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Document 62014TN0439
Case T-439/14: Action brought on 16 June 2014 — LS Cable & System v Commission
Asunto T-439/14: Recurso interpuesto el 16 de junio de 2014 — LS Cable & System/Comisión
Asunto T-439/14: Recurso interpuesto el 16 de junio de 2014 — LS Cable & System/Comisión
DO C 282 de 25.8.2014, p. 45–46
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
25.8.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 282/45 |
Recurso interpuesto el 16 de junio de 2014 — LS Cable & System/Comisión
(Asunto T-439/14)
2014/C 282/59
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: LS Cable & System Ltd (Anyang, República de Corea) (representantes: S. Kinsella y S. Spinks, Solicitors)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule los artículos 1, apartado 11, y 2, letra t), de la Decisión C(2014) 2139 final de la Comisión, de 2 de abril de 2014, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 101 TFUE y con el artículo 53 del Acuerdo sobre el EEE (Asunto AT.39610 — Cables eléctricos) (en lo sucesivo, «Decisión»), en la medida en que se dirige a la demandante. |
— |
Subsidiariamente, reduzca considerablemente el importe de la multa impuesta a la demandante en el artículo 2, letra t), de la Decisión. |
— |
Condene en costas a la Comisión Europea. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la circunstancia de que la Decisión no aporta pruebas que demuestren de forma suficiente en Derecho que la demandante participó en la infracción única y continuada, ya que la Decisión se apoya en un razonamiento incorrecto y aporta pruebas insuficientes de la participación de la demandante en la infracción, contraviniendo de este modo el artículo 101 TFUE, apartado 1, y el artículo 2 del Reglamento no 1/2003 y vulnerando el principio de presunción de inocencia. |
2. |
Segundo motivo, basado en la circunstancia de que la aplicación del punto 18 de las Directrices para el cálculo de las multas que efectúa la Decisión contraviene lo dispuesto en tales Directrices y vulnera los principios de proporcionalidad, igualdad de trato y protección de la confianza legítima, ya que:
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3. |
Tercer motivo, basado en la circunstancia de que la Decisión infringe lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento no 1/2003 y el apartado 20 de las Directrices para el cálculo de las multas y vulnera el principio de proporcionalidad al no tomar adecuadamente en cuenta la gravedad de la infracción a la hora de fijar la cuantía de la multa de la demandante, ya que se obviaron:
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4. |
Cuarto motivo, basado en la circunstancia de que la Comisión vulneró los principios de proporcionalidad e igualdad de trato al reconocer a la demandante una reducción de sólo el 11 % en atención a la concurrencia de una circunstancia atenuante. |