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Document 52020DC0806

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 bis del Código Aduanero de la Unión, sobre los progresos realizados en el desarrollo de los sistemas electrónicos establecidos en virtud del Código

    COM/2020/806 final

    Bruselas, 14.12.2020

    COM(2020) 806 final

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

    de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 bis del Código Aduanero de la Unión, sobre los progresos realizados en el desarrollo de los sistemas electrónicos establecidos en virtud del Código

    {SWD(2020) 339 final}


    Índice

    1.Introducción

    2.Antecedentes

    3.Metodología de los proyectos para los sistemas electrónicos establecidos en virtud del CAU

    4.Panorama general de los progresos realizados respecto de los sistemas electrónicos establecidos en virtud del CAU

    5Resumen de LA gestión y conclusiones



    1.Introducción

    El 13 de diciembre de 2019 se publicó el primer informe anual de situación 1 de la Comisión sobre la implantación de los sistemas electrónicos establecidos en virtud del Código Aduanero de la Unión (CAU) y el documento de trabajo de los servicios de la Comisión 2 que lo acompaña. El informe anual de este año explicará los continuos avances en el desarrollo de los sistemas electrónicos y describirá los progresos realizados hacia la consecución de un entorno plenamente digital en el ámbito aduanero desde la entrada en vigor del CAU. Para tal fin, se basa en el programa de trabajo del CAU 3 , que se considera la referencia para la comunicación de los progresos.

    Los proyectos enumerados en el programa de trabajo del CAU se pueden dividir en tres categorías de sistemas:

    I)once sistemas transeuropeos centrales que la Comisión debe desarrollar o perfeccionar (y que a menudo requieren, asimismo, la introducción de cambios o mejoras de los sistemas nacionales por parte de los Estados miembros);

    II)tres sistemas transeuropeos descentralizados cuyo desarrollo o perfeccionamiento corresponde a la Comisión, pero que constan de un importante componente nacional que debe ser aplicado por los Estados miembros; y

    III)tres sistemas nacionales cuyo desarrollo o perfeccionamiento corresponde exclusivamente a los Estados miembros.

    El presente informe analiza los progresos tangibles realizados respecto de los tres tipos de sistemas, destacando los objetivos que debe alcanzar cada proyecto, su arquitectura y el enfoque aplicado en su planificación. Sobre esta base, subraya los posibles retrasos y, cuando ha sido posible determinarlas, las medidas de mitigación previstas. La evaluación general de los progresos en la aplicación del programa de trabajo del CAU se resume en la sección de conclusiones del presente informe y demuestra que la mayoría de los proyectos restantes están bien encaminados hacia su finalización según el calendario previsto. En el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que se presenta junto con el presente informe 4 se ofrece información más pormenorizada sobre la planificación y el estado de cada proyecto.

    2.Antecedentes

    El CAU entró en vigor el 1 de mayo de 2016 y, tras su modificación en 2019 5 , fija en 2020, 2022 y 2025 los plazos para la finalización progresiva de los trabajos de transición informática y de aplicación de esta. Su artículo 278 dispone que los sistemas electrónicos y en soporte papel existentes pueden seguir utilizándose para el cumplimiento de las formalidades aduaneras (las denominadas «medidas transitorias») hasta que estén operativos los sistemas electrónicos nuevos o perfeccionados pertinentes previstos por el CAU. Las medidas de transición deben suprimirse una vez se hayan implantado los sistemas electrónicos pertinentes.

    Con el fin de apoyar este complejo proceso de transición electrónica hacia un entorno plenamente digital en el ámbito aduanero, el programa de trabajo del CAU establece plazos para cada sistema electrónico (y sus posibles fases) durante el período 2020-2025.

    El artículo 278 bis obliga a la Comisión a presentar un informe anual sobre los progresos realizados en el despliegue de los sistemas electrónicos pendientes. Con este fin, la Comisión recopiló información sobre los progresos basándose en: 1) los planes nacionales que los Estados miembros deben presentar dos veces al año (en enero y junio); y 2) una encuesta distribuida entre sus servicios y entre los Estados miembros para recoger datos sobre los avances.

