This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 61993CJ0387
Judgment of the Court of 14 December 1995. # Criminal proceedings against Giorgio Domingo Banchero. # Reference for a preliminary ruling: Pretura circondariale di Genova - Italy. # Articles 5, 30, 37, 85, 86, 90, 92 and 95 of the EEC Treaty. # Case C-387/93.
Sentencia del Tribunal de Justicia de 14 de diciembre de 1995.
Procedimento penal entablado contra Giorgio Domingo Banchero.
Petición de decisión prejudicial: Pretura circondariale di Genova - Italia.
Artículos 5, 30, 37, 85, 86, 90, 92 y 95 del Tratado CEE.
Asunto C-387/93.
Sentencia del Tribunal de Justicia de 14 de diciembre de 1995.
Procedimento penal entablado contra Giorgio Domingo Banchero.
Petición de decisión prejudicial: Pretura circondariale di Genova - Italia.
Artículos 5, 30, 37, 85, 86, 90, 92 y 95 del Tratado CEE.
Asunto C-387/93.
Recopilación de Jurisprudencia 1995 I-04663
ECLI identifier: ECLI:EU:C:1995:439
*A9* Pretura circondariale di Genova, ordinanza del 30/07/1993 (RG 8708/90)
- Europäisches Wirtschafts- & Steuerrecht - EWS 1994 p.35 (résumé)
«Artículos 5, 30, 37, 85, 86, 90, 92 y 95 del Tratado CEE »
|
||||
|
||||
(Tratado CEE, art. 177)
(Tratado CEE, art. 37)
(Tratado CEE, art. 30)
(Tratado CEE, arts. 5, 86 y 90, ap. 1)
(Tratado CEE, art. 30)
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
de 14 de diciembre de 1995 (1)
«Artículos 5, 30, 37, 85, 86, 90, 92 y 95 del Tratado CEE»
En el asunto C-387/93,
que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 177 del Tratado CEE, por la Pretura circondariale di Genova (Italia), destinada a obtener, en el proceso penal seguido ante dicho órgano jurisdiccional contra Giorgio Domingo Banchero, una decisión prejudicial sobre la interpretación de los artículos 5, 30, 37, 85, 86, 90, 92 y 95 del Tratado CEE,EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,,
consideradas las observaciones escritas presentadas:
habiendo considerado el informe para la vista;
oídas las observaciones del Sr. Banchero, representado por los Sres. Giuseppe Conte y Giuseppe Michele Giacomini; del Gobierno español, representado por el Sr. Miguel Bravo-Ferrer Delgado; del Gobierno francés, representado por el Sr. Jean-Marc Belorgey; del Gobierno italiano, representado por Sr. Ivo-Maria Braguglia, avvocato dello Stato, en calidad de Agente, y de la Comisión, representada por el Sr. Enrico Traversa, expuestas en la vista de 5 de abril de 1995;
oídas las conclusiones del Abogado General, presentadas en audiencia pública el 20 de junio de 1995;
dicta la siguiente
En virtud de todo lo expuesto,
EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,
pronunciándose sobre las cuestiones planteadas por el Pretore di Genova mediante resolución de 30 de julio de 1993, declara:
Rodríguez Iglesias |
Edward |
Puissochet |
Hirsch |
Mancini |
Schockweiler |
Moitinho de Almeida |
Kapteyn |
Gulmann |
Murray |
Jann |
|
El Secretario |
El Presidente |
R. Grass |
G.C. Rodríguez Iglesias |