COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 9.11.2022
COM(2022) 581 final
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES
Revisión del plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres
{SWD(2022) 354 final} - {SWD(2022) 355 final}
Revisión del Plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres
Contexto
Diciembre de 2022 será crucial para la preservación de la diversidad biológica mundial. Los signatarios del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) se reunirán en Montreal para la conclusión de la 15.ª Conferencia de las Partes en el CBD. En la reunión, los signatarios intentarán dar forma a los esfuerzos mundiales por determinar medidas que ayuden a detener e invertir la destrucción continua de la diversidad biológica y comprometerse a llevarlas a cabo. Un mes antes, las partes en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES, por sus siglas en inglés) se reunirán en Panamá para revisar las medidas destinadas a garantizar que el comercio internacional de animales y plantas silvestres no ponga en peligro la supervivencia de las especies.
La lucha contra el tráfico de especies silvestres es una parte esencial de los esfuerzos para detener la pérdida de diversidad biológica. Como destacó la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES, por sus siglas en inglés), el uso sostenible de las especies silvestres es esencial para satisfacer las necesidades de las generaciones actuales y futuras. El uso sostenible de las especies silvestres puede ayudar a detener la aparición de nuevas pandemias, proporcionar medios de subsistencia permanentes a los poblaciones locales e indígenas y contribuir a restaurar y mantener la diversidad biológica. Por el contrario, el comercio ilegal o regulado de manera ineficaz de especies silvestres constituye una amenaza para este uso sostenible.
Se espera que el marco mundial de la diversidad biológica posterior a 2020, que se adoptará en la 15.ª Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica en diciembre, establezca objetivos y metas concretos para garantizar que la recolección, el uso y el comercio de especies silvestres, terrestres, de agua dulce y marinas sean legales y sostenibles. Este plan de acción actualizado tiene por objeto contribuir a la plena aplicación de este compromiso por parte de la Unión Europea y sus Estados miembros.
El comercio ilegal de especies silvestres sigue siendo un problema grave y generalizado. Según el Informe mundial sobre los delitos contra la vida silvestre 2020 de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, no hay ningún país en el mundo que no se vea afectado por el tráfico de especies silvestres, estando implicadas muy diversas especies como la anguila, el pangolín o el palo de rosa. A escala mundial, el número de incautaciones de especies silvestres objeto de tráfico realizadas por las autoridades ha disminuido desde el inicio de la pandemia de COVID-19, pero no hay pruebas de que el tráfico en sí se esté frenando.
El comercio ilegal de especies es un factor impulsor de la pérdida de diversidad biológica a escala mundial. La explotación ilegal de especies puede debilitar en gran medida las poblaciones silvestres y, en algunos casos, llevarlas a la extinción. Las especies que no son un objetivo directo del tráfico también pueden verse afectadas, por ejemplo, debido a las capturas accesorias o la desaparición de sus hábitats. La retirada ilegal de especies clave de los ecosistemas también puede tener efectos en cascada, afectando a los servicios ecosistémicos, destruyendo importantes sumideros de carbono y perturbando la salud y el equilibrio de la tierra y el agua. Además, la liberación de especies exóticas objeto de tráfico en la naturaleza en los países de destino puede perturbar los hábitats locales, con efectos potencialmente devastadores en las especies autóctonas.
El tráfico de especies silvestres también tiene repercusiones socioeconómicas muy destructivas. El comercio ilegal generalizado de animales silvestres puede aumentar el riesgo de transmisión de zoonosis (es decir, enfermedades procedentes de animales que se transmiten e infectan a los seres humanos), con resultados potencialmente devastadores para la salud pública. La destrucción de los ecosistemas que puede derivarse de la caza furtiva y el tráfico ilícito suele privar a las comunidades locales de formas de ingresos legales y sostenibles. Estas formas de ingresos legales y sostenibles incluyen el turismo basado en la naturaleza, la caza de trofeos bien gestionada y el comercio sostenible de especies silvestres. Un comercio bien gestionado de especies silvestres puede beneficiar activamente a la conservación de las especies, creando incentivos para que las comunidades locales protejan los recursos silvestres de su entorno y al mismo tiempo se ganen la vida de manera suficiente y sostenible. Sin embargo, el tráfico de especies silvestres es enormemente lucrativo desde el punto de vista económico. El atractivo del tráfico de especies silvestres, dado el bajo riesgo y la elevada recompensa del delito, supone una grave amenaza para la seguridad pública. Debilita el Estado de Derecho y las instituciones legítimas. El tráfico de especies silvestres se beneficia de la corrupción y contribuye a ella, y al mismo tiempo apoya otras actividades delictivas. Existen pruebas claras de la existencia de vínculos entre el tráfico de especies silvestres, la delincuencia organizada (incluido el tráfico de armas) y el terrorismo.
El papel clave que la UE debe desempeñar
La UE funciona como centro del tráfico mundial de especies silvestres y tiene un papel clave que desempeñar en la lucha contra dicho tráfico. El valor notificado del comercio ilegal de especies silvestres en la UE fue de un mínimo de 4,7 millones EUR en 2019, pero es probable que este valor sea muy superior.
