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Document 62012CN0458

    Asunto C-458/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Trento (Italia) el 11 de octubre de 2012 — Lorenzo Amatori y otros/Telecom Italia SpA y Shared Service Center Srl

    DO C 389 de 15.12.2012, p. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    15.12.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 389/6


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Trento (Italia) el 11 de octubre de 2012 — Lorenzo Amatori y otros/Telecom Italia SpA y Shared Service Center Srl

    (Asunto C-458/12)

    2012/C 389/09

    Lengua de procedimiento: italiano

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunale di Trento

    Partes en el procedimiento principal

    Demandantes: Lorenzo Amatori y otros

    Demandadas: Telecom Italia SpA y Shared Service Center Srl

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Se opone la normativa de la Unión Europea en materia de «traspaso de partes de empresa» [en particular, el artículo 1, apartado 1, letras a) y b), en relación con el artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/23/CE del Consejo, de 12 de marzo de 2001] (1) a una norma de Derecho interno, como la establecida en el artículo 2112, apartado 5, del codice civile, que permite que el cesionario se subrogue en las relaciones laborales del cedente, sin necesidad de que los trabajadores cedidos presten su consentimiento, en el caso de que la parte de la empresa objeto de cesión no constituyera antes de la transmisión una entidad económica funcionalmente autónoma de modo que el cedente y el cesionario pudieran identificarla como tal en el momento de llevarse a cabo su transmisión?

    2)

    ¿Se opone la normativa de la Unión Europea en materia de «traspaso de partes de empresa» [en particular, el artículo 1, apartado 1, letras a) y b), en relación con el artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/23/CE del Consejo, de 12 de marzo de 2001] a una norma de Derecho interno, como la establecida en el artículo 2112, apartado 5, del codice civile, que permite que el cesionario se subrogue en las relaciones laborales del cedente sin necesidad de que los trabajadores cedidos presten su consentimiento, en el caso de que la empresa cedente ejerza tras la transmisión facultades de control sobre la cesionaria, que se manifiesten a través de un estrecho vínculo comercial y la confusión del riesgo empresarial?


    (1)  Directiva 2001/23/CE del Consejo, de 12 de marzo de 2001, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas, de centros de actividad o de partes de empresas o de centros de actividad (DO L 82, p. 16).


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