Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62013CA0300

    Asunto C-300/13: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 27 de marzo de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana — España) — Ayuntamiento de Benferri/Consejería de Infraestructuras y Transporte, Iberdrola Distribución Eléctrica SAU (Procedimiento prejudicial — Directiva 85/337/CEE — Evaluación de las repercusiones de determinados proyectos sobre el medio ambiente — Construcción de determinadas líneas aéreas para el transporte de energía eléctrica — Ampliación de una subestación eléctrica — No sujeción del proyecto a evaluación de impacto ambiental)

    DO C 151 de 19.5.2014, p. 7–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    19.5.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 151/7


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 27 de marzo de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana — España) — Ayuntamiento de Benferri/Consejería de Infraestructuras y Transporte, Iberdrola Distribución Eléctrica SAU

    (Asunto C-300/13) (1)

    ((Procedimiento prejudicial - Directiva 85/337/CEE - Evaluación de las repercusiones de determinados proyectos sobre el medio ambiente - Construcción de determinadas líneas aéreas para el transporte de energía eléctrica - Ampliación de una subestación eléctrica - No sujeción del proyecto a evaluación de impacto ambiental))

    2014/C 151/09

    Lengua de procedimiento: español

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: Ayuntamiento de Benferri

    Demandadas: Consejería de Infraestructuras y Tranasporte, Iberdrola Distribución Eléctrica SAU

    Objeto

    Petición de decisión prejudicial — Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana — Interpretación de los anexos I, punto 20, y II, punto 3, letra b), de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (DO L 175, p. 40), en su versión modificada por la Directiva 97/11/CE (DO L 73, p. 5) — Construcción de líneas aéreas de transporte de energía eléctrica con una tensión de 220 kV o más y con una longitud de más de 15 kilómetros — Concepto — Proyecto de ampliación de una subestación eléctrica con independencia de la línea aérea existencia — Normativa nacional que no prevé que dicho proyecto sea objeto de evaluación ambiental.

    Fallo

    Las disposiciones del anexo I, punto 20, y del anexo II, punto 3, letra b), de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, en su versión modificada por la Directiva 97/11/CE del Consejo, de 3 de marzo de 1997, deben interpretarse en el sentido de que un proyecto como el controvertido en el litigio principal, que se refiere a la mera ampliación de una subestación transformadora de tensión eléctrica, no figura, como tal, entre los proyectos contemplados por las citadas disposiciones, salvo que tal ampliación esté comprendida en el marco de la construcción de líneas aéreas para el transporte de energía eléctrica, extremo que corresponde comprobar al órgano jurisdiccional remitente.


    (1)  DO C 226, de 3.8.2013.


    Top