Por lo tanto, la UE está bien situada a escala mundial para liderar la lucha contra el tráfico de especies silvestres. La normativa de la UE sobre el comercio de especies silvestres permite ir más allá de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES) para proteger las especies amenazadas de la explotación insostenible. Por ejemplo, las normas actuales de la UE sobre la caza de trofeos amplían las obligaciones de permiso a especies que no figuran en la lista más estricta de la CITES (e incrementan su control).
La UE puede aprovechar su prolongada experiencia en la lucha contra el tráfico de especies silvestres
El nuevo plan de acción se basa en el plan anterior de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres (2016-2020). La evaluación del Plan de acción de 2016 puso de manifiesto que, desde ese año, el tráfico de especies silvestres ha ido ascendiendo en la agenda como una cuestión prioritaria entre una amplia gama de responsables políticos, fuerzas y cuerpos de seguridad y partes interesadas de la UE y de todo el mundo. La UE y sus Estados miembros ya han ampliado las medidas coercitivas, por ejemplo, mediante la mejora de las investigaciones transfronterizas con la participación activa de Europol, Eurojust y las fuerzas y cuerpos de seguridad. Esto ha dado lugar a más incautaciones y enjuiciamientos, en particular a través de las actividades de la plataforma multidisciplinar europea contra las amenazas delictivas (EMPACT, por sus siglas en inglés). Además, la Comisión Europea ha aumentado su apoyo a las autoridades nacionales pertinentes y a las redes europeas de profesionales de la aplicación de la ley en la lucha contra la delincuencia medioambiental, así como su cooperación con ellas. La Comisión también adoptó una propuesta de nueva directiva de la UE de lucha contra la delincuencia medioambiental.
La UE también ha dirigido acciones contra el tráfico de especies silvestres en foros multilaterales, en particular en el marco de la CITES. Para cumplir el compromiso de la UE de adoptar nuevas medidas contra la caza furtiva de elefantes y el tráfico de marfil a escala mundial, la UE actualizó sus normas para poner fin a la mayoría de las formas de comercio de marfil en la UE.
También se han movilizado las redes diplomáticas de la UE y de los Estados miembros, que participan activamente en diálogos bilaterales y regionales. Por último, pero no por ello menos importante, desde 2016 la UE ha proporcionado una importante financiación para el desarrollo de capacidades y la acción internacional contra el tráfico de especies silvestres, en particular para: i) promover la participación de las comunidades locales en los países de origen del tráfico de especies silvestres; y ii) proporcionar a estas comunidades locales medios de subsistencia alternativos y fuentes de ingresos alternativas.
Retos constantes y nuevas oportunidades
A pesar de estos esfuerzos, el tráfico de especies silvestres, combinado con el cambio climático y la degradación medioambiental, sigue sometiendo a una grave presión a las especies silvestres, así como a los medios de subsistencia y la seguridad de las personas. A lo largo del tiempo se han producido cambios tanto en las rutas comerciales como en las especies comercializadas. Además, el aumento del uso de plataformas en línea para el comercio ilegal de especies silvestres y el uso conexo de servicios de paquetería a pequeña escala han generado nuevos retos para detectar e investigar este tipo de delitos, lo que exige nuevas soluciones y un mayor número de recursos. El aumento de las incautaciones de especies silvestres objeto de tráfico en la UE desde 2016 no se ha traducido en un aumento proporcional de los enjuiciamientos y las condenas. La falta de personal especializado, de recursos y de formación en muchos de los Estados miembros y países no pertenecientes a la UE sigue siendo un problema importante. También hay margen para mejorar la cooperación: i) en los Estados miembros de la UE; ii) entre los Estados miembros de la UE; iii) entre la UE y terceros países; y iv) con las partes interesadas y la sociedad civil.
Vía de actuación
Este plan de acción revisado tiene por objeto orientar la acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres hasta 2027. Sobre la base del plan de acción de 2016, su objetivo es responder a los retos actuales de manera global. Aunque el plan de acción se centra en el tráfico de especies silvestres, establece vínculos necesarios con los Reglamentos de la UE sobre el comercio de especies silvestres y otras políticas conexas.
La lucha contra el tráfico de especies silvestres exige un enfoque global y una serie de medidas en la intersección del comercio de especies silvestres y una política más amplia de conservación de las especies silvestres, todo ello con el objetivo de permitir únicamente el comercio sostenible de especies silvestres.
El plan de acción se estructura en torno a cuatro prioridades principales, que se exponen a continuación.
Prioridad 1:
Prevenir el tráfico de especies silvestres y atacar sus causas profundas
Prioridad 2:
Reforzar el marco jurídico y político contra el tráfico de especies silvestres
Prioridad 3:
Aplicar reglamentos y políticas para luchar eficazmente contra el tráfico de especies silvestres
Prioridad 4:
Reforzar la asociación mundial de países de origen, consumo y tránsito contra el tráfico de especies silvestres
Cada prioridad tiene varios objetivos y para cada uno de ellos se han definido una serie de acciones. Estas acciones no son exhaustivas y pueden complementarse con medidas adicionales. Los objetivos y las acciones conexas se han detallado en el anexo.
