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Document 52023BP1842

    Resolución (UE) 2023/1842 del Parlamento Europeo de 10 de mayo de 2023 que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2021

    DO L 242 de 29.9.2023, p. 178–189 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2023/1842/oj

    29.9.2023   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 242/178


    RESOLUCIÓN (UE) 2023/1842 DEL PARLAMENTO EUROPEO

    de 10 de mayo de 2023

    que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2021

    EL PARLAMENTO EUROPEO,

    Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2021,

    Vistos el artículo 99, el artículo 100, tercer guion, y el anexo V de su Reglamento interno,

    Vista la opinión de la Comisión de Desarrollo,

    Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0114/2023),

    A.

    Considerando que la cooperación para el desarrollo de la Unión, contemplada en los artículos 208 a 210 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), se lleva a cabo en un contexto mundial, definido por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas («Agenda 2030») y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS);

    B.

    Considerando que la Unión mantiene relaciones de cooperación con un gran número de países en desarrollo, con el objetivo principal de promover el desarrollo económico, social y medioambiental, y con el propósito fundamental de reducir y erradicar la pobreza a largo plazo al facilitar ayuda al desarrollo y asistencia técnica a los países beneficiarios;

    C.

    Considerando que el objetivo de la cooperación para el desarrollo de la Unión es defender y promover los valores e intereses de la Unión en todo el mundo para perseguir los objetivos y principios de su acción exterior, establecidos en el artículo 3, apartado 5, el artículo 8 y el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea;

    D.

    Considerando que, desde 1959 hasta 2020, los Fondos Europeos de Desarrollo (FED) han facilitado asistencia a la cooperación para el desarrollo de los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) y de los países y territorios de ultramar (PTU); que el marco que rige la relación de la Unión con los países ACP y los PTU fue un acuerdo de asociación firmado en Cotonú («Acuerdo de Cotonú») el 23 de junio de 2000 por un período de 20 años, ampliado posteriormente al 30 de junio de 2022;

    E.

    Considerando que el undécimo FED ha entrado en su fase final, ya que su cláusula de extinción entró en vigor el 31 de diciembre de 2020 y que, a partir de 2021, los programas del FED se han incluido en el marco financiero plurianual (MFP) de la Unión; que, no obstante, los contratos específicos para los convenios de financiación existentes seguirán firmándose hasta el 31 de diciembre de 2023;

    F.

    Considerando que, para el MFP 2021-2027, la ayuda de cooperación para el desarrollo a países ACP se ha incorporado al Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional-Europa Global («IVCDCI–Europa Global»), y la ayuda de cooperación para el desarrollo a los PTU se ha incorporado a la Decisión de Asociación ultramar, incluida Groenlandia (1);

    G.

    Considerando que los octavo, noveno, décimo y undécimo FED no se integraron en el presupuesto general de la Unión, y siguen aplicándose y siendo objeto de informes por separado hasta su cierre;

    H.

    Considerando que la gestión de los FED recae casi en su totalidad en la Dirección General de Asociaciones Internacionales (DG INTPA) (2) de la Comisión, y una pequeña proporción (0,25 %) del gasto del FED de 2021 fue gestionada por la Dirección General de Protección Civil y Operaciones de Ayuda Humanitaria Europeas;

    I.

    Considerando que la cooperación para el desarrollo está evolucionando desde una concentración más tradicional en los sectores sociales hacia un mayor énfasis en los intereses mutuos, incluyendo la inversión, el comercio y el desarrollo de sectores económicos de alto valor añadido, el desarrollo sostenible, la educación y la igualdad de género;

    J.

    Considerando que son necesarios cambios estructurales en el sector agrícola de los países socios en desarrollo, en particular mediante la capacitación de los pequeños agricultores locales prestándoles apoyo en el uso de nuevas tecnologías agrícolas, la aplicación de métodos modernos de gestión del agua y la facilitación de su acceso al mercado;

    K.

    Considerando que, con arreglo al enfoque del «Equipo Europa» (3) la Unión colabora con los Estados miembros sobre el terreno, con los beneficiarios locales y con los demás donantes, con el fin de ejercer un impacto tangible y procurar un cambio que suponga una transformación en los países asociados; recuerda que el apoyo presupuestario debe corresponderse con las necesidades de los países socios, así como con las políticas fundamentales de la Unión; recuerda que también es necesario medir el rendimiento de los programas y su impacto en los países socios y en las poblaciones civiles;

    L.

    Considerando que la cooperación para el desarrollo es una competencia compartida entre los Estados miembros y la Unión, y que el artículo 208 del TFUE establece específicamente que «[las] políticas de cooperación para el desarrollo de la Unión y de los Estados miembros se complementarán y reforzarán mutuamente»;

    M.

    Considerando que la Unión y los Estados miembros pueden emprender acciones conjuntas y deben informarse mutuamente sobre las acciones emprendidas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo;

    N.

    Considerando que la sostenibilidad es fundamental para alcanzar los objetivos y los resultados fijados y, en particular, los efectos a largo plazo de la ayuda al desarrollo;

    O.

    Considerando que, tradicionalmente, la ejecución de los FED y el desarrollo en general tienen lugar en entornos de riesgo, complejos y de rápida evolución, unas características que se vieron exacerbadas en 2021 por la pandemia de la COVID-19 y la inestable situación política experimentada por algunos de los países socios de la Unión, lo que dificultó la ejecución de los FED y las respectivas actividades de auditoría;

    P.

    Considerando que la brecha cada vez mayor entre los fondos necesarios y los disponibles para responder a la intensificación de las crisis climática, alimentaria, humanitaria, de la deuda y de otro tipo está generando desigualdades crecientes entre los países industrializados y los países menos desarrollados y aumentan los niveles de pobreza por primera vez en decenios;

    Q.

    Considerando que, a pesar de lo señalado en el apartado anterior, el fomento de la transparencia, la rendición de cuentas, la debida diligencia en materia de derechos humanos y la lucha contra la corrupción y el fraude son factores esenciales para el éxito de las operaciones de apoyo presupuestario de la Unión;

    R.

    Considerando que la ayuda humanitaria y al desarrollo es una expresión de una solidaridad mundial de facto, consagrada en los Tratados y como uno de los valores fundamentales de la Unión,

    Ejecución presupuestaria

    1.

    Recuerda los dos acontecimientos que marcaron 2021, a saber, que fue el primer año posterior a la cláusula de extinción del undécimo FED (31 de diciembre de 2020), lo que significa que en 2021 no hubo más compromisos globales de proyectos en el marco del undécimo FED, y además, que en 2021 la ejecución financiera de los contratos del décimo y del undécimo FED (compromisos individuales: 2 118 millones EUR) y los pagos (3 393 millones EUR) se vieron afectados por la prolongada crisis de la COVID-19 (4);

    2.

