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Document 52023BP1893

Resolución (EU) 2023/1893 del Parlamento europeo de 10 de mayo de 2023 que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Laboral Europea (ALE) para el ejercicio 2021

DO L 242 de 29.9.2023, p. 327–332 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2023/1893/oj

29.9.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 242/327


RESOLUCIÓN (EU) 2023/1893 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 10 de mayo de 2023

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Laboral Europea (ALE) para el ejercicio 2021

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Laboral Europea para el ejercicio 2021,

Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,

Vista la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0117/2023),

A.

Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y gastos (1), el presupuesto definitivo de la Autoridad Laboral Europea (en lo sucesivo, «Autoridad») para el ejercicio 2021 ascendió a 24 219 500 EUR; que el presupuesto de la Autoridad procede del presupuesto de la Unión; que 1 838 391 EUR se ejecutaron bajo la responsabilidad de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión de la Comisión y 22 381 110 EUR fueron gestionados directamente por la Autoridad tras alcanzar su autonomía financiera;

B.

Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su Informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad correspondientes al ejercicio 2021 (en lo sucesivo, «Informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

Gestión presupuestaria y financiera

1.

Toma nota de que la Autoridad inició su actividad el 17 de octubre de 2019 y es financieramente autónoma desde el 26 de mayo de 2021, y de que, tras la finalización del acuerdo de sede con la República Eslovaca, empezó a desarrollar sus actividades en sus locales en Bratislava en septiembre de 2021; celebra el inicio de su actividad y señala que este es su primer procedimiento de aprobación de la gestión;

2.

Observa que los esfuerzos de seguimiento del presupuesto durante el ejercicio 2021 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria de los créditos de compromiso del ejercicio en curso del 95,80 % y que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago del ejercicio en curso fue del 30,38 %;

3.

Señala que la Autoridad está trabajando en su fase de puesta en marcha; es consciente de que se necesita un mayor desarrollo e integración de los procesos internos en los próximos años hasta estar completamente operativa en 2024;

4.

Recuerda la importancia de reforzar los sistemas de gestión y control para garantizar el correcto funcionamiento de la Autoridad; insiste firmemente en la necesidad de disponer de sistemas de gestión y control eficaces para evitar posibles casos de conflicto de intereses, la ausencia de controles ex ante o ex post, una gestión inadecuada de los compromisos presupuestarios y jurídicos, y la falta de notificación de problemas en el registro de excepciones;

Rendimiento

5.

Toma nota de que el proyecto dedicado al desarrollo de un sistema estructurado de gestión del rendimiento que respalde el desarrollo de indicadores de rendimiento clave coherentes, en principio previsto para 2021, se retrasó y está actualmente en ejecución; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre cualquier avance a ese respecto;

6.

Subraya los logros de la Autoridad en lo que respecta a la primera iniciativa sectorial específica sobre los derechos de los trabajadores móviles y de sus empleadores en el ámbito del trabajo estacional, su plan de acción y su correspondiente campaña, que fue ejecutada en colaboración con los Estados miembros, los interlocutores sociales y otras partes interesadas, y reunió todas las funciones operativas de la Autoridad;

7.

Observa con satisfacción que la Autoridad respaldó en 2021 las diez primeras inspecciones concertadas y conjuntas con la participación de once Estados miembros; también destaca que la Plataforma europea para reforzar la cooperación en materia de lucha contra el trabajo no declarado se integró fácilmente en la Autoridad en 2021, y que, en consonancia con su Reglamento (UE) 2019/1149 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), la Autoridad asumió algunas responsabilidades específicas del portal de la Red Europea de Servicios de Empleo (EURES) de la Comisión, en particular la gobernanza de EURES y sus actividades de comunicación y formación, así como la propiedad del portal EURES;

8.

Observa con satisfacción que la Autoridad finalizó el marco necesario para emprender su función de mediación a principios de 2022 y que, en diciembre de 2021, el Consejo de Administración de la Autoridad adoptó las normas del procedimiento de mediación y publicó una convocatoria con miras a proceder a los nombramientos en las distintas funciones de mediación;

9.