A través de estas prioridades, el nuevo plan de acción:
·Se centra en la cooperación y coordinación interinstitucionales para prevenir, detectar, enjuiciar y sancionar eficazmente los delitos contra la vida silvestre. En el marco del plan de acción, se reforzará la cooperación: i) entre las fuerzas y cuerpos de seguridad de los Estados miembros de la UE; y ii) entre la UE, sus Estados miembros y terceros países.
·Anima a los Estados miembros de la Unión y a los terceros países a tratar el tráfico de especies silvestres como un delito grave y a desarrollar capacidades y especialización a lo largo de la cadena de aplicación de la ley con vistas a que las sanciones proporcionadas y disuasorias sean la norma.
·Explora la necesidad, el valor añadido y la viabilidad de nuevas iniciativas legislativas y políticas para garantizar que la actuación de la UE contra el tráfico de especies silvestres siga siendo suficientemente sólida y proporcionada a la amenaza que plantea el tráfico de especies silvestres.
·Aprovecha el impulso de la adopción de la Ley de servicios digitales para reforzar la acción contra el tráfico de especies silvestres en internet. El comercio en línea de especies silvestres ha crecido rápidamente en los últimos años, lo que ha hecho que a los delincuentes les resulte más fácil operar con menor riesgo y en un mercado más amplio. El auge general del comercio electrónico ha dado lugar a un aumento de los volúmenes del tráfico internacional de paquetes en los últimos años. La adopción de la Ley de servicios digitales dotará a las autoridades de la UE y de los Estados miembros de nuevas herramientas para hacer frente a los retos relacionados con el comercio en línea, en particular el comercio de especies silvestres. Se reforzarán las competencias y las capacidades de las fuerzas y cuerpos de seguridad, las autoridades aduaneras y otras autoridades pertinentes. Se fomentará la cooperación con el sector privado, como la cooperación emprendida en el marco de la Coalición para Acabar con el Tráfico de Fauna Silvestre en Internet o la asociación ROUTES. Se desarrollarán nuevas herramientas para hacer un seguimiento del comercio legal de especies silvestres y detectar e investigar los delitos contra la vida silvestre. Estas herramientas incluyen bases de datos, aplicaciones móviles, escáneres, etc.
·Sigue tratando el tráfico de especies silvestres como un problema mundial, garantizando la cooperación internacional y la coherencia entre la acción contra el tráfico de especies silvestres dentro de la UE y el apoyo a las medidas contra el tráfico de especies silvestres a escala mundial. La cooperación con países no pertenecientes a la UE se reforzará a través de intercambios bilaterales, redes regionales, redes de cumplimiento y observancia, acuerdos comerciales y programas multilaterales.
·Aumenta la transparencia en la toma de decisiones de la UE y promueve asociaciones más sólidas entre la UE y sus Estados miembros, por una parte, y las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones internacionales y el sector privado, por otra. Se reconocerá y facilitará la contribución de las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones internacionales y el sector privado a la lucha contra los delitos contra la vida silvestre, en particular haciéndoles participar en los debates políticos.
Recursos financieros y humanos suficientes
No se puede avanzar realmente en la lucha contra los delitos contra la vida silvestre si no se dispone de financiación suficiente para apoyar las medidas de acompañamiento, tanto a escala de la UE como en los Estados miembros de la UE. Es fundamental que los fondos dedicados al seguimiento del comercio de especies silvestres y a la lucha contra los delitos contra la vida silvestre: i) se precisen con anterioridad; ii) se pongan a disposición de los agentes pertinentes encargados de la aplicación; y iii) se utilicen de la manera más eficaz y coherente.
El comercio de especies silvestres debe integrarse plenamente en los fondos pertinentes de la UE destinados a: i) la seguridad y la delincuencia organizada; ii) el medio ambiente; y iii) la cooperación / las asociaciones internacionales. En particular, debe ser una prioridad en el marco de: la EMPACT; el Fondo de Seguridad Interior; el Programa LIFE; y el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional.
Seguimiento de los progresos
Para medir periódicamente los progresos, la Comisión, en cooperación con los Estados miembros, establecerá un sistema de seguimiento de la aplicación del plan de acción en el primer año tras la adopción del plan. El sistema incluirá un mecanismo de notificación sencillo para los Estados miembros de la UE y las partes interesadas, basado en los marcos de notificación existentes. Se definirán una serie de indicadores para cuantificar, en la medida de lo posible, los resultados obtenidos en lo que respecta a las repercusiones globales del plan de acción en el comercio de especies silvestres.
Conclusión
El plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres revisado refuerza las ambiciones del plan de acción de 2016, subrayando la continua dedicación de la UE a la lucha contra el tráfico de especies silvestres. Si se dota de los recursos adecuados, el plan de acción servirá como plan rector para una acción y una cooperación ambiciosas y globales, tanto dentro de la UE como en todo el mundo, para poner fin al comercio ilegal de especies silvestres.
