EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 52022DC0409

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES El poder de las asociaciones comerciales: juntos por un crecimiento económico ecológico y justo

COM/2022/409 final

Bruselas, 22.6.2022

COM(2022) 409 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

El poder de las asociaciones comerciales: juntos por un crecimiento económico ecológico y justo


1.Introducción

La UE se ha comprometido firmemente a garantizar que sus acuerdos comerciales fomenten la sostenibilidad, de modo que el crecimiento económico vaya acompañado de la protección de los derechos humanos, el trabajo digno, el clima y el medio ambiente, respetando plenamente los valores y prioridades de la Unión. En el contexto geopolítico actual, caracterizado por una creciente inestabilidad, la UE debe aumentar su compromiso con terceros países como socio de confianza. La política comercial de la UE proporciona un marco sólido para cooperar con los socios comerciales en cuestiones de sostenibilidad relacionadas con el comercio. Este enfoque se basa en normas laborales y medioambientales internacionales a través de procesos estructurados y transparentes, con la participación de la sociedad civil.

La presente Comunicación establece cómo mejorar aún más la contribución de los acuerdos comerciales al desarrollo sostenible. Todos los acuerdos comerciales modernos de la UE ya incluyen capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible. Desde 2018, el plan de acción de quince puntos ha servido de orientación para mejorar su aplicación y cumplimiento 1 . En junio de 2021, la Comisión puso en marcha una revisión exhaustiva con el objetivo de reforzar la capacidad de los acuerdos comerciales en su conjunto, y no solo de sus capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible, para defender el comercio sostenible, en cooperación con los socios comerciales y de forma concertada con otros instrumentos políticos pertinentes de la UE, incluido el Pacto Verde Europeo 2 , 3 .

En el contexto de la revisión, la Comisión solicitó un estudio comparativo independiente sobre las prácticas comerciales y de desarrollo sostenible en los acuerdos comerciales de terceros países, que confirmó a la UE como uno de los pioneros y líderes principales en la promoción de la sostenibilidad a través de sus acuerdos comerciales 4 . Además, con el fin de recabar las aportaciones del mayor número posible de ciudadanos y partes interesadas, la Comisión llevó a cabo una consulta pública abierta, que recopiló numerosas contribuciones de empresas y sindicatos, grupos medioambientales y de derechos humanos e interlocutores sociales 5 . Esto estuvo acompañado de un amplio intercambio de puntos de vista con los Estados miembros, el Parlamento Europeo y el Comité Económico y Social Europeo.

Sobre la base de las aportaciones y recomendaciones recibidas a lo largo del proceso de revisión de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible, la Comisión ha definido una serie de prioridades estratégicas y puntos de actuación fundamentales, que servirán para mejorar aún más la eficacia del enfoque actual en materia de comercio y desarrollo sostenible, basado en el compromiso y fundado en el marco y las normas internacionales, con normas de ejecución más estrictas. El nuevo enfoque que se expone a continuación incluye una fase de cumplimiento integral y el uso de sanciones comerciales en casos específicos y bien definidos.

2.Cómo contribuyen los acuerdos comerciales de la UE a la agenda de desarrollo sostenible

Los acuerdos comerciales son un motor importante para el crecimiento sostenible tanto en la UE como en los países socios. Una agenda comercial activa es fundamental para la prosperidad económica y la competitividad de Europa. Los acuerdos comerciales contribuyen a crear puestos de trabajo, ampliar los mercados e impulsar el crecimiento económico y la innovación. 6 Al eliminar los obstáculos de acceso al mercado, también reducen los costes y facilitan la adopción y el despliegue de tecnologías respetuosas con el clima, así como de bienes y servicios conexos que ayudan a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en todo el mundo y a adaptarse a un clima cambiante. Los acuerdos comerciales también contribuyen a garantizar el suministro de las materias primas necesarias, incluidas aquellas utilizadas en tecnologías hipocarbónicas. Al mismo tiempo, el comercio mundial también puede afectar al clima, la biodiversidad o las condiciones de trabajo. Para garantizar los efectos positivos del comercio abierto, la liberalización del comercio y la promoción de las normas laborales internacionales, así como una acción decisiva por el clima y el medio ambiente, deben ir de la mano. Como instrumentos de asociación privilegiada, los acuerdos comerciales ofrecen una plataforma para el diálogo político y la cooperación en materia de sostenibilidad con los países socios. Esto es vital porque solo con una cooperación mundial se puede hacer frente a los desafíos mundiales.

La revisión de la política comercial ha hecho del apoyo a la transición ecológica y justa uno de los pilares de la política comercial de la UE, junto con la apertura y la firmeza 7 . Esto está en consonancia con el Pacto Verde Europeo y la Comunicación sobre el trabajo digno en todo el mundo 8 , que sitúan el desarrollo sostenible en el centro de la elaboración de políticas y la acción de la UE. Las prioridades y los objetivos de desarrollo sostenible se han integrado en todas las políticas de la UE de conformidad con la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y sus diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático y otros acuerdos multilaterales para la protección del medio ambiente y las normas laborales. Estos acuerdos y convenios multilaterales se han convertido en el marco mundial para la cooperación y la acción internacionales en materia de desarrollo sostenible y también sirven de guía para los compromisos de desarrollo sostenible contemplados en los acuerdos comerciales de la UE.

