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Document 62013TN0254
Case T-254/13: Action brought on 6 May 2013 — Stayer Ibérica/OHIM — Korporaciya Masternet (STAYER)
Asunto T-254/13: Recurso interpuesto el 6 de mayo de 2013 — Stayer Ibérica/OAMI — Korporaciya Masternet (STAYER)
Asunto T-254/13: Recurso interpuesto el 6 de mayo de 2013 — Stayer Ibérica/OAMI — Korporaciya Masternet (STAYER)
DO C 207 de 20.7.2013, p. 40–41
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 207 de 20.7.2013, p. 10–10
(HR)
20.7.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 207/40 |
Recurso interpuesto el 6 de mayo de 2013 — Stayer Ibérica/OAMI — Korporaciya «Masternet» (STAYER)
(Asunto T-254/13)
2013/C 207/68
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Stayer Ibérica, S.A. (Pinto, Madrid) (representante: S. Rizzo, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: ZAO Korporaciya «Masternet» (Moscú, Rusia)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución impugnada en la medida en que estima en parte el recurso y declara la nulidad de la marca comunitaria registrada con el no 4.675.881 para los siguientes productos:
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— |
Condene en costas a la OAMI. |
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto de la que se interpuso un recurso de anulación: La marca gráfica «STAYER» — Marca comunitaria registrada con el no 4.675.881
Titular de la marca comunitaria: La demandante
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Motivación de la solicitud de nulidad: El motivo para solicitar la declaración de nulidad era el previsto en el artículo 53, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009 del Consejo
Resolución de la División de Anulación: Desestimación de la solicitud de nulidad en su integridad
Resolución de la Sala de Recurso: Estimación parcial del recurso.
Motivos invocados: Infracción de los artículos 76, apartado 2, 15 y 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009 del Consejo.