    Observa que el FED representa el 46,1 % de la cartera de la DG INTPA en lo que se refiere a pagos en 2021, que alcanzaron los 3 435 millones EUR (es decir, el 91,27 % del objetivo anual); señala que los pagos del Banco Europeo de Inversiones (BEI) ascendieron a 613 millones EUR; constata que, dado que la cláusula de extinción del undécimo FED expiró el 31 de diciembre de 2020, no hubo nuevos compromisos en 2021, con la excepción de los compromisos de los fondos procedentes de reflujos en el marco del Instrumento de Ayuda a la Inversión ACP derivados de operaciones realizadas en el marco de los noveno, décimo y undécimo FED; observa que los pagos del BEI relacionados con el Instrumento de Ayuda a la Inversión ACP ascendieron a 179 millones EUR;

    3.

    Lamenta que, debido a la prolongada situación provocada por la COVID-19, el 50 % de las delegaciones del África subsahariana no alcanzaran el objetivo mínimo de pagos previsto para ellas (90 %); subraya que los casos más destacados fueron los de Madagascar, que cerró sus fronteras casi por completo, lo que complicó en gran medida que la ejecución siguiera según lo inicialmente previsto; los de Chad y Gambia, debido a la suspensión o retrasos de la ejecución; y los de Etiopía, Guinea y Mali, donde las crisis políticas afectaron gravemente a las operaciones, lo que repercutió significativamente en los pagos de apoyo presupuestario previstos; observa, además, que en el Pacífico y el Caribe, las restricciones asociadas a la COVID-19 también afectaron a la ejecución, y que en Fiyi y Haití, los efectos colaterales negativos, derivados del deterioro de la situación económica, social y política, ejercieron un impacto devastador en los proyectos de infraestructuras;

    4.

    Acoge con satisfacción los esfuerzos periódicos de la DG INTPA por reducir la antigua prefinanciación y los antiguos compromisos no utilizados con un objetivo del 35 %; observa que la DG INTPA superó su objetivo reduciendo en un 46 % la antigua prefinanciación de los FED (50 % en otros ámbitos de ayuda) y en un 39 % los antiguos compromisos no utilizados de los FED y en todo su ámbito de responsabilidad;

    5.

    Observa que la DG INTPA alcanzó su objetivo de no tener más del 15 % de contratos vencidos antiguos para los FED; constata que ha obtenido una puntuación del 13 % para los FED y del 10 % para todo su ámbito de responsabilidad; toma nota de que, en lo que atañe a los FED, se ha registrado una mejora constante desde 2017;

    Impacto de las actividades en los estados financieros

    6.

    Constata que la prefinanciación experimentó una reducción de 101 millones EUR debida principalmente a la disminución del número de adelantos desembolsados como resultado del menor número de contratos firmados (3 670 millones EUR en 2020, en comparación con 2 118 millones EUR en 2021); observa, además, que este descenso obedeció fundamentalmente a los retos afrontados debido a la pandemia de COVID-19 en curso y a las crisis geopolíticas y que, en consecuencia, el efectivo y los equivalentes al efectivo aumentaron en 266 millones EUR como resultado de esta reducción significativa de la prefinanciación y otros pagos;

    7.

    Constata que el número considerablemente menor de contratos abiertos a finales de 2021, debido tanto a la reducción del FED como a las repercusiones negativas de las crisis geopolíticas y de la pandemia de COVID-19 en curso para la firma de nuevos contratos, dio lugar a una disminución sustancial de los gastos devengados de 519 millones EUR;

    8.

    Observa asimismo una disminución general en los gastos de los instrumentos de ayuda de 1 743 millones EUR debido a un efecto combinado: por una parte, las difíciles condiciones relacionadas con la pandemia de COVID-19 y la situación geopolítica inestable en varios países dificultaron la ejecución de las actividades del FED en 2021 y, por otra, el descenso de las actividades en el marco del décimo FED y de anteriores FED está en consonancia con la reducción de la escala de tales FED, lo que se traduce en un menor número de contratos abiertos en el marco de estos FED;

    9.

    Observa que la ejecución eficaz y la financiación adecuada garantizan la legitimidad y la eficacia de la cooperación para el desarrollo de la Unión; opina que cuanto mayor sea la duración de los contratos en el marco de la política de desarrollo, más sostenibles serán los proyectos;

    10.

    Observa que la asignación de 600 000 000 EUR a cargo de los FED para otras acciones en los países ACP que los Estados miembros han liberado se utilizará ahora para medidas destinadas a aliviar la crisis alimentaria mundial; opina que estos fondos deben ser utilizados para proporcionar un mayor apoyo a la agricultura local a pequeña escala, así como a las prácticas agroecológicas y a la pesca sostenible que posibilitan la autonomía alimentaria de las comunidades locales, haciéndolas menos dependientes de las fluctuaciones de los mercados mundiales de la alimentación y la agricultura; pide a los Estados miembros que, en adelante, se abstengan sistemáticamente de recibir el reembolso de los fondos del FED liberados, dado que se requieren fondos para cubrir necesidades urgentes en los países ACP y teniendo en cuenta la financiación de la Unión y sus Estados miembros para compromisos de desarrollo, así como las obligaciones establecidas en el Tratado sobre la coherencia de las políticas en favor del desarrollo;

    11.

    Hace hincapié, además, en que abordar las causas profundas de la crisis alimentaria requiere cambios estructurales en el sector agrícola de los países socios en desarrollo, en particular mediante la capacitación de los pequeños agricultores locales con el uso de nuevas tecnologías agrícolas, la aplicación de métodos modernos de gestión del agua y la facilitación de su acceso al mercado;

    Fiabilidad de las cuentas

    12.

    Observa que el presupuesto del octavo FED (1995-2000) fue de 12 800 millones EUR, el del noveno FED (2000-2007) de 13 800 millones EUR, y el del décimo FED (2008-2013) de 22 700 millones EUR, y que el undécimo FED cuenta con 30 500 millones EUR, de los cuales 29 100 millones EUR se han asignado a los países ACP y 400 millones EUR a los PTU, con 1 100 millones EUR para gastos administrativos;

    13.

    Constata que, en 2019, la Comisión cerró las operaciones pendientes restantes de los proyectos del octavo FED, y que todos los saldos y liberaciones se han transferido al noveno FED; observa, además, que, en 2021, la Comisión anunció el cierre financiero y operativo del octavo FED y que se han completado todas las actividades conexas, se han realizado todos los controles y comprobaciones, y se han cerrado todos los contratos y decisiones financieras en las cuentas del FED;

    14.

