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Document 62011TN0072

    Asunto T-72/11: Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2011 — Sogepi Consulting y Publicidad/OAMI (ESPETEC)

    DO C 113 de 9.4.2011, p. 15–16 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    9.4.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 113/15


    Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2011 — Sogepi Consulting y Publicidad/OAMI (ESPETEC)

    (Asunto T-72/11)

    2011/C 113/31

    Lengua de procedimiento: español

    Partes

    Demandante: Sogepi Consulting y Publicidad, SL (Vic, España) (representantes: Sr. J. P de Oliveira Vaz Miranda Sousa, Sra. T. Barceló Rebaque y Sra. N. Esteve Manasanch, abogados)

    Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Pretensiones

    La parte demandante solicita al Tribunal General:

    La nulidad y revocación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 12 de noviembre de 2010, en el asunto R 312/2010-2;

    la consecuente concesión del registro de la marca comunitaria num. 7.114.572 «ESPETEC», y

    la condena en costas a la parte demandada.

    Motivos y principales alegaciones

    Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «ESPETEC», para productos de la clase 29.

    Resolución del examinador: Denegación de la marca solicitada.

    Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.

    Motivos invocados: Infracción del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) no 207/2009, (1) dado que el término «ESPETEC» no carecería de carácter distintivo considerado con independencia de los productos solicitados e infracción del articulo 7.3 del Reglamento (CE) no 207/2009 dadas la desnaturalización e incorrecta valoración de las pruebas de uso en el mercado de la marca «ESPETEC».


    (1)  Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).


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