    La información sobre la planificación y los progresos recogida por los Estados miembros y la Comisión e incorporada al presente informe refleja la situación real a finales de junio y proporciona una estimación de los avances que se habrán logrado antes de que finalice 2020. Tal y como se anunció en el informe de 2019, el informe de 2020 también contiene un análisis basado en datos más pormenorizados aportados por los Estados miembros en el marco de los programas nacionales de coordinación establecidos desde 2020 en relación con los principales sistemas transeuropeos descentralizados en el ámbito del tránsito y la exportación.

    También se compararon los datos recopilados con los de 2019, con el fin de detectar cambios importantes. En la encuesta se pedía a los gestores de los proyectos que indicaran cualquier demora de la que se tuviera conocimiento en los calendarios de planificación de los sistemas electrónicos, las razones de dichas demoras y las medidas adoptadas al respecto. La encuesta ha proporcionado datos tanto cuantitativos en forma de plazos y etapas, alcanzados o no, como cualitativos, en forma de descripciones pormenorizadas de los retos a los que ha habido que hacer frente, los riesgos previstos y la complejidad estimada de los proyectos.

    3.Metodología de los proyectos para los sistemas electrónicos establecidos en virtud del CAU

    El desarrollo de los sistemas electrónicos es una tarea que consta de varias fases.

    -En primer lugar, se prepara una argumentación económica que sirve para justificar el proyecto y determinar las necesidades presupuestarias. Normalmente, esta argumentación económica abarca el contexto empresarial, la descripción del problema, la descripción del proyecto o su ámbito de aplicación, las soluciones alternativas, los costes que lleva aparejados y un calendario.

    -En la fase siguiente, se crea un documento de visión, que ofrece información más pormenorizada sobre la definición del proyecto en términos de arquitectura, costes, plazos y riesgos, así como información relativa, por ejemplo, a las etapas del proyecto, los resultados que se esperan de él y su organización.

    -A continuación, tiene lugar la modelización de los procesos empresariales, a través de la cual los procesos empresariales previstos por la legislación se representan visualmente como flujos o modelos de procesos, para contribuir al desarrollo de las especificaciones funcionales de los sistemas. La representación visual de los modelos de procesos tiene la ventaja de garantizar una comprensión y un análisis comunes.

    -En este contexto, se elaboran especificaciones técnicas para detallar cómo se construirá el sistema, la arquitectura que deberá utilizarse, los mensajes que deberán enviar los operadores económicos y las aduanas, las interfaces con otros sistemas, los planes de pruebas, etc.

    En los proyectos del CAU desarrollados recientemente, se ha optimizado la metodología de los proyectos y se han desarrollado en mayor medida la modelización de los procesos empresariales, la modelización de los datos y las especificaciones técnicas en paralelo y mediante una estrecha colaboración desde el principio con los expertos de los ámbitos legal, empresarial e informático, tanto por parte de la Comisión como de las administraciones nacionales, y en consulta con los representantes del sector comercial. Además, se han ido aplicando gradualmente modelos iterativos de desarrollo e implantación en el curso de varios proyectos.

    La Comisión y los Estados miembros se reúnen periódicamente para definir y acordar estos documentos de los proyectos para cada uno de los sistemas transeuropeos. Además, la Comisión consulta sistemáticamente a la comunidad comercial a través del Grupo de contacto con los operadores. Uno de los principales desafíos es garantizar que los sistemas existentes siguen funcionando sin dificultades mientras se desarrollan los nuevos sistemas. Una vez estén listos, será de vital importancia garantizar una transición sin contratiempos de los sistemas actuales a los mejorados. Es crucial asegurarse de que las operaciones comerciales y aduaneras no se verán afectadas.

    4.Panorama general de los progresos realizados respecto de los sistemas electrónicos establecidos en virtud del CAU

    El programa de trabajo del CAU contiene diecisiete proyectos orientados al desarrollo de los sistemas electrónicos necesarios, incluidos catorce sistemas transeuropeos de los cuales es responsable la Comisión, junto con los Estados miembros, y tres de ellos que son responsabilidad exclusivamente de los Estados miembros.

    4.1 A finales de 2020, la Comisión puede comunicar el perfeccionamiento o la implantación satisfactorios de ocho de los diecisiete sistemas.

