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Document 62008CB0183

Asunto C-183/08 P: Auto del Tribunal de Justicia de 5 de marzo de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/Provincia di Imperia (Recurso de casación — Artículo 119 del Reglamento de Procedimiento — Requisitos de admisibilidad de un recurso de anulación — Interés en ejercitar la acción — Convocatoria de propuestas relativa a la financiación por el Fondo Social Europeo de medidas innovadoras — Decisión desestimatoria — Existencia de un beneficio para el demandante como consecuencia de la eventual anulación del acto impugnado)

DO C 113 de 16.5.2009, p. 17–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

16.5.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 113/17


Auto del Tribunal de Justicia de 5 de marzo de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/Provincia di Imperia

(Asunto C-183/08 P) (1)

(Recurso de casación - Artículo 119 del Reglamento de Procedimiento - Requisitos de admisibilidad de un recurso de anulación - Interés en ejercitar la acción - Convocatoria de propuestas relativa a la financiación por el Fondo Social Europeo de medidas innovadoras - Decisión desestimatoria - Existencia de un beneficio para el demandante como consecuencia de la eventual anulación del acto impugnado)

2009/C 113/34

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: D. Martin y L. Flynn, agentes)

Recurrida: Provincia di Imperia (representantes: K. Platteau y S. Rostagno, abogados)

Objeto

Recurso de casación contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 14 de febrero de 2008, Provincia di Imperia/Comisión (T-351/05), en la que el Tribunal de Primera Instancia declaró admisible (pero infundado) el recurso presentado por la demandante, en el que se solicitaba la anulación de la decisión de la Comisión de 30 de junio de 2005 por la que se le había denegado una subvención en el marco de una convocatoria de propuestas de medidas innovadoras financiadas por el Fondo Social Europeo — Violación de los requisitos de admisibilidad de un recurso de anulación — Concepto de interés en ejercitar la acción — Inexistencia de un beneficio para el demandante como consecuencia de la eventual anulación del acto impugnado.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso de casación.

2)

La Comisión de las Comunidades Europeas cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 209 de 15.8.2008.


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