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Document 62014CA0367

Asunto C-367/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 17 de septiembre de 2015 — Comisión Europea/República Italiana (Incumplimiento de Estado — Ayudas de Estado — Ayudas concedidas a determinadas empresas del territorio insular de Venecia y de Chioggia — Reducciones de cargas sociales — No recuperación de las ayudas en el plazo señalado — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara la existencia de un incumplimiento — No ejecución — Artículo 260 TFUE, apartado 2 — Sanciones pecuniarias — Multa coercitiva — Cantidad a tanto alzado)

DO C 371 de 9.11.2015, p. 12–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

9.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 371/12


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 17 de septiembre de 2015 — Comisión Europea/República Italiana

(Asunto C-367/14) (1)

((Incumplimiento de Estado - Ayudas de Estado - Ayudas concedidas a determinadas empresas del territorio insular de Venecia y de Chioggia - Reducciones de cargas sociales - No recuperación de las ayudas en el plazo señalado - Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara la existencia de un incumplimiento - No ejecución - Artículo 260 TFUE, apartado 2 - Sanciones pecuniarias - Multa coercitiva - Cantidad a tanto alzado))

(2015/C 371/15)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Conte, D. Grespan y B. Stromsky, agentes)

Demandada: República Italiana (representantes: G. Palmieri, agente, asistida por P. Gentili, avvocato dello Stato)

Fallo

1)

Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 260 TFUE, apartado 1, al no adoptar, en la fecha en que expiró el plazo señalado en el requerimiento de la Comisión Europea de 21 de noviembre de 2012, todas las medidas que comporta la ejecución de la sentencia Comisión/Italia (C-302/09, EU:C:2011:634).

2)

Condenar a la República Italiana a pagar a la Comisión Europea, en su cuenta «Recursos propios de la Unión Europea», a partir del día del pronunciamiento de la presente sentencia y hasta la ejecución de la sentencia Comisión/Italia (C-302/09, EU:C:2011:634), una multa coercitiva por un importe de 12 millones de euros por semestre de retraso en la puesta en práctica de las medidas necesarias para el cumplimiento de dicha sentencia Comisión/Italia.

3)

Condenar a la República Italiana a pagar a la Comisión Europea, en su cuenta «Recursos propios de la Unión Europea», una cantidad a tanto alzado de 30 millones de euros.

4)

Condenar en costas a la República Italiana.


(1)  DO C 395, de 10.11.2014.


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