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Document 62012TN0113

Asunto T-113/12: Recurso interpuesto el 5 de marzo de 2012 — Bial — Portela/OAMI — Probiotical (PROBIAL)

DO C 165 de 9.6.2012, p. 20–20 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

9.6.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 165/20


Recurso interpuesto el 5 de marzo de 2012 — Bial — Portela/OAMI — Probiotical (PROBIAL)

(Asunto T-113/12)

2012/C 165/35

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Bial — Portela & Ca, SA (São Mamede do Coronado, Portugal) (representantes: B. Braga da Cruz y J. Pimenta, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Probiotical SpA (Novara, Italia)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 20 de diciembre de 2011, en el asunto R 1925/2010-4.

Ordene a la demandada denegar la concesión del registro de la marca comunitaria no 2408128, «PROBIAL».

Condene en costas a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa en azul oscuro y azul claro «PROBIAL» para productos de las clases 1, 5 y 31 — Solicitud de marca comunitaria no 2408128

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La demandante

Marca o signo invocado: Registro de marca portuguesa no 155284 de la marca denominativa «Bial» para productos de la clase 5; marca «Bial», notoria en Portugal; registro de marca comunitaria no 1400183 de la marca figurativa en negro y blanco «Bial» para productos y servicios de las clases 3, 5 y 42; registro de marca española no 2026481 de la marca figurativa en blanco y negro «Bial» par servicios de la clase 35; registro internacional no 490635 para la marca de caracteres estándar «Bial» para productos de la clase 5; emblema de establecimiento no 868 del signo figurativo «Bial»; Nombre de establecimiento no 35157 para el término «Bial»; logotipo no 951 del signo figurativo «Bial»

Resolución de la División de Oposición: Denegación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009 del Consejo, pues la Sala de Recurso valoró erróneamente que las marcas controvertidas no podían inducir a confusión.


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