El enfoque de la UE en materia de comercio y desarrollo sostenible, basado en valores, intenta obtener de los países socios compromisos más amplios que los de los acuerdos comerciales de otros actores internacionales. En particular, los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible de los acuerdos comerciales de la UE requieren la aplicación efectiva de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de los Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente (AMUMA) que ha ratificado cada Parte, como el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre la Diversidad Biológica.

Los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible de los acuerdos comerciales de la UE también exigen el respeto de los principios fundamentales de la OIT establecidos en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo 9 , de 1998. A este respecto, la Comisión acoge con satisfacción la labor de la OIT y sus miembros para reforzar y ampliar estos principios fundamentales —recientemente, la decisión de incluir la seguridad y la salud en el trabajo—, y considera que los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible también deberían reflejar adecuadamente esta evolución.

Los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible también promueven la ratificación de los convenios fundamentales de la OIT no ratificados e incluyen una amplia gama de compromisos y disposiciones de cooperación en cuestiones como los derechos laborales, el diálogo social, unas condiciones de trabajo dignas —que incluyan la inspección laboral—, la gestión sostenible de los recursos naturales, la silvicultura, la pesca, la acuicultura, la gobernanza de los océanos y la promoción de una conducta empresarial responsable. 10 Ahora, los acuerdos comerciales de la UE también promueven la cooperación para fomentar la transición a una economía circular y eficiente en el uso de los recursos o a cadenas de suministro libres de deforestación, así como la gobernanza medioambiental internacional. Los recientes acuerdos comerciales de la UE contienen asimismo disposiciones relativas a los convenios pertinentes de las Naciones Unidas y la OIT que fomentan el empoderamiento económico de las mujeres y la igualdad de género, también mediante la promoción de la cooperación en foros internacionales para impulsar estos objetivos (por ejemplo, en la OMC).

Interacción con otros instrumentos políticos

Los acuerdos comerciales de la UE no son instrumentos independientes para la promoción y la mejora de la agenda de sostenibilidad de la Unión con terceros países. Los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible incluidos en ellos trabajan de la mano con un conjunto más amplio de instrumentos políticos, esfuerzos multilaterales e instrumentos de cooperación al desarrollo en un enfoque global. Junto con los instrumentos autónomos de la UE, ayudan a aprovechar al máximo los efectos positivos del comercio sobre el desarrollo sostenible y garantizan que, por el contrario, los efectos negativos se contengan.

Al final del mandato actual de la Comisión, se espera que la UE disponga de un ambicioso conjunto de instrumentos autónomos adicionales para apoyar el comercio sostenible. En 2021, la Comisión presentó una propuesta para establecer un mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de carbono para evitar la fuga de carbono y reforzar la eficacia de la acción mundial por el clima 11 , así como una propuesta sobre productos libres de deforestación con el fin de intensificar los esfuerzos para luchar contra la deforestación y la degradación forestal 12 . Ese mismo año, la Comisión adoptó una estrategia que proponía un paquete ambicioso y exhaustivo de medidas para ayudar a mejorar el flujo de dinero destinado a financiar la transición a una economía sostenible. 13 A principios de 2022, la Comisión presentó una propuesta sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad, fomentando una conducta empresarial sostenible y responsable a lo largo de las cadenas de valor mundiales 14 . Asimismo, adoptó una propuesta para establecer un marco destinado a que todos los productos introducidos en el mercado de la Unión sean más sostenibles desde el punto de vista medioambiental y más circulares 15 . Tal como se anunció en la Comunicación sobre el trabajo digno en todo el mundo, a finales de este año la Comisión también presentará una nueva iniciativa legislativa para prohibir efectivamente la introducción en la UE de productos fabricados mediante trabajo forzoso 16 .

En su propuesta de nuevo Reglamento de la UE relativo al Sistema de Preferencias Generalizadas, la Comisión ha mejorado la contribución del sistema a la promoción del desarrollo sostenible, entre otras cosas, mediante la adición de una serie de instrumentos internacionales en los ámbitos de los derechos humanos, la buena gobernanza y la protección laboral y medioambiental. Estas adiciones incluyen el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y dos nuevos convenios de la OIT, y también abarcan la migración internacional ordenada que contribuye al desarrollo sostenible. Asimismo, la propuesta tiene por objeto hacer de la exportación de bienes fabricados mediante trabajo infantil y trabajo forzoso, prohibidos a escala internacional, un motivo para la posible retirada de las preferencias comerciales 17 .

En el ámbito multilateral, la UE ha copatrocinado recientemente tres iniciativas plurilaterales de la OMC sobre comercio y sostenibilidad medioambiental, contaminación por plásticos y comercio sostenible de plásticos, así como la reforma de las subvenciones a los combustibles fósiles 18 . En la 12.ª Conferencia Ministerial de la OMC, la UE desempeñó un papel clave en la consecución de un primer acuerdo multilateral de subvenciones a la pesca que castiga las subvenciones perjudiciales a la pesca en todo el mundo y cuyo eje central es la sostenibilidad medioambiental. La UE seguirá presionando para ampliar los castigos a las subvenciones antes de la próxima conferencia ministerial. 19 La UE también ha apoyado activamente la puesta en marcha de la Coalición de Ministros de Comercio para la Acción por el Clima, a fin de dar un mayor impulso político a la creación de una agenda comercial y climática positiva, en particular en la OMC 20 . En el contexto de la reforma de la OMC, la UE tiene la intención de favorecer el diálogo sobre la interacción entre el comercio y el trabajo digno, en particular a través de la cooperación entre la OMC y la OIT. En la OCDE, la UE está promoviendo modificaciones en el conjunto de normas que rigen los créditos oficiales a la exportación para fomentar la armonización con los objetivos climáticos. La UE también consiguió la prohibición de las centrales eléctricas de carbón que no limiten las emisiones 21 .