    Se congratula de que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su Informe Anual sobre las actividades financiadas por los octavo, noveno, décimo y undécimo FED relativo al ejercicio 2021, concluyese que las cuentas correspondientes al ejercicio financiero finalizado el 31 de diciembre de 2021 presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de los FED, los resultados de sus operaciones, sus flujos de tesorería y los cambios en sus activos netos al final del ejercicio de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1877 del Consejo (5) (Reglamento Financiero de los FED) y con las normas de contabilidad para la función pública;

    15.

    Reconoce que, con la inclusión de los programas del FED en el MFP de la Unión, la auditoría del Tribunal sobre el FED dejará de ejecutarse gradualmente a medida que disminuyan los pagos del FED, y aumenten los pagos a cargo del presupuesto de la Unión; observa que, posteriormente, el Tribunal desplazará de manera progresiva los recursos a la auditoría del presupuesto de la Unión; señala, no obstante, que el enfoque actual (informe aparte sobre el FED) se mantiene para el ejercicio de la declaración de fiabilidad de 2022;

    Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

    16.

    Acoge con satisfacción la opinión del Tribunal de que los ingresos subyacentes a las cuentas del ejercicio concluido el 31 de diciembre de 2021 son legales y regulares en todos sus aspectos significativos;

    17.

    Reitera su preocupación por las múltiples razones posibles para la sucesión de dictámenes adversos del Tribunal sobre la legalidad y la regularidad del gasto debido a que el gasto aceptado en las cuentas del ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2021 está significativamente afectado por error;

    18.

    Observa que, para auditar la regularidad de las operaciones, el Tribunal examinó una muestra de 140 de ellas, que representaban toda la gama de gastos del FED; constata además que se trataba de 26 operaciones correspondientes al Fondo Fiduciario de Emergencia para África, 92 operaciones autorizadas por 17 delegaciones de la UE (6) y 22 pagos aprobados por la sede central de la Comisión (7);

    19.

    Observa con preocupación que, de las 140 operaciones examinadas, 54 (38,8 %) contenían errores, frente a 36 (25,7 %) en 2020 para el mismo número de operaciones; incide, además, en que el Tribunal cuantificó 43 errores (31 en 2020), sobre cuya base estimó que el nivel de error para el ejercicio 2021 fue del 4,6 % (3,8 % en 2020);

    20.

    Observa con preocupación que la tipología de errores identificados en el ejercicio 2021 sigue el patrón de 2020, a saber, el error estimado relacionado con gastos no subvencionables (38,6 % en 2021, 38,2 % en 2020), graves incumplimientos de las normas de contratación pública (14,6 % en 2021, 2,2 % en 2020), ausencia de documentos justificativos esenciales (23,3 % en 2021, 38,3 % en 2020) y gastos no efectuados (18,1 % en 2021, 14,9 % en 2020);

    21.

    Observa con preocupación que el nivel estimado de error supera sistemáticamente el umbral de materialidad (2 %), con un 4,6 % de gastos afectados para el octavo, noveno, décimo y undécimo FED en el ejercicio 2021 (frente al 3,8 % en 2020, el 3,5 % en 2019, el 5,2 % en 2018, el 4,5 % en 2017, el 3,3 % en 2016, el 3,8 % en 2014 y 2015, el 3,4 % en 2013 y el 3 % en 2012); observa que, en comparación con el ejercicio 2020, el aumento del nivel estimado de error es del 0,8 % (0,3 % en 2020); reitera que es fundamental abordar eficazmente las causas de tal incremento;

    22.

    Reconoce que, en 2020, debido a la pandemia de la COVID-19, el Tribunal no pudo realizar visitas sobre el terreno a las delegaciones de la Unión (8), lo que le impidió llevar a cabo determinados procedimientos de auditoría, en particular la verificación de la ejecución de los contratos para las operaciones seleccionadas, por lo que el trabajo de auditoría del Tribunal se limitó principalmente a los controles documentales de las operaciones y los proyectos mediante conexión a distancia con las entidades auditadas; observa, no obstante, que, de acuerdo con las respuestas de la Comisión a las preguntas escritas y el debate de la audiencia celebrado en la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento, no hay pruebas de que la falta de visitas sobre el terreno haya dado lugar a un mayor uso indebido de los fondos; señala, además, que la Comisión cree que el enfoque del «Equipo Europa» contribuyó a una coordinación mucho más estrecha respecto de los países beneficiarios entre la Unión y sus Estados miembros, reforzando así tanto la eficacia como la rendición de cuentas;

    Transparencia y eficacia de los sistemas de seguimiento y de garantía

    23.

    Toma nota de la conclusión de la DG INTPA respecto a la rentabilidad de los controles de los que es responsable (eficacia, eficiencia y economía de su sistema de control) (9); subraya, no obstante, que el Tribunal, al igual que en años anteriores, considera que la frecuencia de los errores identificados, incluidos algunos contenidos en las reclamaciones finales que habían sido objeto de auditorías externas ex ante y verificaciones de gastos, apunta a la existencia de deficiencias en tales controles; pide a la Comisión que, habida cuenta del elevado porcentaje de error de cada año, revise su estrategia de auditoría ex ante y ex post, y siga generalizando la digitalización para lograr unos controles más sistemáticos, dando prioridad a los países socios en los que se han detectado más errores;

    24.

    Observa con preocupación que, al igual que en 2020, la Comisión y sus socios ejecutantes cometieron más errores en las operaciones relativas a las subvenciones y los acuerdos de contribución y delegación con los países beneficiarios, organizaciones internacionales y agencias de los Estados miembros que con otras formas de apoyo (como las relativas a los contratos de obras, suministros y servicios); observa, además, que de las 92 operaciones de esa índole examinadas por el Tribunal, 39 contenían errores cuantificables, lo que supuso que se alcanzara el 81 % del nivel de error estimado;

    25.

    Es consciente, como señala la Comisión en sus respuestas (10) al informe anual del Tribunal, de que la Comisión actúa en terceros países en contextos políticos y técnicos complejos, colaborando con numerosos socios, como países socios, organizaciones internacionales o agencias de los Estados miembros; señala, además, que, aunque los planes de acción se ejecutan periódicamente para mantener los índices de error en los niveles más bajos posibles, la Comisión considera improbable un escenario de ausencia de errores en este contexto;

    26.

