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Document 62006CA0331
Case C-331/06: Judgment of the Court (Second Chamber) of 3 April 2008 (reference for a preliminary ruling from the Rechtbank te Amsterdam, Netherlands) — K.D. Chuck v Raad van Bestuur van de Sociale Verzekeringsbank (Old-age insurance — Worker who is a national of a Member State — Social security contributions — Separate periods — Different Member States — Calculation of periods of insurance — Application for a pension — Residence in a non-Member State)
Asunto C-331/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 3 de abril de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — K.D. Chuck/Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsbank (Seguro de vejez — Trabajador nacional de un Estado miembro — Cotizaciones sociales — Períodos diferentes — Estados miembros diferentes — Cálculo de los períodos de seguro — Solicitud de pensión — Residencia en un Estado tercero)
Asunto C-331/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 3 de abril de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — K.D. Chuck/Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsbank (Seguro de vejez — Trabajador nacional de un Estado miembro — Cotizaciones sociales — Períodos diferentes — Estados miembros diferentes — Cálculo de los períodos de seguro — Solicitud de pensión — Residencia en un Estado tercero)
DO C 128 de 24.5.2008, p. 8–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
24.5.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 128/8 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 3 de abril de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — K.D. Chuck/Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsbank
(Asunto C-331/06) (1)
(Seguro de vejez - Trabajador nacional de un Estado miembro - Cotizaciones sociales - Períodos diferentes - Estados miembros diferentes - Cálculo de los períodos de seguro - Solicitud de pensión - Residencia en un Estado tercero)
(2008/C 128/12)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Rechtbank Amsterdam
Partes en el procedimiento principal
Demandante: K.D. Chuck
Demandada: Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsbank
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Rechtbank Amsterdam — Interpretación del artículo 48 del Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (DO L 149, p. 2; EE 05/01, p. 98) — Seguro de jubilación — Cálculo de los períodos de seguro de un nacional de un Estado miembro que haya trabajado en otros dos Estados miembros — Residencia en un Estado tercero en el momento de la jubilación.
Fallo
El artículo 48, apartado 2, del Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad, en su versión modificada y actualizada por el Reglamento (CE) no 631/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, obliga a la institución competente del último Estado miembro en que residió un trabajador nacional de un Estado miembro a tomar en consideración, a la hora de calcular la pensión de jubilación de dicho trabajador, que en el momento de la solicitud de pago de esa pensión residía en un Estado tercero, los períodos trabajados en otro Estado miembro en las mismas condiciones que si continuase residiendo en el territorio de la Comunidad Europea.