Todos estos instrumentos políticos e iniciativas relacionados con el comercio forman parte de una respuesta global a los retos en materia de sostenibilidad mundial y van acompañados de acuerdos comerciales.

3.Nuevas orientaciones estratégicas para el desarrollo sostenible en los acuerdos comerciales

La revisión de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible ha demostrado la solidez del modelo de comercio y desarrollo sostenible de la UE, pero también ha detectado posibilidades de mejora en seis prioridades estratégicas, que pueden resumirse como 1) la necesidad de ser más proactivos en la cooperación con los socios; 2) el refuerzo del enfoque específico por país; 3) la integración de la sostenibilidad más allá del capítulo sobre comercio y desarrollo sostenible de los acuerdos comerciales; 4) el aumento de la supervisión de la aplicación de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible; 5) el refuerzo del papel de la sociedad civil; y 6) la mejora del cumplimiento mediante sanciones comerciales como medida de último recurso 22 .

A fin de optimizar la eficacia de su contribución, la política de desarrollo sostenible de la Comisión contemplada en los acuerdos comerciales se centrará en una serie de puntos de actuación por cada prioridad estratégica. Estos puntos de actuación se basan en la experiencia en la aplicación, los datos recopilados y las aportaciones recibidas a través de la consulta pública abierta. Los puntos de actuación complementan y amplían los ámbitos de actuación definidos en el plan de acción de quince puntos.

3.1.    Un enfoque global sobre comercio y desarrollo sostenible basado en acuerdos multilaterales y en la cooperación

Como se ha expuesto anteriormente, la interacción entre el comercio y el desarrollo sostenible debe abordarse de manera integral, situando la política comercial en el contexto más amplio de otros instrumentos de apoyo a la sostenibilidad. En este enfoque global, los acuerdos comerciales promueven el marco de gobernanza mundial, en particular incorporando normas y compromisos internacionales fundamentales, así como manteniendo su aplicación, cumplimiento y mejora efectivos a través de procesos de cooperación. El firme anclaje de los compromisos bilaterales en materia de comercio y desarrollo sostenible en el contexto multilateral hace que el enfoque de la UE sobre comercio y desarrollo sostenible sea legítimo, creíble y eficaz. Asimismo, pretende evitar la fragmentación y, en su lugar, garantizar que los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible respalden los esfuerzos que se realizan a nivel mundial. Al basarse en normas internacionales, los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible también pueden proteger contra las actitudes proteccionistas.

Un enfoque basado en el compromiso y la cooperación permite a la UE y a sus socios asumir conjuntamente la responsabilidad de la contribución de los acuerdos comerciales para promover una transición ecológica y justa y alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Fomenta que su aceptación sea mayor entre las diferentes partes interesadas, tales como las comunidades locales, las organizaciones no gubernamentales (ONG), los empleadores y los sindicatos. Todos ellos son esenciales para lograr un cambio sobre el terreno.

En este contexto, la Comisión hará pleno uso de las plataformas que ofrecen los acuerdos comerciales para facilitar el diálogo sobre los instrumentos de sostenibilidad autónomos de la UE relacionados con el comercio y animar a los socios comerciales a promover su cumplimiento. La Comisión tiene asimismo la intención de mejorar la eficacia global de sus esfuerzos de cooperación basándose en las acciones de «Colaboración» definidas en el plan de acción de quince puntos y de reforzar el enfoque colectivo de la UE en situaciones en las que se necesita asistencia técnica o financiera o puede incentivar a los socios comerciales para que aumenten aún más sus niveles de protección laboral y medioambiental.

Puntos de actuación

La Comisión: 

1.Intensificará el compromiso con los socios comerciales en un proceso de cooperación para fomentar el cumplimiento de las normas laborales y medioambientales internacionales. 

2.Cuando sea necesario, ofrecerá incentivos y apoyo a los socios comerciales para los procesos de reforma y el desarrollo de capacidades mediante asistencia técnica y financiera. Cuando proceda, la UE también deberá desarrollar un enfoque «Equipo Europa» en apoyo de las prioridades de desarrollo sostenible acordadas conjuntamente con los países socios.

3.Utilizará los acuerdos comerciales para facilitar el diálogo con los países socios y, en caso necesario, ayudarlos a cumplir los requisitos de sostenibilidad de los instrumentos autónomos de la UE relacionados con el comercio.

3.2.    Determinación de las prioridades de aplicación específicas por país

La revisión de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible ha puesto de manifiesto una clara expectativa de que los compromisos en esta materia contemplados en los acuerdos comerciales de la UE sean más eficaces y rápidos a la hora de introducir cambios sobre el terreno y de que los resultados dependan en gran medida de las situaciones específicas de cada país. Estas conclusiones abogan por reforzar el enfoque específico por país definido en el plan de acción de quince puntos de manera más adaptada y personalizada.

Las relaciones comerciales bilaterales de la UE abarcan el mundo entero e incluyen socios con distintos niveles de desarrollo, que se enfrentan a diferentes retos y oportunidades económicos, sociales y medioambientales. Si bien los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible incorporan los mismos compromisos vinculantes tanto para la UE como para los países socios, encontrar soluciones eficaces para esta amplia gama de socios requiere flexibilidad y priorización para adaptar mejor los objetivos de comercio y desarrollo sostenible a los retos, las necesidades y las capacidades de cada uno de ellos.

