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Document 62012TN0334
Case T-334/12: Action brought on 25 July 2012 — Plantavis and NEM v Commission and EFSA
Asunto T-334/12: Recurso interpuesto el 25 de julio de 2012 — Plantavis y NEM/Comisión y EFSA
Asunto T-334/12: Recurso interpuesto el 25 de julio de 2012 — Plantavis y NEM/Comisión y EFSA
DO C 311 de 13.10.2012, p. 9–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
13.10.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 311/9 |
Recurso interpuesto el 25 de julio de 2012 — Plantavis y NEM/Comisión y EFSA
(Asunto T-334/12)
2012/C 311/11
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandantes: Plantavis GmbH (Berlín) y NEM, Verband mittelständischer europäischer Hersteller und Distributoren von Nahrungsergänzungsmitteln & Gesundheitsprodukten e.V. (Laudert, Alemania) (representante: T. Büttner, abogado)
Demandadas: Comisión Europea y Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule las prohibiciones de los Reglamentos (CE) no 1924/2006, (1) en relación con el Reglamento (UE) no 432/2012 (2) y el registro de la Comisión de declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos autorizadas y no autorizadas. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
1) |
Primer motivo, basado en la falta de competencia del legislador europeo para adoptar los Reglamentos impugnados. |
2) |
Segundo motivo, basado en que los Reglamentos nos 1924/2006 y 432/2012, así como el Registro de la UE de declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos tienen injerencia en las posiciones jurídicas de la industria alimentaria protegidas por principio, así como en el derecho de los consumidores y de los círculos especializados a obtener información. En este contexto, las demandantes alegan, particularmente, que las prohibiciones de hacer declaraciones nutricionales y de propiedades saludables previstas en los Reglamentos impugnados son desproporcionadas. Así es, en particular, en lo que respecta a la prohibición de usar declaraciones nutricionales y propiedades saludables técnicamente correctas como, por ejemplo, «mejor biodisponibilidad». Además, alega que los Reglamentos son inadecuados para el objetivo perseguido, puesto que la EFSA y la Comisión no han establecido ninguna línea uniforme, comprensible y transparente para establecer criterios científicos. |
3) |
Tercer motivo, basado en el trato desigual sin establecer distinción alguna de diversas sustancias y empresas alimentarias. Alega que las prohibiciones tampoco son necesarias, puesto que, de conformidad con la Directiva 2003/13/CE (3) y el Reglamento (UE) no 1169/2011, (4) ya está prohibido en todos los Estados miembros de la Unión Europea hacer publicidad engañosa de alimentos. |
(1) Reglamento (CE) no 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (DO L 404, p. 9).
(2) Reglamento (CE) no 432/2012 de la Comisión, de 16 de mayo de 2012, por el que se establece una lista de declaraciones autorizadas de propiedades saludables de los alimentos distintas de las relativas a la reducción del riesgo de enfermedad y al desarrollo y la salud de los niños (DO L 136, p. 1).
(3) Directiva 2003/13/CE de la Comisión, de 10 de febrero de 2003, por la que se modifica la Directiva 96/5/CE relativa a los alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles para lactantes y niños de corta edad (DO L 41, p. 33).
(4) Reglamento (UE) no 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) no 1924/2006 y (CE) no 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) no 608/2004 de la Comisión (DO L 304, p. 18).