ANEXO. Cuadro de medidas (2022-2027)
Prioridad 1. Prevenir el tráfico de especies silvestres y atacar sus causas profundas
Objetivos
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Agentes
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Medidas
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Calendario orientativo
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1.Reducir la demanda por parte de los consumidores de especies silvestres comercializadas ilegalmente
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COM, EM, redes de profesionales y grupos de expertos de la UE
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·Promover la aplicación efectiva de la Resolución Conf. 17.4 de la CITES sobre estrategias de reducción de la demanda para combatir el comercio ilegal de especies incluidas en la CITES.
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Acción constante
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2.
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·Llevar a cabo actividades de sensibilización y actividades de reducción de la demanda bien orientadas y basadas en las ciencias sociales, centradas en particular en el cambio de conducta de los consumidores de la UE. Apoyar estas actividades en otros mercados de destino importantes. Dar prioridad a las actividades que aborden la demanda de reptiles, anfibios, aves, angulas, elefantes africanos, rinocerontes y pangolines de origen silvestre y de medicamentos/complementos que contengan plantas silvestres recolectadas ilegalmente. Sensibilizar a los consumidores sobre cómo distinguir entre comercio legal e ilegal.
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A partir de 2023
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3.
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·Aplicar iniciativas a todos los niveles, dentro y fuera de la UE, que apoyen los medios de subsistencia y el uso sostenible de las especies silvestres y de sus productos, fomentando y facilitando el abastecimiento legal y sostenible de productos de especies silvestres. Esto debe incluir la promoción de cadenas de suministro transparentes y trazables para la madera y otros productos de especies silvestres, y el cumplimiento de los requisitos de trazabilidad existentes, como los del sector pesquero.
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A partir de 2023
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4.Reforzar la participación de los pueblos indígenas y las comunidades locales en la gestión y la conservación de la vida silvestre, en particular mediante el apoyo al desarrollo de medios de subsistencia sostenibles en los países de origen
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COM, EM
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·Aplicar iniciativas basadas en la tierra, como NaturAfrica, la iniciativa emblemática de la UE para apoyar la conservación de la diversidad biológica en África. NaturAfrica apoya los paisajes clave para su conservación y desarrollo. Esto contribuirá a crear empleo y a mejorar la seguridad y los medios de subsistencia sostenibles, preservando al mismo tiempo la vida silvestre y los ecosistemas críticos que son vitales para todos.
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Acción constante
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5.
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·Aplicar un enfoque basado en los derechos humanos a la conservación y la gestión de la vida silvestre, con la participación de las comunidades locales y los pueblos indígenas [por ejemplo, mediante: i) enfoques de gestión de los recursos naturales basados en la comunidad; ii) la garantía de unos procesos de consentimiento libre, previo e informado; iii) mecanismos de reclamación eficaces; y iv) un acceso garantizado a la información].
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Acción constante
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6.
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·Promover la participación de las mujeres y los jóvenes en la gestión y conservación de la vida silvestre, y garantizar un enfoque con perspectiva de género a la hora de analizar y combatir el comercio ilegal de especies silvestres.
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Acción constante
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7.
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·Abordar el nexo entre vida silvestre y seguridad respaldando acciones en países no pertenecientes a la UE que: i) promuevan la estabilidad social y económica; ii) fortalezcan el Estado de Derecho; y iii) fomenten la cooperación entre las fuerzas y cuerpos de seguridad, las autoridades locales, los socios para la conservación, las comunidades locales y los pueblos indígenas.
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Acción constante
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8.Prevenir y combatir la corrupción asociada al tráfico de especies silvestres a escala nacional, regional e internacional, con la participación de los países de origen, tránsito y destino
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COM, EM
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·Promover la aplicación eficaz de:
ola Resolución Conf. 17.6 de la CITES sobre la prohibición, prevención, detección y combate de la corrupción, que facilita las actividades realizadas en violación de la Convención; y de
ola Resolución 75/311 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la lucha contra el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres, en particular su apartado 30, teniendo en cuenta los Principios de alto nivel del G-20 sobre la lucha contra la corrupción relacionada con el comercio ilegal de fauna silvestre y de sus productos.
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Acción constante
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9.
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·Racionalizar las medidas de lucha contra la corrupción en los programas destinados a reforzar las capacidades de los agentes pertinentes contra los delitos contra la vida silvestre, tanto dentro como fuera de la UE (en particular entre: los funcionarios de puertos marítimos y aeropuertos, las empresas de transporte e intermediarios financieros / el sector financiero, las fuerzas y cuerpos de seguridad y las autoridades administrativas), en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y en estrecha cooperación con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC).
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A partir de 2023
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10.Tener en cuenta el concepto «Una sola salud» en el contexto de la regulación del comercio de especies silvestres en los países de origen, tránsito y destino
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COM, EM
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·Examinar los riesgos de propagación de zoonosis relacionados con el comercio de animales silvestres y productos derivados de animales silvestres, como la carne de caza.
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A partir de 2023
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11.
