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Document 62014FN0102
Case F-102/14: Action brought on 6 October 2014 — ZZ v OHIM
Asunto F-102/14: Recurso interpuesto el 6 de octubre de 2014 — ZZ/OAMI
Asunto F-102/14: Recurso interpuesto el 6 de octubre de 2014 — ZZ/OAMI
DO C 7 de 12.1.2015, p. 51–52
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.1.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 7/51 |
Recurso interpuesto el 6 de octubre de 2014 — ZZ/OAMI
(Asunto F-102/14)
(2015/C 007/61)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: ZZ (representante: Heinrich Tettenborn, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI)
Objeto y descripción del litigio
Pretensión de anulación de la decisión de la parte demandada de aplicar a los concursos OHIM/AD/01/13 y OHIM/AST/02/13 la cláusula contenida en el contrato de la demandante, que prevé la resolución del contrato para el supuesto de que no se incluya a la demandante en la lista de reserva del siguiente concurso oposición general organizado por la EPSO para su grupo de funciones en el ámbito especializado en la propiedad industrial, y pretensión de indemnización del daño moral e inmaterial causado.
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se anule la decisión de la OAMI, notificada a la demandante mediante escrito de 28 de noviembre de 2003, de aplicar a los concursos OHIM/AD/01/13 y OHIM/AST/02/13, publicados el 31 de octubre de 2013, la cláusula contenida en el artículo 5 del contrato de la demandante, que prevé la resolución del contrato para el supuesto de que no se incluya a la demandante en la lista de reserva del siguiente concurso oposición general organizado por la EPSO para su grupo de funciones en el ámbito especializado en la propiedad industrial. |
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Que se condene a la OAMI a pagar a la demandante una indemnización por un importe adecuado a determinar por el Tribunal General por el daño moral e inmaterial que le causó la decisión de la OAMI indicada en el guión anterior. |
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Que se condene en costas a la OAMI. |