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Document 52023AP0118

    P9_TA(2023)0118 Información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos (refundición) Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de abril de 2023, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos (refundición) (COM(2021)0422 — C9-0341/2021 — 2021/0241(COD)) P9_TC1-COD(2021)0241 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 20 de abril de 2023 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2023/… del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2015/849 (versión refundida)

    DO C, C/2023/466, 1.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/466/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/466/oj

    European flag

    Diario Oficial
    de la Unión Europea

    ES

    Serie C


    C/2023/466

    1.12.2023

    P9_TA(2023)0118

    Información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos (refundición)

    Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de abril de 2023, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos (refundición) (COM(2021)0422 — C9-0341/2021 — 2021/0241(COD))

    (Procedimiento legislativo ordinario — refundición)

    (C/2023/466)

    El Parlamento Europeo,

    Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2021)0422),

    Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C9-0341/2021),

    Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el dictamen del Banco Central Europeo de 30 de noviembre de 2021  (1),

    Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 8 de diciembre de 2021  (2),

    Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 28 de noviembre de 2001, para un recurso más estructurado a la técnica de la refundición de los actos jurídicos (3),

    Vistas la carta dirigida el 2 de marzo de 2022 por la Comisión de Asuntos Jurídicos a la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, de conformidad con el artículo 110, apartado 3, de su Reglamento interno,

    Vistos el acuerdo provisional aprobado por las comisiones competentes con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno, y el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 5 de octubre de 2022, de aprobar la Posición del Parlamento, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

    Vistos los artículos 110 y 59 de su Reglamento interno,

    Vistas las deliberaciones conjuntas de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, de conformidad con el artículo 58 de su Reglamento interno,

    Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A9-0081/2022),

    A.

    Considerando que, según el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, la propuesta de la Comisión no contiene ninguna modificación de fondo aparte de las señaladas como tales en ella, y que, en lo que se refiere a la codificación de las disposiciones inalteradas de los actos anteriores junto con dichas modificaciones, la propuesta se limita a una codificación pura y simple de los textos existentes, sin ninguna modificación sustancial de estos;

    1.

    Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación, teniendo en cuenta las recomendaciones del grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión;

    2.

    Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;

    3.

    Encarga a su presidenta que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

    (1)   DO C 68 de 9.2.2022, p. 2.

    (2)   DO C 152 de 6.4.2022, p. 89.

    (3)   DO C 77 de 28.3.2002, p. 1.


    P9_TC1-COD(2021)0241

    Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 20 de abril de 2023 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2023/… del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2015/849 (versión refundida)

    (Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, el Reglamento (UE) 2023/1113.)


    ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/466/oj

    ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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