Observa con satisfacción que la Autoridad reforzó su cooperación con los otros organismos y organizaciones de la Unión; acoge satisfactoriamente los primeros acuerdos celebrados en 2021 con la red SOLVIT y la Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social; observa, además, que la Autoridad inició las negociaciones de otros acuerdos de cooperación, en particular con la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound) y la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA); toma nota de que, en septiembre de 2021, la Autoridad apoyó junto con la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) los esfuerzos de los Estados miembros para luchar contra la explotación laboral en el ámbito del trabajo estacional; insta a la Autoridad a que siga explorando las posibilidades de ampliar sus acuerdos de trabajo y la puesta en común de recursos de tareas que se solapan con otros órganos de la Unión;

10.

Observa que se llevaron a cabo todas las actividades previstas para el programa de trabajo de 2021, salvo los intercambios de personal y los proyectos de asistencia mutua en el marco de la Plataforma europea para reforzar la cooperación en materia de lucha contra el trabajo no declarado; reconoce que la falta de solicitudes para estas actividades, que dependen de la demanda, puede atribuirse a la pandemia de COVID-19; señala que el Consejo de Administración considera que los resultados obtenidos por la Autoridad durante su segundo año de actividad están sentando las bases para la consolidación de una Autoridad completamente operativa y digitalizada antes de 2024;

Política de personal

11.

Expresa su preocupación por el hecho de que, a 31 de diciembre de 2021, se había provisto el 84,21 % de los puestos de la plantilla de personal, a saber, 32 agentes temporales nombrados del total de 38 agentes temporales autorizados en virtud del presupuesto de la Unión; observa que, además, 11 agentes contractuales y 41 expertos nacionales en comisión de servicios (entre ellos 27 funcionarios de enlace nacionales) trabajaron para la Autoridad en 2021; observa que el personal de la Autoridad aumentó considerablemente tras los grandes esfuerzos de contratación realizados en 2021, en consonancia con una de las prioridades fundamentales de la Autoridad;

12.

Llama la atención, no obstante, sobre el hecho de que la Autoridad cuenta con la mayor proporción de puestos de expertos nacionales en comisión de servicios (60 de 144 personas en la plantilla de personal de 2023), en comparación con todas las agencias descentralizadas de la Unión; pide la conversión de 15 puestos de expertos nacionales en comisión de servicios en puestos de agentes temporales, lo que permitirá a la Autoridad hacer uso de una dotación de personal adecuada para seguir llevando a cabo su misión;

13.

Constata la falta de equilibrio de género entre los altos cargos de la Autoridad, con 4 de los 6 puestos ocupados por hombres (el 67 %); constata la ausencia de equilibrio de género en el Consejo de Administración de la Autoridad, con un 61 % de hombres (20 de 33); constata también la falta de equilibrio de género en el conjunto del personal de la Autoridad, con un 53 % de mujeres (23 de 43); constata la representación de género entre los expertos nacionales en comisión de servicios (incluidos los funcionarios de enlace nacionales), puesto que cuentan con un 49 % de mujeres y un 51 % de hombres; observa asimismo que, a finales de 2021, la Autoridad tenía 14 nacionalidades entre sus puestos de plantilla de personal (personal estatutario) y que tiene previsto aumentar las nacionalidades representadas a 18 en 2022; insta a la Autoridad a que considere con la máxima prioridad el equilibrio geográfico en sus procedimientos de contratación y a que informe a la autoridad de la aprobación de la gestión de cualquier novedad en este sentido; recuerda la importancia de garantizar el equilibrio de género del personal y pide a la Autoridad que tenga en cuenta este aspecto en lo que respecta a los futuros nombramientos en su alta dirección; pide asimismo a los Estados miembros que lo tengan en cuenta a la hora de designar a los miembros del Consejo de Administración o los expertos nacionales en comisión de servicios;

14.