    Pide, una vez más, a la Comisión, haciéndose eco de las observaciones del Tribunal, que reconsidere el enfoque de coste/eficacia utilizado en los controles ex post, ya que podría no resultar eficaz y dar lugar exactamente a las deficiencias que tanto el Tribunal como el Parlamento han venido señalando;

    27.

    Constata con preocupación que, según el informe del Tribunal, en 15 casos de errores cuantificables y ocho casos de errores no cuantificables, la Comisión disponía de información suficiente para evitar el error, o detectarlo y corregirlo, antes de aceptar el gasto; observa, además, que, de acuerdo con la evaluación del Tribunal, si la Comisión hubiera utilizado adecuadamente toda la información a su disposición, el nivel de error estimado habría sido de 2,4 puntos porcentuales menos, frente a los 1,19 puntos porcentuales de 2020;

    28.

    Observa que, con arreglo al informe del Tribunal, 25 operaciones que contenían errores cuantificables y contribuían en 1,9 puntos porcentuales al nivel de error estimado fueron objeto de una auditoría o una verificación de gastos; advierte, además, de que el sistema de control de la DG INTPA se basa en controles ex ante, y la información facilitada en los informes de auditoría o verificación que describe el trabajo real efectuado no permitió al Tribunal evaluar si los errores habrían podido detectarse y corregirse durante estos controles ex ante, ya que los informes no abarcan el 100 % del gasto notificado, ni ofrecen datos suficientes para confirmar si las partidas en las que el Tribunal detectó errores habían formado parte de los controles ex ante;

    29.

    Acoge favorablemente la revisión efectuada por la Comisión en septiembre de 2021 y mayo de 2022 del pliego de condiciones de las verificaciones de gastos; toma nota de que la Comisión prevé profundizar aún más en los análisis y abordar otros aspectos como el muestreo, así como integrar las lecciones extraídas y las respuestas de una encuesta realizada en febrero de 2022 a los usuarios del contrato marco de auditoría;

    30.

    Subraya que el Tribunal identificó dos ámbitos de gasto en los que las operaciones son menos proclives a error debido a las condiciones de pago específicas: a) el apoyo presupuestario, y b) los proyectos de múltiples donantes ejecutados por organizaciones internacionales y sujetos al «enfoque nocional» (11); observa que, en 2021, el Tribunal auditó cuatro operaciones de apoyo presupuestario y ocho proyectos de «enfoque nocional» gestionados por organizaciones internacionales;

    31.

    Considera inaceptable que, como en años anteriores, algunas organizaciones internacionales limitaran el acceso a los documentos (por ejemplo, en formato de solo lectura), impidiendo que el Tribunal pudiera obtener copias de ellos, obstaculizando así la planificación y ejecución de la auditoría y dando lugar a retrasos, e impidiendo además que el Tribunal cumpla su prerrogativa fundamental garantizada por el TFUE, como se ha mencionado anteriormente en las observaciones relacionadas en los informes anuales del Tribunal de 2018 y de 2020; reconoce los esfuerzos de la Comisión por abordar el problema mediante la colaboración activa con las organizaciones internacionales interesadas cuyas operaciones contribuyeron al porcentaje de error, tanto a través de la identificación de soluciones prácticas como del diálogo de alto nivel; acoge favorablemente algunos resultados positivos de estos esfuerzos: la cooperación con el Banco Mundial ha mejorado en el marco de la auditoría de 2021 del Tribunal en comparación con la de 2020; insiste, no obstante, en que es necesario seguir actuando y pide a la Comisión que prosiga sus esfuerzos y refuerce la cooperación con las organizaciones internacionales a fin de garantizar que el Tribunal disponga de un acceso completo, sin restricciones y oportuno a toda la información necesaria, lo que le permitirá comprobar la legalidad y regularidad del gasto presupuestario de la Unión;

    32.

    Toma nota de que el décimo estudio del porcentaje de error residual (PER) de la DG INTPA, realizado por un contratista externo en su nombre en 2021, estimó que el PER global se situaba por debajo del umbral de materialidad del 2 % fijado por la Comisión por sexto año consecutivo: un 1,14 % (0,95 % en 2020);

    33.

    Subraya que, de acuerdo con la evaluación del Tribunal, el estudio sobre el PER no constituye un encargo de fiabilidad ni una auditoría, y se basa en la metodología del PER y en el manual facilitado por la DG INTPA; incide, además, en que, en los informes anuales de 2017-2020 sobre los FED, el Tribunal ha descrito las limitaciones en los estudios que pueden haber contribuido a la subestimación sistemática del RER;

    34.

    Toma nota de la opinión del Tribunal, que considera el grado de confianza depositado en el trabajo de otros auditores un aspecto crítico del estudio sobre el PER, y explica que son posibles tres escenarios: a) no confiar en la labor de otros auditores con pruebas de confirmación completas; b) confiar parcialmente en la labor de otros auditores con pruebas de confirmación reducidas; c) confiar plenamente en la labor de otros auditores, sin pruebas adicionales; constata que la confianza plena se elevó del 15 % de las operaciones en 2020 al 34 % en 2021; comparte, por tanto, la opinión del Tribunal de que un grado tan elevado de dependencia de la labor de otros auditores es contrario al propósito del estudio sobre el PER, que consiste en estimar la tasa de errores que han eludido todos los controles de gestión aplicados por la DG INTPA para prevenir, detectar y corregir dichos errores;

    35.

    Observa que, a partir de 2018, la DG INTPA redujo significativamente el alcance de las reservas (esto es, el porcentaje de gasto cubierto por ellas) en los informes anuales de actividad (IAA) y que, del mismo modo, el IAA de 2021 no contiene ninguna reserva;

    36.

    Comparte la opinión del Tribunal de que la falta de reservas en el IAA de 2021 no está justificada y que se debe en parte a las limitaciones del estudio sobre el PER, dado que las conclusiones del Tribunal sobre este estudio también se refieren a las estimaciones de importes en riesgo basadas en el mismo; toma nota de que la DG INTPA estima que el importe total en riesgo en el momento del pago asciende a 79,65 millones EUR (el 1,41 % de los gastos de 2021), y el importe total en riesgo en el momento del cierre asciende a 66,03 millones EUR; constata, además, que la DG INTPA estima que 13,62 millones EUR (el 24 %) del importe en riesgo en el momento del pago se corregirán en los controles de los años posteriores (este importe se conoce como «capacidad correctora») (12);

    37.

    Observa que, con arreglo a las recomendaciones del Tribunal en sus informes anuales correspondientes a los ejercicios financieros 2019 y 2020, la DG INTPA examinó la mejor manera de incorporar tales recomendaciones, introduciendo cambios en el manual y la metodología del PER y teniendo plenamente en cuenta los costes y beneficios previstos; señala que la DG INTPA actualizó el manual y la metodología del estudio sobre el PER en enero de 2022;

    38.

