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Document 62013CN0332

    Asunto C-332/13: Petición de decisión prejudicial planteada por la Kúria (Hungría) el 19 de junio de 2013 — Weigl Ferenc/Nemzeti Innovációs Hivatal

    DO C 274 de 21.9.2013, p. 3–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
    DO C 274 de 21.9.2013, p. 2–2 (HR)

    21.9.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 274/3


    Petición de decisión prejudicial planteada por la Kúria (Hungría) el 19 de junio de 2013 — Weigl Ferenc/Nemzeti Innovációs Hivatal

    (Asunto C-332/13)

    2013/C 274/05

    Lengua de procedimiento: húngaro

    Órgano jurisdiccional remitente

    Kúria

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Weigl Ferenc

    Demandada: Nemzeti Innovációs Hivatal

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Debe considerarse aplicable la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea a la relación jurídica de los funcionarios del Gobierno y de los funcionarios públicos?

    2)

    ¿Procede interpretar el artículo 30 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en el sentido de que la disposición que contiene, relativa a la protección frente a los despidos injustificados, ha de aplicarse con independencia de que el Estado miembro no reconozca como vinculante respecto a él el artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada?

    3)

    De ser así, ¿procede interpretar el artículo 30 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en el sentido de que concuerda con el concepto de «despido injustificado» una disposición nacional conforme a la cual cuando se cesa a un funcionario del Gobierno no es preciso comunicarle los motivos del cese?

    4)

    ¿Procede interpretar la expresión «de conformidad con el Derecho de la Unión y con las legislaciones y prácticas nacionales», contenida en el artículo 30 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el sentido de que el Estado miembro puede delimitar normativamente una categoría especial de personas a las que no es preciso aplicar el artículo 30 de la Carta en caso de extinción de su relación jurídica?

    5)

    En función de la respuesta a las cuestiones 2 a 4, ¿procede interpretar el artículo 51, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en lo que atañe a los funcionarios del Gobierno, en el sentido de que los tribunales nacionales deben hacer caso omiso de las normas nacionales contrarias al artículo 30 de la misma Carta?


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