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Document 62008TB0117
Case T-117/08: Order of the Court of First Instance of 16 December 2008 — Italy v EESC and Commission (Procedural issue — Objection of inadmissibility — Partial inadmissibility of the action — Lack of imputability of acts to the Commission)
Asunto T-117/08: Auto del Tribunal de Primera Instancia de 16 de diciembre de 2008 — Italia/CESE y Comisión ( Incidente procesal — Excepción de inadmisibilidad — Inadmisibilidad parcial del recurso — No imputabilidad de los actos a la Comisión )
Asunto T-117/08: Auto del Tribunal de Primera Instancia de 16 de diciembre de 2008 — Italia/CESE y Comisión ( Incidente procesal — Excepción de inadmisibilidad — Inadmisibilidad parcial del recurso — No imputabilidad de los actos a la Comisión )
DO C 55 de 7.3.2009, p. 27–27
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
7.3.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/27 |
Auto del Tribunal de Primera Instancia de 16 de diciembre de 2008 — Italia/CESE y Comisión
(Asunto T-117/08) (1)
(«Incidente procesal - Excepción de inadmisibilidad - Inadmisibilidad parcial del recurso - No imputabilidad de los actos a la Comisión»)
(2009/C 55/50)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: República Italiana (representantes: I. Bruni, agente, asistido por P. Gentili, Avvocato dello Stato)
Demandadas: Comité Económico y Social Europeo (CESE) (representantes: M. Bermejo Garde, agente, asistido por A. Dal Ferro, abogado), y Comisión de las Comunidades Europeas (representante: J. Currall, agente)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de España (representante: F. Díez Moreno, Abogado del Estado)
Objeto
Anulación del anuncio de vacante no 73/07, relativo a un puesto de Secretario General (grado A*16) en el Comité Económico y Social Europeo (CESE), publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea de 28 de diciembre de 2007 (DO C 316 A, p. 1), y del anuncio de corrección de errores de dicho anuncio, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea de 30 de enero de 2008 (DO C 25 A, p. 21).
Fallo
1) |
Declarar el recurso inadmisible en la medida en que se dirige contra la Comisión. |
2) |
Condenar a la República Italiana a cargar, además de con las costas en las que haya incurrido en el marco del presente recurso, en la medida en que éste se dirige contra la Comisión, con las costas en las que haya incurrido dicha institución. |