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Document 62012CA0286

Asunto C-286/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 6 de noviembre de 2012 — Comisión Europea/Hungría (Incumplimiento de Estado — Política social — Igualdad de trato en el empleo y la ocupación — Directiva 2000/78/CE — Artículos 2 y 6, apartado 1 — Régimen nacional que obliga a cesar en su actividad profesional a jueces, fiscales y notarios que han alcanzado la edad de 62 años — Objetivos legítimos que justifican una diferencia de trato con los trabajadores menores de 62 años — Carácter proporcionado de la duración del período transitorio)

DO C 9 de 12.1.2013, p. 22–22 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.1.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 9/22


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 6 de noviembre de 2012 — Comisión Europea/Hungría

(Asunto C-286/12) (1)

(Incumplimiento de Estado - Política social - Igualdad de trato en el empleo y la ocupación - Directiva 2000/78/CE - Artículos 2 y 6, apartado 1 - Régimen nacional que obliga a cesar en su actividad profesional a jueces, fiscales y notarios que han alcanzado la edad de 62 años - Objetivos legítimos que justifican una diferencia de trato con los trabajadores menores de 62 años - Carácter proporcionado de la duración del período transitorio)

2013/C 9/35

Lengua de procedimiento: húngaro

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Enegren y K. Talabér-Ritz, agentes)

Demandada: Hungría (representante: M.Z. Fehér, agente)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 2 y 6, apartado 1, de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (DO L 303, p. 16) — Normativa nacional que ordena el cese directo de la actividad profesional de jueces, fiscales y notarios que hayan cumplido 62 años de edad — Falta de finalidad legítima que justifique esta diferencia de trato con respecto a los trabajadores de edad inferior a 62 años — Carácter desproporcionado de la duración del período transitorio (un año).

Fallo

1)

Declarar que Hungría ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2 y 6, apartado 1, de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, al adoptar un régimen nacional que obliga a cesar en su actividad profesional a los jueces, fiscales y notarios que han alcanzado la edad de 62 años y entraña una diferencia de trato por motivos de edad que carece de proporcionalidad con los objetivos perseguidos.

2)

Condenar en costas a Hungría.


(1)  DO C 217, de 21.7.2012.


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