Toma nota de que la Autoridad aprobó su primera estructura organizativa en 2021, configuró la organización y continuó adoptando y desarrollando normas y procedimientos internos, y de que ha redactado, junto con su personal, su declaración de objetivos y valores, que refleja la diversidad cultural de los empleados; toma nota también de que la Autoridad está trabajando para estar completamente operativa en 2024;

15.

Toma nota de que la Autoridad adoptó la política en materia de protección de la dignidad de la persona y prevención del acoso psicológico y sexual en marzo de 2022, tras lo cual empezó a organizar talleres de lucha contra el acoso para todo el personal, incluidos contratistas externos, así como sesiones específicas para el personal directivo; toma nota asimismo de que la Autoridad publicó una convocatoria de manifestaciones de interés para consejeros confidenciales en junio de 2022; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre cualquier avance a ese respecto;

16.

Recuerda la importancia de desarrollar una política de recursos humanos a largo plazo en materia de equilibrio entre la vida profesional y la vida privada, orientación permanente y la oferta de posibilidades de formación específicas para el desarrollo profesional, equilibrio de género en todos los niveles del personal, teletrabajo, el derecho a la desconexión, la mejora del equilibrio geográfico para tener una representación adecuada de todos los Estados miembros, y la contratación e integración de personas con discapacidad, así como la garantía de que gocen de igualdad de trato y de que sus oportunidades se promueven de forma generalizada;

Contratación pública

17.

Toma nota de que en 2021 la Autoridad sacó el mayor partido posible a los contratos marco interinstitucionales vigentes para sus actividades administrativas y de explotación, al tiempo que convocó licitaciones (negociadas y abiertas) cuando fueron necesarias; observa, además, que la Autoridad celebró un total de 106 procedimientos de contratación y firmó seis acuerdos de nivel de servicio;

18.

Toma nota de que en 2021 la Autoridad incorporó los módulos ABAC Assets de contratación pública electrónica, la licitación electrónica, la presentación electrónica de ofertas y la herramienta de gestión de contratación pública; toma nota de que la Autoridad empezó a utilizar esta última herramienta en 2022;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

19.

Toma nota de que la Autoridad está desarrollando una política exhaustiva sobre conflictos de intereses y de que las normas internas de los órganos de la Autoridad (el Consejo de Administración, el Grupo de partes interesadas, los grupos de trabajo de la Autoridad) contienen disposiciones relativas a los conflictos de intereses; toma nota, además, de que existen declaraciones públicas de conflictos de intereses de los miembros del Consejo de Administración;

20.

Toma nota de que la Autoridad ha hecho público el currículum de su director ejecutivo y de que está trabajando en la publicación de otros currículos relevantes en 2023; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre cualquier avance a ese respecto;

21.

Toma nota de que en 2021 la Autoridad se reunió con partes interesadas externas, como representantes sindicales, representantes de patronales y empresas, y autoridades e instituciones nacionales; observa con preocupación que la Autoridad no lleva un registro centralizado de las reuniones pertinentes con las partes interesadas externas y que no tiene prevista la creación de dicho registro hasta 2023; pide a la Autoridad que cree dicho registro tan pronto como sea posible y que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre cualquier avance a ese respecto;

22.

Observa con satisfacción que la Autoridad adoptó el 25 de mayo de 2021, por analogía, las directrices de la Comisión en materia de denuncia de irregularidades;

23.

Insiste en la necesidad de establecer reglas sistemáticas en materia de transparencia, incompatibilidades, conflictos de intereses, grupos de presión ilegales y puertas giratorias; pide a la Autoridad que refuerce sus mecanismos de control interno, incluida la creación de un mecanismo interno contra la corrupción;

Control interno

24.

