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Document 62011TN0072
Case T-72/11: Action brought on 3 February 2011 — Sogepi Consulting y Publicidad v OHIM (ESPETEC)
Asunto T-72/11: Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2011 — Sogepi Consulting y Publicidad/OAMI (ESPETEC)
Asunto T-72/11: Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2011 — Sogepi Consulting y Publicidad/OAMI (ESPETEC)
DO C 113 de 9.4.2011, p. 15–16
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
9.4.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 113/15 |
Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2011 — Sogepi Consulting y Publicidad/OAMI (ESPETEC)
(Asunto T-72/11)
2011/C 113/31
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: Sogepi Consulting y Publicidad, SL (Vic, España) (representantes: Sr. J. P de Oliveira Vaz Miranda Sousa, Sra. T. Barceló Rebaque y Sra. N. Esteve Manasanch, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General:
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La nulidad y revocación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 12 de noviembre de 2010, en el asunto R 312/2010-2; |
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la consecuente concesión del registro de la marca comunitaria num. 7.114.572 «ESPETEC», y |
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la condena en costas a la parte demandada. |
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «ESPETEC», para productos de la clase 29.
Resolución del examinador: Denegación de la marca solicitada.
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.
Motivos invocados: Infracción del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) no 207/2009, (1) dado que el término «ESPETEC» no carecería de carácter distintivo considerado con independencia de los productos solicitados e infracción del articulo 7.3 del Reglamento (CE) no 207/2009 dadas la desnaturalización e incorrecta valoración de las pruebas de uso en el mercado de la marca «ESPETEC».
(1) Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).