This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62015TA0435
Case T-435/15: Judgment of the General Court of 10 October 2017 — Kolachi Raj Industrial v Commission (Dumping — Import of bicycles consigned from Cambodia, Pakistan and the Philippines — Extension to those imports of the definitive anti-dumping duty imposed on imports of bicycles originating in China — Implementing Regulation (EU) 2015/776 — Article 13(2)(a) and (b) of Regulation (EC) No 1225/2009 — Assembly operations — Provenance and origin of bicycle parts — Certificates of origin — Insufficient evidentiary value — Manufacturing costs of bicycle parts)
Asunto T-435/15: Sentencia del Tribunal General de 10 de octubre de 2017 — Kolachi Raj Industrial/Comisión [«Dumping — Importación de bicicletas expedidas desde Camboya, Pakistán y Filipinas — Ampliación a estas importaciones del derecho antidumping definitivo establecido sobre las importaciones de bicicletas originarias de China — Reglamento de Ejecución (UE) 2015/776 — Artículo 13, apartado 2, letras a) y b), del Reglamento (CE) n.° 1225/2009 — Operaciones de montaje — Procedencia y origen de piezas de bicicleta — Certificados de origen — Valor probatorio insuficiente — Costes de fabricación de piezas de bicicleta»]
Asunto T-435/15: Sentencia del Tribunal General de 10 de octubre de 2017 — Kolachi Raj Industrial/Comisión [«Dumping — Importación de bicicletas expedidas desde Camboya, Pakistán y Filipinas — Ampliación a estas importaciones del derecho antidumping definitivo establecido sobre las importaciones de bicicletas originarias de China — Reglamento de Ejecución (UE) 2015/776 — Artículo 13, apartado 2, letras a) y b), del Reglamento (CE) n.° 1225/2009 — Operaciones de montaje — Procedencia y origen de piezas de bicicleta — Certificados de origen — Valor probatorio insuficiente — Costes de fabricación de piezas de bicicleta»]
DO C 402 de 27.11.2017, p. 23–23
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.11.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 402/23 |
Sentencia del Tribunal General de 10 de octubre de 2017 — Kolachi Raj Industrial/Comisión
(Asunto T-435/15) (1)
([«Dumping - Importación de bicicletas expedidas desde Camboya, Pakistán y Filipinas - Ampliación a estas importaciones del derecho antidumping definitivo establecido sobre las importaciones de bicicletas originarias de China - Reglamento de Ejecución (UE) 2015/776 - Artículo 13, apartado 2, letras a) y b), del Reglamento (CE) n.o 1225/2009 - Operaciones de montaje - Procedencia y origen de piezas de bicicleta - Certificados de origen - Valor probatorio insuficiente - Costes de fabricación de piezas de bicicleta»])
(2017/C 402/29)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Kolachi Raj Industrial (Private) Ltd (Karachi, Pakistan) (representante: P. Bentley, QC)
Demandada: Comisión Europea (representantes: J.-F. Brakeland, M. França y A. Demeneix, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: European Bicycle Manufacturers Association (EBMA) (representantes: L. Ruessmann, avocat y J. Beck, Solicitor)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE, por el que se solicita la anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/776 de la Comisión, de 18 de mayo de 2015, por el que se amplía el derecho antidumping definitivo establecido mediante el Reglamento (UE) n.o 502/2013 del Consejo a las importaciones de bicicletas originarias de la República Popular China a las importaciones de bicicletas procedentes de Camboya, Pakistán y Filipinas, hayan sido o no declaradas originarias de Camboya, Pakistán o Filipinas (DO 2015, L 122, p. 4), en lo que afecta a la demandante.
Fallo
1) |
Anular el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/776 de la Comisión, de 18 de mayo de 2015, por el que se amplía el derecho antidumping definitivo establecido mediante el Reglamento (UE) n.o 502/2013 del Consejo a las importaciones de bicicletas originarias de la República Popular China a las importaciones de bicicletas procedentes de Camboya, Pakistán y Filipinas, hayan sido o no declaradas originarias de Camboya, Pakistán o Filipinas, en lo que afecta a Kolachi Raj Industrial (Private) Ltd. |
2) |
La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las de Kolachi Raj Industrial (Private.) |
3) |
European Bicycle Manufacturers Association (EBMA) cargará con sus propias costas. |