El establecimiento de estas prioridades de aplicación por país requiere un análisis temprano de las deficiencias y la integración de un mayor grado de detalle y especificidad en la dimensión de comercio y desarrollo sostenible. Los principales retos, oportunidades y prioridades deben determinarse conjuntamente y en las primeras fases del compromiso con el socio específico. Estas prioridades deben desarrollarse con la participación de la sociedad civil y figurar ya en la evaluación de impacto previa al inicio de las negociaciones, pero deben perfeccionarse posteriormente durante la evaluación del impacto sobre la sostenibilidad y evaluarse en análisis ex post durante la aplicación. En consonancia con la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad 23 , el impacto de la liberalización del comercio sobre la biodiversidad desempeñará un papel importante en estas evaluaciones. Sobre esta base, la UE y los países socios deben considerar la posibilidad de negociar y centrarse en las principales prioridades de aplicación por país para garantizar el avance hacia la consecución de los objetivos de comercio y desarrollo sostenible. Estas prioridades deben ser realistas y específicas para contribuir a la obtención de resultados. También deben ser lo suficientemente flexibles como para adaptarse con el tiempo a medida que evolucione la situación de sostenibilidad.

El objetivo sería reforzar, en caso necesario, la aplicación en un ámbito específico, por ejemplo, en términos de respeto de un principio o convenio de la OIT o de cumplimiento de un AMUMA ratificado. Cuando resulte necesario y pertinente, esto puede lograrse acordando medidas específicas con un país socio de conformidad con los plazos y los hitos establecidos para la fase de aplicación (las denominadas hojas de ruta de aplicación) con un seguimiento adecuado, incluido el apoyo de las organizaciones internacionales y las partes interesadas de este proceso, en su caso.

Además, la UE seguirá promoviendo la ratificación de los convenios fundamentales de la OIT. Centrará los esfuerzos de ratificación en apoyo de las prioridades de aplicación identificadas. Esto deberá evaluarse caso por caso, concentrándose en las cuestiones que tengan un impacto importante sobre la aplicación efectiva de los derechos fundamentales.

Puntos de actuación

La Comisión: 

4.Aplicará un enfoque adaptado y llevará a cabo evaluaciones más personalizadas del impacto sobre el comercio y el desarrollo sostenible, con el fin de determinar las prioridades de sostenibilidad específicas de cada país y proporcionar análisis detallados de las repercusiones en una fase temprana.

5.Negociará, cuando proceda a la luz de las prioridades específicamente definidas en los países socios y caso por caso, hojas de ruta detalladas con plazos determinados e hitos. Las hojas de ruta deben reconocer el papel de la sociedad civil en la supervisión de su aplicación.

3.3.    Integración de la sostenibilidad en todo el acuerdo comercial

Todos los acuerdos comerciales de la UE incluyen ya varias disposiciones destinadas a preservar el derecho de los países a regular, a fin de perseguir objetivos medioambientales y laborales legítimos. Además de respetar este margen político necesario, las consideraciones de sostenibilidad también pueden integrarse de forma proactiva en diferentes partes de los acuerdos comerciales.

La integración de los objetivos de comercio y desarrollo sostenible en todos los acuerdos comerciales podría incluir priorizar la liberalización de los bienes y servicios medioambientales, en particular los bienes y servicios que contribuyen a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y a promover el uso eficiente de los recursos y la circularidad. Asimismo, los acuerdos comerciales deben garantizar el comercio no distorsionado y la inversión en las materias primas y los bienes energéticos necesarios para la transición a economías climáticamente neutras y eficientes en el uso de recursos.

Esto podría hacerse, por ejemplo, abordando los obstáculos no arancelarios y promoviendo el uso de normas internacionales para fomentar el comercio y la inversión en la protección del medio ambiente, el uso eficiente de los recursos y las fuentes de energía renovables. Además, los acuerdos comerciales deben fomentar el uso de consideraciones de sostenibilidad no discriminatorias en los procesos de contratación pública e intentar incluir disposiciones sobre sistemas alimentarios sostenibles.

A fin de ampliar la priorización de los objetivos de comercio y desarrollo sostenible más allá de los capítulos al respecto, las evaluaciones de impacto y las evaluaciones del impacto sobre la sostenibilidad deben examinar los retos y oportunidades en materia de sostenibilidad en todos los ámbitos pertinentes de los acuerdos comerciales. El enfoque específico por país mencionado en el apartado anterior debe aplicarse en todo el acuerdo comercial.

Puntos de actuación

La Comisión: 

6.Priorizará el acceso al mercado de los bienes y servicios medioambientales, en particular en el ámbito de las energías renovables y la eficiencia energética, por ejemplo, abordando los obstáculos arancelarios y no arancelarios, así como el acceso a las materias primas y los bienes necesarios para la transición ecológica y la inversión en ellos.

7.Garantizará que las evaluaciones de impacto y las evaluaciones del impacto sobre la sostenibilidad analicen todos los capítulos pertinentes de los acuerdos comerciales para determinar qué disposiciones y compromisos son más propensos a tener un impacto sobre las cuestiones de sostenibilidad, así como en qué ámbitos el acuerdo brinda oportunidades para alcanzar los objetivos de sostenibilidad más allá del capítulo sobre comercio y desarrollo sostenible.