    Observa que la DG INTPA trabaja con el fin de mejorar la calidad de sus datos para calcular la capacidad correctiva y que, en 2021, continuó sus actividades de formación y sensibilización sobre las recuperaciones y la calidad de los datos contables; constata que, como en años anteriores, la DG INTPA llevó a cabo controles específicos de las órdenes de ingreso para corregir las discrepancias detectadas; señala que el Tribunal revisó el cálculo de la capacidad correctora para 2021 y que, después de examinar el 35 % (en valor) de la población total de recuperaciones, el Tribunal no detectó errores en la muestra;

    39.

    Acoge favorablemente la creación de un «cuadro de indicadores financieros», compuesto por seis indicadores (13), en un esfuerzo por procurar que la elaboración de informes financieros sea más coherente en todas las direcciones generales de la Comisión; observa que, en 2021, se añadieron cuatro indicadores más (14); constata que seis de estos diez indicadores eran aplicables a los FED y a los fondos fiduciarios en 2021; señala que, por lo que respecta a la «utilización de compromisos globales», la DG INTPA obtuvo un resultado del 99 % para el presupuesto de la Unión y del 97 % para el FED en 2021, frente al 95 % y el 94 % obtenidos respectivamente en 2020, y en lo que atañe a los «pagos puntuales», la DG INTPA obtuvo un 97 % para el presupuesto de la Unión y del 95 % para el FED en 2021, frente al 98 % y el 97 % obtenidos respectivamente en 2020;

    Prevención, detección y corrección del fraude

    40.

    Observa que, desde 2014, la DG INTPA ha desarrollado y aplicado su propia estrategia de lucha contra el fraude, sobre la base de la metodología facilitada por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), y que, desde su entrada en vigor, se han efectuado tres actualizaciones, la última de las cuales se adoptó en 2021; constata que la ejecución de la estrategia está siendo objeto de seguimiento, y que la dirección recibe informes semestrales sobre las investigaciones en curso de la OLAF y el seguimiento de las recomendaciones de esta Oficina; señala, además, que el nuevo plan de acción de la DG INTPA adoptado en 2021 contiene 16 acciones internas, de las que el 80 % se ejecutó dentro del plazo límite indicado o de acuerdo con la recurrencia prevista y el 20 % restante de las acciones está en curso o con un plazo de ejecución fijado en 2022, con una finalización prevista para ese mismo año (15);

    41.

    Observa que la DG INTPA también contribuyó a la estrategia de lucha contra el fraude de la Comisión y ejecutó puntualmente la acción 33 del plan de acción de lucha contra el fraude de la Comisión (SWD(2021)0262) (16); lamenta que la DG INTPA llevó a cabo solo un seguimiento del 33 % de las recomendaciones financieras de la OLAF y que, en general, el 20 % de ellas (emitidas en 2017-2021) se han ejecutado plenamente, el 20 % se han ejecutado parcialmente y el 60 % se encuentra en un proceso de ejecución en curso o sujetas aún a análisis; insiste en la importancia de un mejor porcentaje de ejecución de las recomendaciones de la OLAF, incluso si las dificultades recurrentes para cumplir las recomendaciones de la OLAF se deben a especificidades y limitaciones jurídicas, como, entre otras, unas actuaciones judiciales prolongadas, la extinción del límite de prescripción o la quiebra;

    42.

    Observa que, a finales de 2021, la DG INTPA tenía conocimiento de 23 investigaciones en curso (17 en 2020 y 19 en 2019), y que la OLAF cerró tres investigaciones con recomendaciones financieras, administrativas o judiciales y dos investigaciones sin recomendaciones;

    43.

    Acoge favorablemente la nueva formación en línea sobre prevención del fraude en las relaciones exteriores de la Unión, la puesta en marcha de una campaña de información dedicada a los socios externos de la DG INTPA, la continuación de la centralización y la distribución de información por parte del corresponsal de la DG de lucha contra el fraude, en estrecha colaboración con la red de lucha contra el fraude de la DG INTPA y la OLAF, las actualizaciones de páginas web y manuales, y la nota anual y la campaña de información dirigida a todo el personal sobre las herramientas de prevención y sanción del fraude;

    44.

    Pide a la Comisión que siga mejorando los controles para reducir las transacciones y que aplique plenamente las recomendaciones del Tribunal;

    45.

    Destaca que la legitimidad y la eficacia de la cooperación para el desarrollo de la Unión dependen de la correcta ejecución de las actividades y de su financiación adecuada; pide a la Comisión que siga mejorando los controles para reducir el número de errores de las transacciones y que aplique plenamente las recomendaciones del Tribunal;

    Impacto potencial de la salida del Reino Unido de la Unión Europea en las cuentas de los FED de 2021

    46.

    Constata que, a raíz de la celebración del acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (en lo sucesivo, «Acuerdo de Retirada») entre las dos partes, el Reino Unido se comprometió a seguir siendo parte del FED hasta el cierre del undécimo FED y de todos los FED anteriores no cerrados; señala, además, que el Reino Unido asumirá las mismas obligaciones que los Estados miembros en virtud del acuerdo interno por el que se estableció el undécimo FED, así como las obligaciones derivadas de los FED anteriores hasta su cierre;

    47.

    Observa que el Acuerdo de Retirada también establece que, cuando los importes de proyectos en el marco del décimo FED o de FED anteriores no se hayan comprometido o se hayan liberado en la fecha de entrada en vigor de dicho Acuerdo, la parte correspondiente al Reino Unido de dichos importes no se reutilizará y que lo mismo se aplica a la parte del Reino Unido de los fondos no comprometidos o liberados en el marco del undécimo FED después del 31 de diciembre de 2021;

    48.

    Acoge favorablemente la conclusión del Tribunal de que no existe ningún impacto financiero del que informar sobre las cuentas del FED de 2021 y de que las cuentas del FED a 31 de diciembre de 2021 reflejan correctamente el estado del proceso de retirada en esa fecha;

    Apoyo presupuestario de la Unión

    49.

    Observa, a partir de las respuestas consolidadas al cuestionario de la Comisión, que los pagos de apoyo presupuestario en el marco del FED ascendieron a 340 millones EUR en 2021: 25 países ACP y 10 PTU se beneficiaron del apoyo presupuestario en el marco del FED en 2021;

    50.