Observa con preocupación que si bien, según el Informe del Tribunal, el Consejo de Administración de la Autoridad aprobó la carta de misión del Servicio de Auditoría Interna de la Comisión Europea (en 2021) y el marco de control interno de la Autoridad (en 2020); que la Autoridad todavía no había adoptado una estrategia adecuada de gestión y control de riesgos ni la carta del ordenador, la carta de los ordenadores subdelegados o la carta del contable, y que estas lagunas dificultan la aplicación del marco de control interno de la Autoridad; deduce de la respuesta de la Autoridad que esta finalizó el proceso de evaluación del riesgo y cuenta con diversas políticas y procedimientos para aplicar el marco de control interno, y que trabaja permanentemente para seguir reforzando este marco y tiene prevista la adopción de las cartas pertinentes; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de cualquier novedad en su sistema de control interno y de gestión del riesgo;

25.

Deduce del Informe del Tribunal que la Autoridad registró en ABAC Assets y en el inventario activos por un valor total de 73 118 EUR, que consistían principalmente en mobiliario de oficina, y que la Autoridad asignó una identificación de inventario y una ubicación futura a cada artículo; observa, sin embargo, que, debido a la pandemia de COVID-19, en el momento de la auditoría, los activos no estaban etiquetados y aún no se habían colocado en los lugares asignados; observa, además, que la ausencia de inventarios completos y actualizados que especifiquen la ubicación de los activos materiales de la Autoridad es contraria al artículo 87 del Reglamento Financiero y afecta negativamente a la capacidad de la Autoridad para garantizar la conservación de sus activos; deduce de la respuesta de la Autoridad que, debido a las medidas restrictivas frente a la pandemia de la COVID-19, tras la entrega, los activos materiales se han colocado recientemente en las áreas designadas de acuerdo con el plano de ubicación y el número de empleados, y que el proceso de etiquetado y la terminación material de los inventarios ha finalizado;

26.

Deduce del Informe del Tribunal que, el 11 de diciembre de 2020, la Autoridad firmó un contrato específico relativo a actividades de formación de EURES para el primer trimestre de 2021 por valor de 299 437 EUR; que, el 9 de noviembre de 2021, se firmó un nuevo contrato marco por valor de 12 000 000 EUR y una duración máxima de cuarenta y ocho meses para la prestación de servicios de formación de EURES y que en 2021 no se efectuó ningún pago relacionado con este contrato marco; deduce, además, del Informe del Tribunal que la Autoridad no estableció controles ex ante y ex post relativos a los aspectos operativos y financieros de las actividades de formación sobre la base de pruebas directas de las actividades de formación realizadas, sino que se basó en informes emitidos por los formadores, y que esta falta de procedimientos formalizados basados en pruebas directas puede plantear riesgos para la aplicación de las directivas de gestión y para la consecución de los objetivos de la Autoridad;

27.

Toma nota de que la Autoridad reconoció la necesidad de establecer la estructura adecuada a nivel interno para introducir procedimientos formalizados basados en pruebas directas para responder a las observaciones del Tribunal; observa que la Autoridad está utilizando controles directos para las actividades de formación y que, a partir de 2023, establecerá un mecanismo de control directo, en virtud del cual el personal de la Autoridad participará en el 10 % de las actividades de formación de EURES, que abarcarán todos los tipos y formatos de actividades de formación, y observará la aplicación de las actividades de formación, y que las formaciones evaluadas serán objeto de una encuesta de satisfacción entre los participantes;

28.

Toma nota de que la Autoridad adoptó y aplicó su estrategia contra el fraude para el período 2021-2023 y de que la aplicación de dicha estrategia es objeto de seguimiento por medio de un plan de acción específico;

Digitalización y transición ecológica

29.

Toma nota de que la Autoridad ha creado soluciones TIC basadas en el entorno Microsoft 365 y sistemas de la Comisión compartidos por las distintas instituciones a los cuales se puede acceder a través de una solución VPN segura, que fueron revisados por consultores independientes y por el CERT-EU; toma nota, además, de que la Autoridad ha ideado una solución de seguimiento y seguridad TIC que permite al CERT-EU realizar un seguimiento sobre la base de un acuerdo de nivel de servicio;

30.