3.4.    Supervisión colectiva de la aplicación de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible

Una de las lecciones extraídas de la aplicación del plan de acción de quince puntos es que los resultados se consiguen mediante un compromiso continuo con el socio comercial en cuestión. Este enfoque requiere muchos recursos, pero logra resultados duraderos sobre el terreno. La Comisión tiene la intención de seguir aunando los conocimientos técnicos y los instrumentos y programas disponibles en un enfoque global de la UE común a todos los servicios. Esto incluye, por ejemplo, los diálogos bilaterales sobre política y normativa laborales y medioambientales y, cuando esté justificado, la cooperación al desarrollo y el apoyo financiero.

El papel de las delegaciones de la UE en la supervisión de la aplicación de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible es especialmente pertinente. Estas tienen contacto directo tanto con los Gobiernos y las administraciones como con las partes interesadas locales, incluidos los grupos consultivos internos (GCI) 24 . Las delegaciones de la UE también tienen la oportunidad de abordar de primera mano las cuestiones de desarrollo sostenible relacionadas con el comercio. Junto con los Estados miembros, no solo son los ojos y los oídos sobre el terreno, sino que forman una red colectiva de diplomáticos europeos, que contribuyen conjuntamente a prever y abordar los problemas de sostenibilidad en sus respectivas áreas geográficas y de conocimientos.

Este enfoque global debe complementarse con una cooperación reforzada con los Estados miembros en las capitales y sobre el terreno, a través de sus embajadas y misiones en terceros países. El objetivo debe ser garantizar que los instrumentos nacionales y de la Comisión pertinentes interactúen y se refuercen entre sí, permitiendo a la UE lograr economías de escala y un mayor impacto sobre el terreno.

Asimismo, es importante reforzar la participación del Parlamento Europeo. A través de las misiones y visitas sobre el terreno de sus diputados, el Parlamento Europeo podría contribuir en mayor medida a la supervisión y la aplicación de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible. Las interacciones entre el Parlamento Europeo y los Parlamentos de los países socios pueden resultar especialmente eficaces cuando se requieren reformas legislativas. Las visitas sobre el terreno del Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales también ofrecen oportunidades para comunicar los objetivos de sostenibilidad de la UE en el extranjero, al interactuar no solo con funcionarios locales, sino también con representantes de la sociedad civil, GCI y empresas locales.

Los Grupos de Supervisión creados por la Comisión INTA también han desempeñado un papel importante durante las negociaciones y la aplicación de los acuerdos comerciales. Esta dimensión podría reforzarse aún más, por ejemplo, mediante debates periódicos específicos por país sobre comercio y desarrollo sostenible. Junto con las delegaciones de la UE, la Comisión estaría dispuesta a ayudar al Parlamento Europeo en este esfuerzo.

Una supervisión colectiva de la aplicación de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible contemplados en los acuerdos comerciales también implica un papel más importante de la sociedad civil, incluidos los interlocutores sociales. Tanto la UE como cada uno de sus socios comerciales deben esforzarse por colaborar con las organizaciones de la sociedad civil de ambas partes y fomentar las contribuciones estructuradas y materiales.

La creación en 2020 del cargo de Alto Responsable de la Aplicación de la Política Comercial y de la ventanilla única constituye un paso importante para reforzar la aplicación y el cumplimiento de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible 25 . La ventanilla única proporciona un punto de contacto centralizado para todas las partes interesadas establecidas en la UE que deseen presentar una reclamación sobre, entre otras cosas, el incumplimiento de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible 26 . Las Directrices operativas y el formulario de reclamación adjunto se han elaborado para ayudar a las partes interesadas (por ejemplo, sindicatos, asociaciones sectoriales, ONG) a hacer el mejor uso posible del nuevo sistema. La tramitación y el seguimiento de las reclamaciones sobre comercio y desarrollo sostenible son una parte importante del papel del Alto Responsable de la Aplicación de la Política Comercial en la aplicación y el cumplimiento de los acuerdos comerciales 27 .

No obstante, hasta la fecha, el contacto de las partes interesadas con la ventanilla única en materia de comercio y desarrollo sostenible ha sido limitado. El sistema de ventanilla única ha sido diseñado para facilitar los contactos iniciales en relación con problemas concretos y la Comisión confirma su voluntad de abordar los posibles problemas relacionados con el comercio y el desarrollo sostenible y, más allá de la información detallada publicada en línea, explicar cómo puede utilizarse el sistema y qué información puede ser necesaria. La Comisión proporcionará más aclaraciones y asistencia para mejorar su uso. A tal fin, paralelamente a la revisión de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible, ha actualizado las Directrices operativas para dejar claro que los GCI también pueden presentar reclamaciones colectivas y que un reclamante establecido en la UE puede representar las preocupaciones en materia de comercio y desarrollo sostenible de una entidad situada en un país socio. La actualización incluye una mayor transparencia y claridad sobre cómo y en qué plazos la ventanilla única puede tramitar las fases iniciales de una reclamación por incumplimientos en materia de comercio y desarrollo sostenible.

Puntos de actuación

La Comisión: 

8.Desarrollará un enfoque global de la UE común a todos los servicios, utilizando todos los instrumentos disponibles para supervisar la aplicación de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible, con la participación de las delegaciones de la UE, así como cooperando activamente con las capitales, embajadas y oficinas exteriores de los Estados miembros.