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·Aplicar medidas específicas para reducir estos riesgos a lo largo de las cadenas de suministro, en consonancia con los cuatro principios rectores de la Asociación de Colaboración sobre Manejo Sostenible de la Fauna Silvestre, en particular a través de proyectos como el proyecto Safety across Asia for the Global Environment («Seguridad en toda Asia para el medio ambiente mundial»), financiado por la UE, ejecutado por la UNODC, y el programa de gestión sostenible de la vida silvestre ejecutado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.
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A partir de 2024
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Prioridad 2. Reforzar el marco jurídico y político contra el tráfico de especies silvestres
Objetivos
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Agentes
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Medidas
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Calendario orientativo
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12.Establecer un marco para la aplicación eficaz del Plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres a escala nacional y de la UE
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EM,
COM
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·Definir y asignar responsabilidades claras para la ejecución de acciones a escala nacional y de la UE y garantizar la coordinación entre los agentes pertinentes [por ejemplo, mediante: i) la creación de comités interinstitucionales o memorandos de entendimiento; ii) la adopción de planes de acción nacionales; iii) la designación de un centro de referencia nacional].
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2023
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13.
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·Establecer un marco de notificación, seguimiento y evaluación para el plan de acción a escala nacional y de la UE. Este marco debe alinearse con las obligaciones y estructuras de notificación existentes a fin de evitar cargas administrativas adicionales a escala de la UE o de los Estados miembros.
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2023/2024
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14.
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·Utilizar la EMPACT como instrumento clave para poner en práctica el Plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres e involucrar a los coordinadores nacionales de la EMPACT en la aplicación del plan de acción.
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Acción constante
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15.Garantizar que las políticas nacionales y de la UE en materia de comercio y tráfico de especies silvestres sean exhaustivas y estén en consonancia con los compromisos, las normas y las mejores pruebas internacionales
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COM, EM
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·Apoyar activamente a las instituciones y los expertos internacionales y trabajar con ellos para llevar a cabo investigaciones y desarrollar/actualizar herramientas de orientación e identificación (herramientas técnicas, como la ciencia forense y las guías de identificación) sobre cuestiones clave relacionadas con el comercio de especies silvestres.
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Acción constante
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16.
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·Introducir e imponer sanciones proporcionadas, eficaces y disuasorias para los delitos contra la vida silvestre en consonancia con la Directiva revisada sobre delincuencia medioambiental (una vez adoptada) e intercambiar información y buenas prácticas para garantizar la coherencia en la aplicación de dichas sanciones.
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A partir de 2023
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17.
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·Aplicar las directrices actualizadas de la UE sobre el comercio de marfil y hacer un seguimiento de su aplicación y sus resultados.
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Acción constante
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18.
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·Aplicar un mayor control a las importaciones de trofeos de caza [por ejemplo: i) estudiando la posibilidad de ampliar el requisito de un permiso de importación para trofeos de caza de otras especies contempladas en el anexo B del Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo; ii) colaborando con socios internacionales para actualizar las pruebas disponibles sobre los efectos de la caza de trofeos en la vida silvestre; y iii) haciendo más transparentes los dictámenes del Grupo de Revisión Científica sobre las combinaciones entre países y especies para la importación de trofeos de caza].
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A partir de 2023
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19.
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·Estudiar la necesidad, el valor añadido y la viabilidad de revisar las medidas existentes o de crear nuevas herramientas para reducir el comercio insostenible de especies silvestres (por ejemplo, una «lista positiva» de especies cuyos especímenes capturados en la naturaleza puedan comercializarse y mantenerse como animales de compañía; tipificar como delito todo el comercio de especies silvestres de origen ilegal; o exigir el registro de todos los animales y plantas introducidos en la UE).
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A partir de 2023
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20.Involucrar a las partes interesadas pertinentes en el desarrollo y la aplicación de medidas contra el tráfico de especies silvestres a escala nacional y de la UE
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COM, EM
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·Celebrar reuniones periódicas con las partes interesadas a escala nacional y de la UE, en particular con organizaciones internacionales; las fuerzas y cuerpos de seguridad y las autoridades judiciales pertinentes; la sociedad civil; el sector privado; el mundo académico; y los gobiernos nacionales.
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A partir de 2023
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21.
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·Organizar sesiones temáticas del Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres con la participación de los grupos pertinentes de la sociedad civil, las empresas y el mundo académico.
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A partir de 2023
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22.
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·Apoyar la organización de días de acción multidisciplinar de la EMPACT como parte de la EMPACT.
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Acción constante
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23.Colaborar con los sectores empresariales implicados en el comercio de especies silvestres
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COM, EM
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·Organizar sesiones del Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres con representantes empresariales pertinentes para abordar cuestiones específicas (por ejemplo, la medicina tradicional, los animales de compañía de origen exótico/silvestre, el sector de los productos de lujo, el turismo cinegético, los productos de la madera, los sectores de la pesca y el comercio de productos de la pesca, el transporte, las empresas de mensajería y el comercio en línea).
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A partir de 2023
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24.
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·Garantizar una cooperación eficaz entre las autoridades de gestión de la CITES y las autoridades administrativas nacionales responsables de supervisar y hacer cumplir las normas establecidas en la propuesta de Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad.
