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Document 62011CA0034
Case C-34/11: Judgment of the Court (First Chamber) of 15 November 2012 — European Commission v Portuguese Republic (Failure of a Member State to fulfil obligations — Pollution control — Limit values for concentrations of PM10 in ambient air)
Asunto C-34/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 15 de noviembre de 2012 — Comisión Europea/República Portuguesa (Incumplimiento de Estado — Control de la contaminación — Valores límite para las concentraciones de PM10 en el aire ambiente)
Asunto C-34/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 15 de noviembre de 2012 — Comisión Europea/República Portuguesa (Incumplimiento de Estado — Control de la contaminación — Valores límite para las concentraciones de PM10 en el aire ambiente)
DO C 9 de 12.1.2013, p. 9–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
12.1.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 9/9 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 15 de noviembre de 2012 — Comisión Europea/República Portuguesa
(Asunto C-34/11) (1)
(Incumplimiento de Estado - Control de la contaminación - Valores límite para las concentraciones de PM10 en el aire ambiente)
2013/C 9/12
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: P. Guerra e Andrade, A. Alcover San Pedro y S. Petrova, agentes)
Demandada: República Portuguesa (representantes: L. Inez Fernandes y M.J. Lois, agentes)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción del artículo 13 de la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa (DO L 152, p. 1) — Valores límite y umbrales de alerta para la protección de la salud humana — Niveles de PM10 en el aire ambiente.
Fallo
1) |
Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 5, apartado 1, de la Directiva 1999/30/CE del Consejo, de 22 de abril de 1999, relativa a los valores límite de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas y plomo en el aire ambiente, al no asegurarse de que, respecto a los años 2005 a 2007, las concentraciones diarias de PM10 en el aire ambiente no superaran los valores límite fijados en dicha disposición en las zonas y aglomeraciones de Braga, de Porto Litoral, de Área Metropolitana de Lisboa Norte y de Área Metropolitana de Lisboa Sul. |
2) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
La Comisión Europea y la República Portuguesa cargarán, cada una de ellas, con sus propias costas. |