9.Colaborará con las delegaciones de la UE en su apoyo y definición de las mejores prácticas a medida que los socios comerciales establezcan sus GCI locales y empiecen a trabajar con ellos.

10.Respaldará la participación continua del Parlamento Europeo en la aplicación de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible en el marco de sus contactos interparlamentarios y estará dispuesta a ayudarlo en sus esfuerzos por celebrar debates periódicos específicos por país sobre comercio y desarrollo sostenible.

11.En paralelo a la revisión de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible, revisará las Directrices operativas para la ventanilla única a fin de aumentar la transparencia y la previsibilidad para las partes interesadas, aclarando al mismo tiempo quién puede presentar reclamaciones, cómo se tramitarán y los plazos aplicables. Las Directrices también aclararán que los GCI pueden presentar reclamaciones colectivas sobre incumplimientos de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible y representar los intereses de una Parte situada en un país socio.

3.5.        Refuerzo del papel de la sociedad civil

La Comisión consulta periódica y frecuentemente a las partes interesadas a través de una estructura horizontal bien establecida de diálogos de la sociedad civil, en los que se plantean y debaten sistemáticamente cuestiones relacionadas con el comercio y el desarrollo sostenible. La Comisión también está redoblando sus esfuerzos para llegar a la sociedad civil de manera más eficaz en los Estados miembros, en particular aumentando el número de actos específicos y debates de alto nivel. Además, los acuerdos comerciales de la UE prevén específicamente la participación de la sociedad civil durante la aplicación de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible, también a través de los GCI. La sociedad civil también puede desempeñar un papel activo en la fase de aplicación, presentando reclamaciones en materia de comercio y desarrollo sostenible ante la ventanilla única (véase más arriba) y observaciones amicus curiae ante el panel.

Las aportaciones de las organizaciones de la sociedad civil, a través de contribuciones bien fundamentadas y basadas en pruebas, son esenciales para que la Comisión defina y priorice las cuestiones relacionadas con el comercio y el desarrollo sostenible y actúe en consecuencia. La cooperación y los intercambios entre las partes interesadas de la UE y sus organizaciones asociadas en el extranjero también son esenciales a este respecto. Esta contribución podría valorarse mejor a la hora focalizar y fijar prioridades. Por ejemplo, durante la fase de la evaluación de impacto (tanto las evaluaciones de impacto como las evaluaciones del impacto sobre la sostenibilidad), la consulta a la sociedad civil podría ayudar a identificar lagunas y dificultades, así como a establecer las prioridades que deben tratarse durante el proceso de negociación y a prever posibles cuestiones clave relacionadas con la aplicación. Tras la entrada en vigor de un acuerdo, las comunicaciones oportunas y pertinentes a los comités de comercio y desarrollo sostenible en el marco de los acuerdos comerciales, basadas en los conocimientos y la experiencia sobre el terreno, pueden servir de base para la supervisión conjunta del cumplimiento de los compromisos sobre comercio y desarrollo sostenible y dirigir los esfuerzos bilaterales de aplicación.

La Comisión también seguirá colaborando con los GCI establecidos en virtud de los acuerdos comerciales, ofreciendo apoyo logístico y respaldando el desarrollo de capacidades y conocimientos especializados. Asimismo, la Comisión ha aumentado la transparencia mediante la publicación de los órdenes del día y las actas de los comités de comercio y desarrollo sostenible. De cara al futuro, la Comisión seguirá reforzando los GCI mediante un seguimiento atento de su establecimiento en consonancia con las condiciones acordadas en los acuerdos comerciales y apoyará la interacción entre los GCI de la UE y de los países socios. Reconociendo la importancia de su contribución y valorizando aún más su experiencia y sus conocimientos especializados, la Comisión también intentará ampliar el mandato de los GCI más allá de las cuestiones de comercio y desarrollo sostenible para abarcar la totalidad de los acuerdos comerciales, como ya se prevé en el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido.

Puntos de actuación

La Comisión:

12.Garantizará un proceso de consulta inclusivo con la sociedad civil en todas las fases del ciclo de vida de los acuerdos comerciales, desde el análisis de las deficiencias hasta la aplicación, incluida la determinación de las prioridades.

13.Seguirá reforzando el papel de los GCI de la UE proporcionando recursos para su apoyo logístico, desarrollo de capacidades y funcionamiento.

14.Invitará a los representantes del GCI de la UE a los grupos de expertos en comercio y desarrollo sostenible de los Estados miembros dirigidos por la Comisión, en los que podrán aportar conocimientos específicos e implicar estrechamente a los GCI en la preparación de las reuniones de los comités de comercio y desarrollo sostenible, en particular sobre la determinación y el seguimiento de las prioridades de aplicación.

15.Promoverá y facilitará la interacción entre los GCI de la UE y de los países socios.

16.Fomentará la transparencia en la composición de los GCI.

17.Intercambiará puntos de vista con los GCI de la UE sobre los proyectos de asistencia técnica en materia de comercio y desarrollo sostenible de la UE.

18.Garantizará que el mandato de los GCI se extienda más allá de las cuestiones de comercio y desarrollo sostenible y abarcará la totalidad de los acuerdos comerciales.

3.6.        Un cumplimiento más firme, incluso a través de sanciones comerciales

Los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible son jurídicamente vinculantes y ejecutables a través de un mecanismo específico de solución de diferencias entre Estados 28 , con una revisión independiente y transparente por parte de un grupo de expertos y la participación activa de la sociedad civil. 29 Este enfoque se basa en el compromiso y aborda las preocupaciones emergentes a través del diálogo y la cooperación.