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A partir de 2023
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25.
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·Elaborar directrices sobre la manera en que las empresas deben cumplir su obligación de diligencia debida con arreglo a la propuesta de Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad en relación con el comercio de especies silvestres.
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2024
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Prioridad 3. Aplicar reglamentos y políticas para luchar eficazmente contra el tráfico de especies silvestres
Objetivos
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Agentes
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Medida(s)
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Calendario orientativo
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26.Mejorar la tasa de detección de actividades ilegales dentro de la UE y abordar los riesgos prioritarios
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EM, COM, Europol
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·Garantizar que el proceso de elaboración de Evaluaciones de la amenaza de la delincuencia grave y organizada de la Unión Europea (SOCTA, por sus siglas en inglés) incluya también una evaluación de la amenaza del tráfico de especies silvestres, basada en datos y, cuando sea posible, en evaluaciones nacionales de amenazas facilitadas por los Estados miembros. Racionalizar los datos sobre el comercio ilegal.
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2023
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27.
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·Debatir periódicamente los riesgos prioritarios (y las medidas para abordarlos) en el Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres.
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Acción constante
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28.
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·Desarrollar y utilizar herramientas y métodos de última generación para facilitar el trabajo de las fuerzas y cuerpos de seguridad y detectar las actividades ilegales con especies silvestres, por ejemplo, incluyendo aplicaciones móviles para el personal de primera línea. Informe sobre las mejores prácticas en el Grupo sobre observancia.
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Acción constante
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29.
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·Implantar un sistema de concesión de permisos electrónicos CITES de la UE para: i) facilitar el comercio legal; ii) facilitar el intercambio de datos; iii) facilitar la detección de permisos falsos; y iv) animar a los países no pertenecientes a la UE a desarrollar sistemas compatibles.
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2023/2024
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30.
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·Conectar el sistema de concesión de permisos electrónicos CITES de la UE con el sistema de intercambio de certificados de la ventanilla única aduanera de la UE (EU CSW-CERTEX) (el módulo central del entorno de ventanilla única de la UE para las aduanas) para facilitar los controles de los permisos electrónicos CITES de la UE por parte de las autoridades aduaneras de la UE, mejorando así la aplicación de las disposiciones de la CITES en las fronteras.
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2024
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31.
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·Considerar la posibilidad de ampliar la obligación de marcado a las especies vivas contempladas en el anexo B del Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo.
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2024
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32.Garantizar que las fuerzas y cuerpos de seguridad (incluidas las autoridades encargadas de la aplicación del Derecho penal y los tribunales) dispongan de los conocimientos sectoriales necesarios para hacer frente al tráfico de especies silvestres.
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COM, EM, Europol, CEPOL, Eurojust, REFJ, ERA
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·Organizar sesiones de formación interprofesionales y transfronterizas para las autoridades policiales y judiciales y los jueces penales, cuando proceda, en particular formación específica sobre: i) la mejora de la calidad de la investigación sobre los flujos financieros; ii) la lucha contra el tráfico de especies silvestres en internet; y iii) un mejor uso de los métodos forenses modernos.
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A partir de 2023
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33.
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·Integrar la formación sobre delitos contra la vida silvestre en los programas educativos nacionales de las academias o escuelas de formación pertinentes.
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2025
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34.
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·Compartir datos, materiales de formación y jurisprudencia entre los Estados miembros, utilizando herramientas como la base de datos de jurisprudencia de la Red Europea de Fiscales para el Medio Ambiente, el sistema de intercambio de información sobre el comercio de especies silvestres en la Unión (TWIX), etc.
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Acción constante
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35.
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·Cooperar estrechamente con las organizaciones, asociaciones y redes pertinentes y contribuir a proyectos dedicados a la lucha y el enjuiciamiento de los delitos medioambientales
.
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Acción constante
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36.
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·Promover y apoyar la formación entre iguales.
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Acción constante
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37.
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·Fomentar y apoyar: i) la especialización de las fuerzas y cuerpos de seguridad, los órganos judiciales y otras autoridades competentes a nivel nacional; y ii) la puesta en común de recursos, por ejemplo, mediante la creación de unidades específicas de aplicación de ley en materia de vida silvestre en todas las fuerzas y cuerpos de seguridad pertinentes.
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A partir de 2023/2024
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38.
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·Animar a las fuerzas y cuerpos de seguridad competentes a que apoyen e inicien procesos penales dirigidos por la policía o las fiscalías y aporten sus conocimientos especializados.
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Acción constante
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39.
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·Promover el acceso público en línea a la jurisprudencia y a los documentos judiciales y dar publicidad a los casos más destacados (teniendo debidamente en cuenta la protección de datos y el derecho a la intimidad) con el doble objetivo de disuadir de las acciones delictivas y promover las mejores prácticas en materia de cumplimiento.