Toma nota de que la política de ciberseguridad de la Autoridad se elaborará en 2023 con aportaciones del enfoque de estrategia TIC y agencias relativo al nuevo Reglamento relativo a la ciberseguridad; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre cualquier avance a ese respecto;

31.

Recuerda la importancia de aumentar la digitalización de la Autoridad en lo que respecta a las operaciones y gestiones internas, pero también al objeto de acelerar la digitalización de los procedimientos; subraya la necesidad de que la Autoridad siga siendo proactiva a este respecto, a fin de evitar una brecha digital entre las agencias; llama la atención, no obstante, sobre la necesidad de adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar cualquier riesgo para la seguridad en línea de la información tratada;

32.

Anima a la Autoridad a que colabore estrechamente con ENISA (la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad); propone ofrecer programas de formación sobre ciberseguridad actualizados periódicamente a todo el personal de la Autoridad; pide a la Autoridad que acelere el desarrollo de su política en materia de ciberseguridad, al objeto de formularla antes del 31 de diciembre de 2023, y que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre este asunto;

33.

Observa con satisfacción que la sede de la Autoridad en la República Eslovaca (el edificio Landererova 12 o L12) ha recibido el certificado Leadership in Energy and Environmental Design en la categoría oro;

Continuidad de la actividad durante la crisis de COVID-19

34.

Observa con preocupación que, según el Informe del Tribunal, la Autoridad aún no ha adoptado un plan de continuidad de las actividades y que la falta de un plan de continuidad de las actividades establecido y completo constituye una insuficiencia interna importante; deduce de la respuesta de la Autoridad que, debido a la situación generada por la pandemia de COVID-19, se implantó, sobre una base diaria, una solución de continuidad de la actividad basada en teletrabajo y que la Autoridad reconoce la importancia de un documento detallado que describa el plan de continuidad de las actividades, cuya conclusión está prevista para 2023; pide a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre cualquier avance a ese respecto;

35.

Celebra el informe titulado «Impact of teleworking during the COVID-19 pandemic on the applicable social security» (Impacto del teletrabajo durante la pandemia de COVID-19 en la seguridad social aplicable) y la evaluación interna «Impact of the COVID-19 pandemic on Authority’s fields of operations» (Impacto de la pandemia de COVID-19 en los ámbitos de actividad de la Autoridad);

Otras observaciones

36.

Observa que, en el curso de 2021, la Autoridad continuó mejorando sus actividades de comunicación gracias al incremento en el número de seguidores en las redes sociales, la creación de nuevas cuentas en otras plataformas de redes sociales y el aumento de contenidos interactivos y de mayor interés, como vídeos, y que continuó desarrollando su página web, su identidad visual, su logo y otras funcionalidades que contribuirán a mejorar la visibilidad y el reconocimiento de la Autoridad; pide a la Autoridad que redoble sus esfuerzos y comunique la información pertinente sobre el rendimiento a los ciudadanos de la Unión y al público en general en un lenguaje claro y accesible; insta a la Autoridad a que garantice una mayor transparencia y rendición de cuentas pública mediante una mejor utilización de los medios de comunicación y los canales de las redes sociales;

37.

Celebra la colaboración de la Autoridad con Eurofound, EU-OSHA y el Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) en el ámbito de la gobernanza, así como los intercambios de los proyectos de programa de trabajo con Eurofound, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) y EIGE a fin de garantizar la generación de sinergias en los respectivos programas de trabajo;

38.

Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución, de 10 de mayo de 2023 (3), sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

(1)   DO C 114 de 31.3.2021, p. 232.

(2)  Reglamento (UE) 2019/1149 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se crea la Autoridad Laboral Europea, se modifican los Reglamentos (CE) n.o 883/2004, (UE) n.o 492/2011 y (UE) 2016/589 y se deroga la Decisión (UE) 2016/344 (DO L 186 de 11.7.2019, p. 21).

(3)  Textos Aprobados, P9_TA(2023)0190.


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