Hasta ahora, este mecanismo no había incluido normas específicas sobre cómo supervisar la aplicación del informe emitido por el grupo de expertos (la denominada fase de cumplimiento). La Comisión propone ahora armonizar aún más el cumplimiento de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible con la solución general de diferencias entre Estados y ampliar la fase de cumplimiento para incluir las diferencias relativas al capítulo sobre comercio y desarrollo sostenible. Esto significa que la Parte que haya incumplido sus compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible tendrá que informar con prontitud sobre cómo aplicará el informe del grupo de expertos y llevarlo a cabo en un plazo determinado. Esto será objeto de una revisión por un grupo de expertos. La sociedad civil también podrá presentar observaciones al grupo de expertos en esta fase.

Del mismo modo, el enfoque de la UE en materia de comercio y desarrollo sostenible no contemplaba el uso de sanciones en caso de incumplimiento del informe del grupo de expertos. La Comisión ahora propone la posibilidad de imponer sanciones comerciales como último recurso, en casos de violaciones graves de los compromisos centrales en materia de comercio y desarrollo sostenible, a saber, los principios y derechos fundamentales en el trabajo de la OIT y el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático. En tales casos, las sanciones comerciales serían adecuadas como medio para fomentar el cumplimiento. En el caso del Acuerdo de París, la intención sería detectar los incumplimientos de las obligaciones que desvirtúen materialmente el objeto y la finalidad del Acuerdo. Por lo que se refiere a los principios y derechos fundamentales en el trabajo de la OIT, las sanciones comerciales estarían justificadas en casos graves de incumplimiento de los principios y se basarían en el hecho de que la OIT supervisa la situación de todos los miembros. Este enfoque se basará en el respeto de los derechos laborales fundamentales y del Acuerdo de París y lo reforzará, como elemento esencial de nuestros acuerdos comerciales 30 .

La aplicación de sanciones comerciales en caso de incumplimiento de las disposiciones específicas sobre comercio y desarrollo sostenible se ajustará a las normas generales de solución de diferencias. En consecuencia, las sanciones comerciales serán temporales y proporcionadas y podrán adoptar la forma de suspensión de las concesiones comerciales. Solo serán posibles en caso de que un grupo de expertos constate que una Parte incumple sus compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible y que esta última no adopte las medidas correctoras adecuadas para cumplirlos en el plazo establecido. En este contexto, las Partes también pueden llegar a una solución de mutuo acuerdo de la diferencia en cualquier momento.

La introducción por primera vez, en los acuerdos comerciales de la UE, de sanciones comerciales relativas a los compromisos fundamentales en materia de comercio y desarrollo sostenible, junto con el enfoque basado en la cooperación, permitirá a la UE velar por un cumplimiento más firme de sus capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible. De este modo, la UE reforzará los instrumentos que tiene a su disposición para perseguir los objetivos de sostenibilidad y la contribución de los acuerdos comerciales a estos objetivos.

Puntos de actuación

La Comisión:

19.Seguirá reforzando el cumplimiento de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible en los futuros acuerdos proponiendo a sus socios comerciales:

a.Ampliar la fase general de cumplimiento de la solución de diferencias entre Estados al capítulo sobre comercio y desarrollo sostenible.

b.Implicar a los GCI en la supervisión de la fase de cumplimiento.

c.Ampliar la posibilidad de aplicar sanciones comerciales en caso de incumplimiento de las obligaciones que desvirtúe materialmente el objeto y la finalidad del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático o en casos graves de incumplimiento de los principios y derechos fundamentales en el trabajo de la OIT.

La aplicación de sanciones comerciales se ajustará a las normas generales de solución de diferencias entre Estados.

20.Priorizará la ejecución de las sanciones en materia de comercio y desarrollo sostenible en función de la importancia de la naturaleza de los compromisos en cuestión, la gravedad de su incumplimiento y el impacto sobre el medio ambiente o los trabajadores.

4.Conclusión

Varios de los puntos de actuación definidos, en particular la mayoría de aquellos relacionados con la aplicación de los compromisos en materia de comercio y desarrollo sostenible y el refuerzo del papel de la sociedad civil, pueden implementarse inmediatamente, incluso en los acuerdos comerciales ya en vigor.

De cara al futuro, el resultado de la revisión de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible se propondrá para todas las futuras negociaciones y se reflejará en las negociaciones en curso, según proceda. La Comisión integrará debidamente los puntos de actuación identificados en una fase temprana de su actividad de prenegociación.

La Comisión invita al Parlamento Europeo y al Consejo a que respalden el enfoque expuesto en la presente Comunicación y a que colaboren para ejecutar sus puntos de actuación.

(1)

Documento oficioso de los servicios de la Comisión «Feedback and way forward on improving the implementation and enforcement of Trade and Sustainable Development sections in EU Free Trade Agreements» [«Observaciones y perspectivas para la mejora de la aplicación y el cumplimiento de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible de los acuerdos de libre comercio de la UE», documento en inglés]. El plan de acción de quince puntos incluye medidas para hacer más eficaz la aplicación de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible y mejorar su cumplimiento en cuatro rúbricas: i) colaboración; ii) permitir que la sociedad civil, incluidos los interlocutores sociales, desempeñen el papel que les corresponde en la aplicación; iii) resultados; y iv) transparencia y comunicación. Está disponible en https://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2018/february/tradoc_156618.pdf .

