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Document 62007TN0493
Case T-493/07: Action brought on 28 December 2007 — GlaxoSmithKline v OHIM — Serono Genetics Institute (FAMOXIN)
Asunto T-493/07: Recurso interpuesto el 28 de diciembre de 2007 — GlaxoSmithKline/OAMI — Serono Genetics Institute (FAMOXIN)
Asunto T-493/07: Recurso interpuesto el 28 de diciembre de 2007 — GlaxoSmithKline/OAMI — Serono Genetics Institute (FAMOXIN)
DO C 51 de 23.2.2008, p. 59–59
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
23.2.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 51/59 |
Recurso interpuesto el 28 de diciembre de 2007 — GlaxoSmithKline/OAMI — Serono Genetics Institute (FAMOXIN)
(Asunto T-493/07)
(2008/C 51/107)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: GlaxoSmithKline SpA (Verona, Italia) (representante: G. Richard, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Serono Genetics Institute SA (Evry, Francia)
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) de 14 de septiembre de 2007 en el asunto R 8/2007-1 y que se declare fundada la solicitud de nulidad de la demandante. |
— |
La demandante solicita a la Sala la anulación de todas las resoluciones sobre costas adoptadas contra la demandante por la OAMI, y que se condene a esta última al pago de las costas del procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: la marca denominativa comunitaria «FAMOXIN» para productos y servicios comprendidos en la clase 5 — Solicitud no 2.491.298
Titular de la marca comunitaria: Serono Genetics Institute SA
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: la demandante
Marca o signo del solicitante de la nulidad: la marca denominativa nacional «LANOXIN» para productos comprendidos en la clase 5
Resolución de la División de Anulación: desestimación de la solicitud de anulación en su totalidad
Resolución de la Sala de Recurso: desestimación del recurso
Motivos invocados: infracción de los artículos 8, apartado 1, letra b), y 52 del Reglamento (CE) no 40/94 (1).
(1) Reglamento (CE) no 40/94, del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).