    Observa que, en los dos últimos años, el apoyo presupuestario de la Unión ha ayudado a países con pagos globales de 4 200 millones EUR —3 000 millones EUR en 2020 y 1 200 millones EUR en 2021— para respaldar las reformas en diferentes sectores y evitar nuevos retrocesos económicos y sociales, y señala, además, que los esfuerzos realizados para adelantar los recursos en 2020 no pudieron compensarse plenamente en 2021, ya que el nuevo instrumento IVCDCI–Europa Global entró en vigor durante el ejercicio y el Instrumento de Ayuda Preadhesión no lo hizo hasta finales de 2021; señala que, además, los bloqueos políticos y las crisis internas dificultaron la ejecución de programas en curso en varios países;

    51.

    Constata que el África subsahariana sigue siendo el mayor receptor de apoyo presupuestario de la Unión (35 %), seguido de la vecindad europea (31 %), Asia (16 %), América Latina (6 %), los Balcanes Occidentales (4 %), el Caribe (3 %), los PTU (3 %) y la región del Pacífico (2 %); observa, además, que, por tipo de contrato, los contratos de ejecución de reformas del sector superan a los contratos de creación de estado y resiliencia y a los contratos relativos a los ODS, con un 79 % del valor de la cartera, frente al 19 % y el 2 %, respectivamente;

    52.

    Subraya que el apoyo presupuestario de la Unión constituye un medio para prestar una asistencia eficaz, también en situaciones de crisis, y contribuye a reforzar los sistemas y procesos presupuestarios nacionales para ejecutar políticas públicas y obtener resultados sostenibles; recuerda la importancia de mantener el Mecanismo de Acceso Mundial a las Vacunas contra la COVID-19 para maximizar las posibilidades de que las personas de los países participantes accedan a vacunas contra la COVID-19 o a otras vacunas, en caso de una nueva situación de crisis, de la manera más rápida, justa y segura posible; incide, además, en que ha sido fundamental durante la pandemia de la COVID-19, al ofrecer un margen de maniobra presupuestario adicional para abordar el impacto negativo de la pandemia; reconoce que estos esfuerzos deben continuar en un futuro próximo en vista de los devastadores efectos mundiales de la guerra rusa de agresión contra Ucrania;

    53.

    Llama la atención respecto al hecho de que la erradicación de la pobreza, la promoción de los valores democráticos y el deterioro medioambiental siguen siendo algunos de los mayores retos de hoy en día; recuerda que un mundo con 1 200 millones de personas en 111 países en desarrollo (17) que viven en una pobreza multidimensional aguda es injusto e insostenible desde el punto de vista ecológico; pide una financiación adecuada para detener la trayectoria actual que se aleja de los ODS de las Naciones Unidas;

    54.

    Subraya que la erradicación de la pobreza no es una tarea de caridad, sino un acto de justicia y la clave para aprovechar un enorme potencial humano; incide, además, en que, sin intervenciones externas, el ciclo de la pobreza tiende a perpetuarse en múltiples frentes, a medida que las familias con activos limitados o nulos quedan atrapadas en la pobreza y se enfrentan a una escasez crónica de alimentos, una salud deficiente, las crisis derivadas de cambios inducidos por el clima y diversos estigmas sociales; subraya que las familias que viven en zonas remotas siguen desconectadas de numerosos servicios básicos, como la provisión de agua limpia y el saneamiento, la asistencia sanitaria y los sistemas de mercado, lo que mantiene, si no empeora, su estatus socioeconómico;

    55.

    Llama la atención respecto al hecho de que las personas, y los jóvenes en particular, deben poder vivir, estudiar y trabajar en su país y región; subraya que, sin medidas eficaces y efectivas contra la pobreza, así como un apoyo racionalizado a la microfinanciación y al desarrollo de emprendedores a pequeña escala, los movimientos migratorios por motivos económicos seguirán creciendo, y con ellos la fuga de cerebros, lo que planteará múltiples desafíos tanto para los países de destino como para los de origen;

    56.

    Cree firmemente que un enfoque multidimensional y holístico respecto a la pobreza extrema constituye el mejor planteamiento, y reitera que la educación (y la formación) representa tanto un derecho humano como la herramienta más poderosa para combatir la pobreza, la exclusión social y las desigualdades;

    57.

    Subraya que se estima que 64 millones de niños en los países en desarrollo no asisten a la escuela primaria; incide en que, en particular, las niñas se han visto especialmente afectadas, ya que sus derechos a una educación de calidad siguieron viéndose aún más comprometidos debido al cierre de escuelas, la falta de acceso al aprendizaje a distancia, también por medios digitales, y la reducción de los presupuestos nacionales para educación a consecuencia de la presión sobre las economías nacionales; subraya, además, que una razón importante de esta situación es la violencia en las zonas de conflicto en curso en el mundo, y que la otra gran barrera —a menudo estrechamente interrelacionada con los conflictos— es la pobreza; recuerda la importancia de hacer de la igualdad de oportunidades el eje central del desarrollo; subraya que el empoderamiento de las mujeres y el acceso a una educación adecuada en los países en desarrollo, especialmente por lo que respecta a las niñas y las mujeres, son pasos importantes en la lucha contra la pobreza y la inseguridad alimentaria; hace hincapié, además, en que se debe fomentar la accesibilidad de las jóvenes a los proyectos, la formación empresarial y los fondos europeos en los países socios, ya que las mujeres desempeñan una función importante en el desarrollo de la economía local y regional en varios países en desarrollo;

    58.

    Observa que la Unión apoya la educación en unos 100 países a través de asociaciones como la Iniciativa Acelerada de Educación para Todos (18) y la iniciativa «La educación no puede esperar» (19), y sigue promoviendo la igualdad de género en asociación con Gobiernos y partes interesadas no gubernamentales;

    59.

    Elogia la prioridad de la Comisión de ir más allá del objetivo establecido del 10 % y alcanzar el 13 % para la educación en la cartera total de la DG INTPA;

    60.

    Observa que, en 2021, la Unión desembolsó 85 millones EUR del FED para apoyar la educación en los países asociados, contribuyendo a la matriculación de más de 32 millones de alumnos de educación primaria y casi 3 millones de alumnos de secundaria durante el período 2018-2020; señala que, de los 85 millones EUR, 6 millones EUR se utilizaron para apoyar proyectos de movilidad y desarrollo de capacidades de Erasmus para los países ACP, y 31 millones EUR se desembolsaron para educación y formación profesional, de los que 5 millones EUR se abonaron como parte de los programas de apoyo presupuestario, 1,2 millones EUR para obras y suministros, 0,8 millones EUR para servicios y los 24 millones EUR restantes en forma de subvenciones;

    61.