(2)

COM(2019) 640, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52019DC0640&qid=1656408069096 . 

(3)

Véase https://policy.trade.ec.europa.eu/development-and-sustainability/sustainable-development/sustainable-development-eu-trade-agreements_en . 

(4)

Velut, J. et al.: Comparative Analysis of Trade and Sustainable Development Provisions in Free Trade Agreements [«Análisis comparativo de las disposiciones sobre comercio y desarrollo sostenible de los acuerdos de libre comercio», documento en inglés], LSE Consulting, Londres, 2022, disponible en: https://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2022/february/tradoc_160043.pdf . 

(5)

Véase https://policy.trade.ec.europa.eu/consultations/open-public-consultation-trade-and-sustainable-development-tsd-review_en . 

(6)

Las exportaciones de la UE están detrás de 38 millones de puestos de trabajo (dos tercios más con respecto a 2000) y la importancia del comercio para generar prosperidad para los ciudadanos de la UE seguirá aumentando en el futuro: se espera que, de aquí a 2026, el 86 % del crecimiento mundial se genere fuera de la UE.

(7)

 COM(2021) 66, disponible en https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=cellar:5bf4e9d0-71d2-11eb-9ac9-01aa75ed71a1.0010.02/DOC_1&format=PDF . 

(8)

COM(2022) 66, disponible en https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_22_1187 . 

(9)

A saber, la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil; y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación. El 10 de junio de 2022, la OIT modificó la Declaración de 1998 y añadió un nuevo principio sobre seguridad y salud en el trabajo a la lista de principios fundamentales.

(10)

En consonancia con los instrumentos internacionales pertinentes, tales como los Principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT y el Pacto Mundial de las Naciones Unidas.

(11)

COM(2021) 564, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/es/TXT/?uri=CELEX:52021PC0564 .

(12)

 COM(2021) 706, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52021PC0706 . 

(13)

COM(2021) 390, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52021DC0390 . 

(14)

COM(2022) 71, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52022PC0071 . 

(15)

 COM(2022) 142, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52022PC0142.

(16)

Véase la nota a pie de página 8.

(17)

COM(2021) 579, disponible en https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=cellar:0fe49a24-1c94-11ec-b4fe-01aa75ed71a1.0010.02/DOC_1&format=PDF . 

(18)

Véase https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/IP_21_6882 . 

(19)

Véase https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/IP_22_3792.

(20)

Véase https://ec.europa.eu/commission/commissioners/2019-2024/dombrovskis/announcements/speech-executive-vice-president-valdis-dombrovskis-trade-climate-cop26_en . 

(21)

 Véase https://policy.trade.ec.europa.eu/news/ban-export-credits-coal-fired-electricity-projects-agreed-oecd-2021-10-22_en . 

(22)

El seguimiento y el cumplimiento de los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible de los acuerdos comerciales, sin olvidar la posibilidad de establecer un mecanismo basado en sanciones como último recurso, también figuran entre las 49 propuestas incluidas en el informe final de la Conferencia sobre el Futuro de Europa. Véase «Conference on the Future of Europe – Report on the Final Outcome» [«Conferencia sobre el Futuro de Europa: Informe sobre el resultado final», documento en inglés], mayo de 2022, propuesta n.º 19, apartado 4, p. 63.

(23)

COM(2020) 380, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:52020DC0380.

(24)

Los grupos consultivos internos son organismos creados en virtud de los acuerdos comerciales y compuestos por representantes independientes de los grupos de la sociedad civil, tales como las organizaciones no gubernamentales, las empresas y los sindicatos, con una representación equilibrada de diferentes intereses económicos, sociales, medioambientales, de derechos humanos y de otra índole. Los GCI supervisan la aplicación de los compromisos de desarrollo sostenible contemplados en los acuerdos comerciales y ofrecen asesoramiento y opiniones a las Partes contratantes correspondientes.

(25)

Véase https://policy.trade.ec.europa.eu/enforcement-and-protection/chief-trade-enforcement-officer_en . 

(26)

Véase https://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2021/november/tradoc_159907.pdf . 

(27)

«Operating guidelines for the Single Entry Point and complaints mechanism for the enforcement of EU trade agreements and arrangements» [«Directrices operativas para la ventanilla única y el mecanismo de denuncia para el cumplimiento de los acuerdos y arreglos comerciales de la UE», documento en inglés], disponible en  https://trade.ec.europa.eu/access-to-markets/en/form-assets/operational_guidelines.pdf . 

(28)

La solución de diferencias en materia de comercio y desarrollo sostenible sigue el procedimiento del mecanismo de control del cumplimiento entre Estados aplicable a otras partes del acuerdo comercial con algunos ajustes (como los conocimientos especializados necesarios en materia de comercio, trabajo y medio ambiente de los expertos), pero sin la posibilidad de recurrir a sanciones en caso de incumplimiento del informe del grupo de expertos.

(29)

Por ejemplo, presentando observaciones amicus curiae o asistiendo a audiencias públicas.

(30)

Basándose en el desarrollo del futuro marco mundial de la diversidad biológica, en particular en lo que se refiere al establecimiento de objetivos en materia de biodiversidad y un mecanismo adecuado para la presentación de informes y el seguimiento a escala internacional, la Comisión evaluará la posibilidad de incluir el Convenio sobre la Diversidad Biológica en este nuevo enfoque.

Top