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A partir de 2024
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40.Mejorar la cooperación, la coordinación, la comunicación y los flujos de datos dentro de los Estados miembros y entre ellos
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COM, EM, agencias de la UE
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·Establecer canales de comunicación dentro de los Estados miembros entre: i) las autoridades sectoriales/administrativas nacionales; ii) las fuerzas y cuerpos de seguridad nacionales; y iii) las aduanas.
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2024
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41.
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·Garantizar un enfoque común para recopilar y compartir información operativa comparable, precisa y completa sobre los delitos contra la vida silvestre. Garantizar, en la medida de lo posible, la coherencia con la recogida de datos estadísticos sobre los procesos por delitos contra el medio ambiente (incluidos los delitos contra la vida silvestre) por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad (policía, fiscalía, etc.).
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2024
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42.
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·Compartir sistemáticamente información operativa y estratégica sobre los delitos contra la vida silvestre con Europol a través de la Aplicación de la Red de Intercambio Seguro de Información (SIENA) para garantizar que todos los datos necesarios que representen una imagen realista del nivel de amenaza que plantean los delitos contra el medio ambiente: i) estén a disposición de Europol; y ii) contribuyan a la Evaluación de la amenaza de la delincuencia grave y organizada de la Unión Europea.
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Acción constante
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43.
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·A nivel nacional, publicar formularios electrónicos de información sobre riesgos que se compartirán a través del sistema de gestión de riesgos aduaneros de la UE para los productos de origen silvestre, a fin de mejorar la elaboración de perfiles de riesgos para los controles aduaneros / el intercambio de información con los funcionarios de primera línea encargados de la aplicación de la ley de la UE.
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Acción constante
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44.
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·Garantizar una cooperación eficaz y el intercambio de información entre las autoridades pertinentes de la CITES, las unidades nacionales de Europol, Eurojust, la OLAF y el Grupo de Trabajo sobre Delitos contra la Vida Silvestre de Interpol.
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Acción constante
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45.
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·Establecer una colaboración y un intercambio de información periódicos y estructurados entre el Grupo de la UE para la observancia del comercio de especies silvestres y los agentes pertinentes en el marco de la EMPACT.
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A partir de 2023
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46.
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·Llevar a cabo operaciones periódicas conjuntas que impliquen la cooperación transfronteriza de los Estados miembros de la UE, la Comisión Europea (OLAF) y las agencias pertinentes de la UE, como Eurojust, Frontex, Europol y la Agencia Europea de Control de la Pesca. Estas operaciones también pueden formar parte de la aplicación de los planes de acción operativos de la EMPACT.
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Acción constante
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47.
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·Solicitar sistemáticamente apoyo operativo/judicial a Europol/Eurojust en casos relacionados con delitos graves y organizados contra la vida silvestre.
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Acción constante
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48. Abordar sistemáticamente los vínculos entre el tráfico de especies silvestres y la delincuencia organizada, en particular a través de medidas reforzadas para combatir los flujos financieros ilícitos
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COM, EM, Europol, Eurojust
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·Ayudar a los Estados miembros a reforzar su capacidad para: i) desmantelar las estructuras de delincuencia organizada implicadas en el tráfico de especies silvestres; y ii) investigar los flujos financieros en el contexto de los delitos contra la vida silvestre. Este apoyo debe incluir formación y sensibilización sobre las tipologías de delitos y sus riesgos.
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A partir de 2023
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49.
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·En consonancia con la Estrategia de la UE contra la Delincuencia Organizada 2021-2025, poner en marcha sistemáticamente investigaciones financieras en las investigaciones sobre delincuencia organizada y, en cuanto el entorno financiero indique la presencia de activos de origen delictivo, poner en marcha sistemáticamente investigaciones y procedimientos de recuperación de activos.
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Acción constante
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50.
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·Seguir intensificando la lucha contra el blanqueo de los flujos financieros derivados del tráfico de especies silvestres apoyando y revisando la aplicación por parte de los Estados miembros de la Directiva (UE) 2018/1673 relativa a la lucha contra el blanqueo de capitales.
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Acción constante
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51.
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·Sensibilizar acerca de la manera en que la Directiva sobre recuperación y decomiso de activos (tras su adopción y entrada en vigor) y la Directiva (UE) 2019/1153 por la que se establecen normas destinadas a facilitar el uso de información financiera y de otro tipo para la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales pueden utilizarse para luchar contra el tráfico de especies silvestres.
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A partir de 2023/2024
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52.
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·Intensificar el decomiso sistemático de los ingresos procedentes del tráfico de especies silvestres en las causas penales, sensibilizando a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley acerca de los instrumentos de decomiso disponibles como medida disuasoria. Fomentar el uso de los activos decomisados para contribuir a las medidas de conservación y a la lucha contra el tráfico de especies silvestres.
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A partir de 2023
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53.Incrementar los esfuerzos por abordar los aspectos del tráfico de especies silvestres relacionados con internet, en particular mediante la aplicación de la Ley de servicios digitales y la colaboración con las plataformas en línea
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COM, EM
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·Aplicar las recomendaciones de la Resolución Conf. 11.3 de la CITES, apartados 12 y 13, sobre los delitos contra la vida silvestre vinculados con internet.
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A partir de 2023
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54.