    Observa que la Comisión comprometió 700 millones EUR para la Iniciativa Acelerada de Educación para Todos el año pasado, con el fin de ayudar a proporcionar profesores formados a 140 millones de niños y para que 88 millones más de niños asistan a la escuela y a actividades de aprendizaje;

    62.

    Reitera que los programas de emprendimiento desempeñan un papel esencial en la lucha contra la pobreza y en el desarrollo del crecimiento económico; destaca el hecho de que impartir formación empresarial puede ayudar a los emprendedores a pequeña escala a establecer empresas y mejorar las prácticas empresariales, habilitando a familias pobres para trazar su camino hacia la consecución de medios de vida sostenibles y de la resiliencia socioeconómica; señala, no obstante, que, con el fin de mejorar la eficacia de dichos programas, la formación debe complementarse con servicios de apoyo y seguimiento a medida; recuerda que se debe fomentar la accesibilidad de las jóvenes a los proyectos, la formación empresarial y a los fondos europeos en los países socios;

    63.

    Acoge con satisfacción la entrada en vigor, en 2021, de un nuevo marco de gestión de riesgos nacional (MGR+); toma nota de que esta nueva herramienta se basa en el anterior marco de gestión de riesgos, establecido en 2013; señala, además, que el MGR+ se adapta al contexto cambiante de las asociaciones internacionales, a la evolución del panorama geopolítico y al nuevo IVCDCI–Europa Global, y que se aplica a los países con los que la Unión mantiene acuerdos de cooperación bilateral, incluido un número significativo de ellos en los que no se presta apoyo presupuestario;

    64.

    Observa que las delegaciones de la Unión y los servicios centrales de la Comisión utilizan las conclusiones del MGR+ y llevan a cabo un seguimiento de la ejecución de las medidas de atenuación de riesgos y los avances logrados con las prioridades del diálogo sobre políticas, en sinergia con otras herramientas analíticas y de elaboración de informes existentes;

    65.

    Considera que el FED, al igual que otros programas de la Unión, adolece de falta de visibilidad, comprensión y publicidad, y que las poblaciones locales que se benefician de la financiación de la Unión no son conscientes del apoyo y la solidaridad de la Unión; asimismo, estima que es necesaria una mejor explicación del FED, que sea comprensible para la población;

    66.

    Acoge favorablemente, en este sentido, la introducción por parte de la Comisión de unas normas institucionales mínimas para la comunicación y la visibilidad de la Unión coherentes y vinculantes para todos los programas de financiación y modos de gestión de la Unión en el período de financiación 2021-2027 (20); considera, sin embargo, que cada país beneficiario debe ser parcialmente responsable de la programación de acciones de comunicación (bajo la supervisión de los servicios de la Unión), con vistas a sensibilizar a su población respecto a los proyectos y actividades financiados por la Unión; pide a la Comisión que sopese esta posibilidad;

    67.

    Cree que cada país beneficiario debe presentar un plan a largo plazo, indicando sus proyectos y objetivos, junto al calendario del MFP; considera que esta arquitectura podría aumentar la transparencia y la previsibilidad de la ayuda europea al desarrollo, propiciando el establecimiento de objetivos a largo plazo definidos por la Comisión, en particular, en ámbitos que requieren una planificación anticipada, como los de la energía, la salud, el suministro de agua y la transición digital y ecológica; señala que dicho plan debería ser presentado por el gobierno beneficiario, que se basaría en la participación de las partes interesadas locales, cuya contribución debería fomentarse; cree que el plan también promovería la participación de los países de destino en la formulación de la política de desarrollo de la Unión, mediante la participación de sus instituciones y partes interesadas;

    68.

    Pide a la Comisión que evalúe si podría crearse una plataforma en línea en la que se publicarían todos los proyectos del FED y de IVCDCI–Europa Global, con el fin de promover la transparencia y el acceso a los datos;

    69.

    Observa con satisfacción que, en el ámbito de la acción exterior, la DG INTPA, junto con otras direcciones generales y servicios interesados, ha adoptado un nuevo enfoque de la comunicación a escala nacional, regional y mundial; constata que este nuevo enfoque se aleja de una comunicación fragmentada y específica de cada proyecto, y se centra en un esfuerzo más estratégico; acoge favorablemente la publicación de las directrices actualizadas sobre comunicar y dar más visibilidad de la UE en las acciones exteriores (21), en las que se esboza lo que se espera de los socios que ejecutan las acciones exteriores de la Unión;

    70.

    Lamenta que, tras la expiración del Acuerdo de Asociación de Cotonú entre la Unión y los países ACP en febrero de 2020 y la rúbrica de un nuevo acuerdo de asociación en abril de 2021, el Consejo aún no haya autorizado la firma del nuevo acuerdo de asociación, obligando a prorrogar anualmente el antiguo acuerdo y colocando a todas las comunidades ACP y de la Unión en una zona gris jurídica en relación con la continuación del diálogo político y las políticas de desarrollo; insta al Consejo a que supere el veto de un único Estado miembro y a que autorice la firma del nuevo acuerdo de asociación;

    71.

    Considera que los resultados de la ayuda al desarrollo de la Unión podrían reforzarse con una coordinación sólida y específica entre las acciones de financiación de los FED y el instrumento IVCDCI–Europa Global, en particular a través de proyectos transfronterizos, con vistas a generar sinergias y aumentar el valor añadido de la financiación de los FED y del instrumento IVCDCI–Europa Global;

    72.

    Destaca el valor añadido de la «mezcla» de instrumentos, en una combinación de subvenciones públicas con préstamos privados; pide a la Comisión que otorgue prioridad e incentive el uso de tales instrumentos; solicita asimismo a la Comisión que procure la participación del sector privado, concretamente a través de las pequeñas y medianas empresas y los empresarios locales;

    73.

    Toma nota de las observaciones de la Comisión sobre las evaluaciones que lleva a cabo, entre otras cosas, sobre el FED; reitera, no obstante, su petición de que se lleve a cabo una evaluación exhaustiva de los proyectos financiados por el FED, a fin de que el Parlamento pueda evaluar con precisión el impacto de los fondos del FED y verificar que se respeta el objetivo último de la ayuda al desarrollo, a saber, reducir y, en última instancia, erradicar la pobreza;

    74.

