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Document 62008CN0276

    Asunto C-276/08: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal administratif (Luxemburgo) el 26 de junio de 2008 — Miloud Rimoumi, Gabrielle Suzanne Marie Prick/Ministre des Affaires Étrangères et de l'inmigration

    DO C 236 de 13.9.2008, p. 8–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    13.9.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 236/8


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal administratif (Luxemburgo) el 26 de junio de 2008 — Miloud Rimoumi, Gabrielle Suzanne Marie Prick/Ministre des Affaires Étrangères et de l'inmigration

    (Asunto C-276/08)

    (2008/C 236/11)

    Lengua de procedimiento: francés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Tribunal administratif

    Partes en el procedimiento principal

    Demandantes: Miloud Rimoumi, Gabrielle Suzanne Marie Prick

    Demandada: Ministre des Affaires Étrangères et de l'inmigration

    Cuestión prejudicial

    ¿Deben interpretarse el artículo 2, punto 2, letra a), el artículo 3, apartado 1, y el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) no 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE (1), en el sentido de que únicamente se refieren a los miembros de la familia que han adquirido esta condición con anterioridad a la fecha en la que el ciudadano de la Unión al que desean acompañar o con el que desean reunirse ejercitó el derecho a la libre circulación que le reconoce el artículo 39 CE, o si, por el contrario, cualquier ciudadano de la Unión que haya ejercitado su derecho a circular libremente y que resida en un Estado miembro distinto del Estado del que tenga la nacionalidad, tiene derecho a reunirse con un miembro de su familia sin que se someta a este último a ninguna condición relativa al momento en que adquirió esta condición?


    (1)  Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) no 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE (DO L 158, p. 77).


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