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·Garantizar una cooperación eficaz entre las autoridades de gestión y aplicación de la CITES y los coordinadores de servicios digitales en el marco de la Ley de servicios digitales, en particular proporcionando recursos suficientes para el seguimiento de las actividades ilegales detectadas (por ejemplo, mediante la creación de trabajo sobre internet para apoyar a las autoridades de gestión y aplicación de la CITES).
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A partir de 2022
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55.
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·Garantizar la coordinación entre las autoridades de aplicación de la CITES y los grupos de expertos y la Junta Europea de Servicios Digitales.
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A partir de 2024
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56.
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·Desarrollar directrices específicas de la UE sobre el comercio en línea de especies silvestres, en consonancia con la Ley de Servicios Digitales.
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2025
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57.Mejorar el acceso a cuidados para las plantas y los animales vivos incautados o confiscados.
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EM, COM
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·Seguir las Directrices CITES para la disposición de animales vivos confiscados, tal como figuran en la Resolución Conf. 17.8 de la CITES sobre la disposición de especímenes comercializados ilegalmente y confiscados de especies incluidas en los Apéndices de la CITES, garantizando que se tengan debidamente en cuenta todas las opciones de disposición/cuidado y que las decisiones finales estén bien justificadas.
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A partir de 2023
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58.
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·Ampliar las redes de centros de rescate especializados a escala nacional y compartir información sobre los centros a escala de la UE.
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2025
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59.
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·Promover la cooperación entre las autoridades competentes para reducir los retrasos innecesarios en la investigación y los litigios con el fin de reducir al mínimo los daños al espécimen objeto de tráfico.
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Acción constante
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60.
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·Incrementar los esfuerzos, cuando proceda, para reintroducir eficazmente en la naturaleza los especímenes vivos incautados.
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Acción constante
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Prioridad 4. Reforzar la asociación mundial de países de origen, consumo y tránsito contra el tráfico de especies silvestres
Objetivos
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Agentes
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Medida(s) principal(es)
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Calendario orientativo
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61.Aumentar la visibilidad de la lucha contra el tráfico de especies silvestres a escala mundial
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COM, AR/VP, EM
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·Incluir periódicamente el tráfico de especies silvestres en el orden del día de las reuniones bilaterales y multilaterales de alto nivel.
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Acción constante
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62.
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·Proseguir el diálogo con los países y regiones prioritarios a nivel técnico y político, también como parte de la aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales y las asociaciones forestales.
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Acción constante
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63.
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·Garantizar que el tráfico de especies silvestres se trate como delito grave, en particular mediante la aplicación de la Estrategia de la UE sobre la Delincuencia Organizada 2021-2025, promoviendo la adopción de un protocolo que cubra el tráfico de especies silvestres en el marco de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
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A partir de 2023
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64.Garantizar que los instrumentos y las políticas comerciales de la UE apoyen la lucha contra el tráfico de especies silvestres
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COM, EM
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·Incluir el tráfico de especies silvestres en el orden del día de: i) los diálogos comerciales con socios clave; y ii) el Comité de Comercio y Medio Ambiente de la OMC.
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Acción constante
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65.
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·Proponer compromisos ambiciosos para luchar contra el tráfico de especies silvestres en futuros acuerdos de libre comercio, incluido el apoyo continuo de la UE al refuerzo de la zona de libre comercio del continente africano.
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Acción constante
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66.Reforzar la capacidad de los principales países de origen, tránsito y consumo fuera de la UE para luchar contra el tráfico de especies silvestres y mejorar la cooperación en materia de aplicación de la ley entre los Estados miembros, las autoridades de cumplimiento y observancia de la UE y los países clave no pertenecientes a la UE
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COM, EM, Europol
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·Impartir formación sobre cooperación internacional y los instrumentos disponibles a las autoridades de cumplimiento y observancia en materia de vida silvestre de la UE.
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A partir de 2023
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67.
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·Desarrollar capacidades e impartir formación científica y técnica a los servicios encargados de la ejecución de las leyes, las fiscalías y las judicaturas pertinentes de países clave no pertenecientes a la UE afectados por el comercio ilegal de especies silvestres, en particular mediante la mejora de los marcos jurídicos nacionales para permitir la colaboración transfronteriza en materia de investigación y la colaboración entre los órganos judiciales nacionales.
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Acción constante
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68.
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·Fomentar los contactos bilaterales, la formación entre iguales y los intercambios. Apoyar las redes regionales informales y formales fuera de Europa, como la red Jaguar en América Latina o las redes TWIX en África
, y fomentar su cooperación con sus homólogos europeos.
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Acción constante
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69.
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·Colaborar con y apoyar la labor de: i) las redes mundiales pertinentes, como el Consorcio Internacional para Combatir los Delitos contra la Vida Silvestre (ICCWC, por sus siglas en inglés
) y la Red Internacional de Cumplimiento Ambiental (INECE, por sus siglas en inglés); y ii) las organizaciones y redes de la sociedad civil, como la Coalición para Acabar con el Tráfico de Fauna Silvestre en Internet.
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Acción constante
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