    Llama la atención sobre el contexto de constante empeoramiento en el que se llevan a cabo las políticas de desarrollo y de ayuda humanitaria de la Unión, caracterizado, en particular, por la pandemia de COVID-19, el agravamiento incesante de los efectos del cambio climático, la pérdida de biodiversidad, la inseguridad alimentaria cada vez mayor y las crecientes repercusiones de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania; toma nota de la brecha cada vez mayor entre los fondos necesarios y los disponibles para responder a la intensificación de las crisis climática, alimentaria, humanitaria, de la deuda y de otro tipo que generan desigualdades crecientes y aumentan los niveles de pobreza por primera vez en decenios; pide una financiación adecuada para detener la trayectoria actual que se aleja de los ODS de las Naciones Unidas, en lugar de acercarse; destaca que, a pesar de los numerosos retos a los que se enfrenta la Unión en relación con la pandemia de COVID-19 y la agresión de Rusia contra Ucrania y sus consecuencias geopolíticas y económicas, es necesario aumentar el gasto en ayuda al desarrollo;

    75.

    Lamenta que no se haya producido el paso «de miles de millones a billones» en la financiación para el desarrollo reconocida como necesaria cuando se adoptaron los ODS en 2015; toma nota de la urgencia de movilizar muchos más recursos privados del mundo, mediante la promoción de la inversión y una fiscalidad más eficaz, al tiempo que se garantice que sus acciones se adecúen a los objetivos de la Agenda 2030 y a la coherencia de las políticas en favor del desarrollo, pero también de aumentar la financiación pública para el desarrollo, conforme a los compromisos internacionales, en unos niveles que la Unión sigue lejos de alcanzar;

    Seguimiento de la aprobación de la gestión 2020

    76.

    Observa que la Comisión facilitó un resumen de las acciones emprendidas en respuesta a las principales prioridades políticas expresadas por el Parlamento y el Consejo en el procedimiento de aprobación de la gestión 2020 mediante el informe de la Comisión al Parlamento Europeo y el Consejo sobre el seguimiento de la aprobación de la gestión del ejercicio financiero 2020 (22), parte de los informes financieros y de rendición de cuentas integrados;

    77.

    Observa que, en respuesta a la solicitud del Parlamento, la Comisión ha facilitado al Parlamento información actualizada sobre la ejecución del octavo y el noveno FED;

    78.

    Acoge con satisfacción la aplicación de la recomendación del Parlamento sobre el apoyo a la administración de los PTU, para garantizar una distribución justa de los fondos; no obstante, destaca la necesidad de una mayor coherencia de la acción de la Unión en la región ACP, velando por que se dé prioridad a los objetivos de desarrollo y por que las políticas dirigidas a los PTU estén vinculadas al desarrollo de sus respectivas regiones geográficas y se adapten a las prioridades de la Unión;

    79.

    Constata, además, que las observaciones del Parlamento se han tenido en cuenta al evaluar el Plan de acción 2021 de la DG INTPA sobre el abordaje de las deficiencias y los riesgos elevados detectados en materia de control.

    (1)  Decisión (UE) 2021/1764 del Consejo, de 5 de octubre de 2021, relativa a la Asociación de los países y territorios de ultramar con la Unión Europea, incluidas las relaciones entre la Unión Europea, por una parte, y Groenlandia y el Reino de Dinamarca, por otra (Decisión de Asociación ultramar, incluida Groenlandia) (DO L 355 de 7.10.2021, p. 6).

    (2)  La DG Cooperación Internacional y Desarrollo de la Comisión pasó a ser la DG Asociaciones Internacionales en enero de 2021.

    (3)  Herramienta para ayudar a las delegaciones de la UE a colaborar mejor con los Estados miembros y las partes interesadas nacionales, mediante la programación y la ejecución conjuntas, https://europa.eu/capacity4dev/wbt-team-europe

    (4)  Cuentas anuales del Fondo Europeo de Desarrollo 2021, https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52022DC0321

    (5)  Reglamento (UE) 2018/1877 del Consejo, de 26 de noviembre de 2018, por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al undécimo Fondo Europeo de Desarrollo y se deroga el Reglamento (UE) 2015/323 (DO L 307 de 3.12.2018, p. 1).

    (6)  Botsuana, Burkina Faso, Yibuti, Timor Oriental, Etiopía, Ghana, Guinea-Bissau, Haití, Jamaica, Liberia, Malaui, Mali, Níger, Nigeria, Tanzania, Uganda y Zambia.

    (7)  Los 140 pagos se efectuaron a través de la DG INTPA.

    (8)  Botsuana, Burkina Faso, Etiopía, Ghana, Guinea-Bissau, Haití, Liberia, Malaui, Níger, Nigeria, Tanzania, Uganda y Zambia.

    (9)  Informe anual de actividades 2021 de la DG INTPA (p. 51).

    (10)  https://www.eca.europa.eu/Lists/ECADocuments/annualreports-2021/annualreports-2021_ES.pdf (p. 383).

    (11)  Con arreglo al «enfoque nocional», cuando las contribuciones de la Comisión a los proyectos de donantes múltiples se agrupan con las de otros donantes y no se destinan específicamente a la financiación de partidas de gastos claramente identificables, la Comisión asume que los gastos cumplen las normas de subvencionabilidad de la Unión, siempre que el importe conjunto incluya suficientes gastos admisibles para cubrir la contribución de la Unión, https://www.eca.europa.eu/Lists/ECADocuments/annualreports-2021/annualreports-2021_ES.pdf

    (12)  IAA de 2021 de la DG INTPA, p. 34.

    (13)  Estos indicadores son: 1) ejecución de créditos de compromiso, 2) ejecución de créditos de compromiso según las previsiones, 3) ejecución de créditos de pago, 4) ejecución de los créditos de pago según las previsiones, 5) utilización de compromisos globales, y 6) pagos puntuales.

    (14)  Los cuatro indicadores adicionales son: 7) liberaciones oportunas, 8) plazo de registro de facturas, 9) calidad de los datos contables, 10) calidad de los datos de gestión.

    (15)  IAA de 2021 de la DG INTPA (p. 43).

    (16)  Cuando proceda, incluir medidas específicas de lucha contra el fraude entre las «condicionalidades» del apoyo presupuestario. En cuanto al apoyo presupuestario y la ayuda macrofinanciera, en su caso, mejorar las estrategias de control y reforzar los mecanismos de verificación, https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/HTML/?uri=CELEX:52021SC0262

    (17)  Índice de Pobreza Multidimensional global (IPM global) 2022.

    (18)  https://www.globalpartnership.org/

    (19)  https://www.educationcannotwait.org/

    (20)  https://commission.europa.eu/funding-tenders/managing-your-project/communicating-and-raising-eu-visibility_es

    (21)  https://international-partnerships.ec.europa.eu/knowledge-hub/communicating-and-raising-eu-visibility-guidance-external-actions_es

    (22)  COM(2022), 331 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52022DC0331


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