Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62013TN0164

    Asunto T-164/13: Recurso interpuesto el 15 de marzo de 2013 — Sun Capital Partners/OAMI — Sun Capital Partners (SUN CAPITAL)

    DO C 147 de 25.5.2013, p. 26–27 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    25.5.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 147/26


    Recurso interpuesto el 15 de marzo de 2013 — Sun Capital Partners/OAMI — Sun Capital Partners (SUN CAPITAL)

    (Asunto T-164/13)

    2013/C 147/47

    Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

    Partes

    Demandante: Sun Capital Partners, Inc. (Nueva York, Estados Unidos) (representantes: P.A. Dubois, Solicitor, D. Alexander, QC y F. Clark, Barrister)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Sun Capital Partners Ltd (Londres, Reino Unido)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General que:

    Anule la resolución impugnada de la Sala de Recurso y/o

    Devuelva el asunto para que la Sala de Recurso pueda pronunciarse sobre él.

    Condene a la parte demandada a pagar las costas del procedimiento, incluidas las costas en las incurrió la demandante ante la Sala de Recurso.

    Condene a SCPL a pagar las costas del procedimiento, incluidas las costas en las que incurrió la demandante ante la Sala de Recurso, si SCLP llegara a ser parte coadyuvante en el presente procedimiento.

    Motivos y principales alegaciones

    Marca comunitaria registrada, respecto de la que se interpuso un recurso de anulación: La marca denominativa «SUN CAPITAL»– Marca comunitaria no2 942 654

    Titular de la marca comunitaria: La demandante

    Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

    Motivación de la solicitud de nulidad: Los motivos para solicitar una declaración de nulidad eran los establecidos en los artículos 53, apartado 1, letra c) y 8, apartado 4, del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo

    Resolución de la División de Anulación: Declarar la nulidad de la marca comunitaria controvertida

    Resolución de la Sala de Recurso: Desestimar el recurso

    Motivos invocados: Infracción de los artículos 53, apartado 1, en relación con el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (CE) del Consejo no 207/2009.


    Top