Artículo 108 TFUE, apartados 1 y 3 — Conceptos de «ayudas existentes» y de «nuevas ayudas» — Acuerdo de 3 de enero de 1979 entre el Reino de España y la Santa Sede — Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras — Exención en favor de los inmuebles de la Iglesia Católica)
Asunto C-74/16: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 27 de junio de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.° 4 de Madrid) — Congregación de Escuelas Pías Provincia Betania/Ayuntamiento de Getafe (Procedimiento prejudicial — Ayudas estatales — Artículo 107 TFUE, apartado 1 — Concepto de «ayuda estatal» — Conceptos de «empresa» y de «actividad económica» — Otros requisitos de aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 1 — Artículo 108 TFUE, apartados 1 y 3 — Conceptos de «ayudas existentes» y de «nuevas ayudas» — Acuerdo de 3 de enero de 1979 entre el Reino de España y la Santa Sede — Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras — Exención en favor de los inmuebles de la Iglesia Católica)
DO C 283 de 28.8.2017, p. 5–5
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
28.8.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 283/5 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 27 de junio de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.o 4 de Madrid) — Congregación de Escuelas Pías Provincia Betania/Ayuntamiento de Getafe
(Asunto C-74/16) (1)
((Procedimiento prejudicial - Ayudas estatales - Artículo 107 TFUE, apartado 1 - Concepto de «ayuda estatal» - Conceptos de «empresa» y de «actividad económica» - Otros requisitos de aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 1 - Artículo 108 TFUE, apartados 1 y 3 - Conceptos de «ayudas existentes» y de «nuevas ayudas» - Acuerdo de 3 de enero de 1979 entre el Reino de España y la Santa Sede - Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras - Exención en favor de los inmuebles de la Iglesia Católica))
(2017/C 283/06)
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Juzgado Contencioso-Administrativo n.o 4 de Madrid
Partes en el proceso principal
Demandante: Congregación de Escuelas Pías Provincia Betania
Demandada: Ayuntamiento de Getafe
Fallo
Una exención fiscal como la controvertida en el litigio principal, de la cual se beneficia una congregación de la Iglesia Católica por las obras realizadas en un inmueble destinado al ejercicio de actividades sin una finalidad estrictamente religiosa, puede estar comprendida en el ámbito de la prohibición establecida en el artículo 107 TFUE, apartado 1, si tales actividades son de carácter económico y en la medida en que lo sean, extremo que corresponde verificar al órgano jurisdiccional remitente.