    Concretamente, en el informe de este año se destaca la implantación satisfactoria del sistema de Fichas de información para los Regímenes Especiales en el ámbito del CAU (SP INF) el 1 de junio de 2020. Este nuevo sistema armoniza el enfoque para la gestión eficaz de los regímenes de perfeccionamiento activo y pasivo y mejora la supervisión y el control entre las distintas aduanas.

    Los ocho sistemas transeuropeos que ya han sido completados (sistemas nuevos y actualizaciones) son los siguientes:

    ·Sistema de Registro de Exportadores en el ámbito del CAUREX (nuevo): implantado en 2017.

    ·Decisiones Aduaneras en el ámbito del CAU  CDS (nuevo): implantado en 2017.

    ·Acceso directo de los operadores a los Sistemas de Información Europeos en el ámbito del CAU (Gestión Uniforme de Usuarios y Firma Digital) – UUM&DS (nuevo): implantado en 2017.

    ·Mejora del Sistema de Registro e Identificación de Operadores Económicos en el ámbito del CAUEORI2 (perfeccionado): implantado en 2018.

    ·Vigilancia 3 en el ámbito del CAU SURV3 (perfeccionado): implantado en 2018.

    ·Información Arancelaria Vinculante en el ámbito del CAUIAV (perfeccionado): tiene por objeto armonizar con las normas del CAU la antigua base de datos que incluye toda la información arancelaria vinculante emitida por las autoridades aduaneras de los Estados miembros. La mejora de los mecanismos de control garantizará que todos los derechos de aduana y el IVA conexo legalmente adeudados se recauden correctamente y pueda detectarse el fraude de forma más eficaz. En octubre de 2017 se completaron las etapas 1 y 2 de la primera fase. La segunda fase sufrió un retraso de dos trimestres durante la fase de elaboración. No obstante, se mantuvo el objetivo fijado para la planificación general, y el sistema eIAV armonizado con el CAU se implantó en octubre de 2019. Ello supuso asimismo la construcción del acceso a este sistema a través del Portal de Aduanas para los Operadores de la UE.

    ·Sistema de Operadores Económicos Autorizados en el ámbito del CAUAEO (perfeccionado): tiene como finalidad mejorar los procesos empresariales relacionados con las solicitudes y autorizaciones AEO teniendo en cuenta los cambios en las disposiciones jurídicas del CAU. La fase 1 finalizó el 5 de marzo de 2018 y la fase 2, parte 1, se completó el 1 de octubre de 2019, incluidos los nuevos requisitos del CAU en lo relativo a la presentación electrónica a través del Portal de Aduanas para los Operadores de la UE y a los cambios en relación con el proceso de toma de decisiones. La fase 2, parte 2 (procesos ulteriores) se implantó en diciembre de 2019.

    ·Fichas de información para los Regímenes Especiales en el ámbito del CAUSP INF (nuevo): desarrolla un nuevo sistema para apoyar y racionalizar los procesos de gestión de datos y el tratamiento electrónico de los datos requeridos en el contexto de las formalidades aduaneras conocidas bajo la denominación de regímenes especiales. Habiendo tenido en cuenta la experiencia del proyecto piloto, se realizaron algunos ajustes y el sistema INF completo se implantó dentro de plazo, el 1 de junio de 2020.

    4.2 Por lo que respecta a los nueve proyectos que siguen en curso, el objetivo del presente informe es destacar los logros alcanzados en 2020 y demostrar la colaboración continua entre la Comisión y los Estados miembros.

    4.2.1Los seis proyectos transeuropeos

    En 2020 se elaboraron y acordaron una serie de documentos sobre proyectos informáticos como base para la tarea de desarrollo de los sistemas (véanse más adelante los avances de cada proyecto).

    Los seis proyectos transeuropeos con su arquitectura específica, que en algunos casos requiere una combinación de componentes centrales y nacionales y una o varias fases de proyecto, deberán haberse completado a más tardar el 31 de diciembre de 2025, con arreglo al artículo 278, apartado 3, del CAU. Dichos proyectos se describen a continuación junto con los avances realizados en su compleción:

    ·Gestión de las Garantías en el ámbito del CAUGUM (nuevo): su objetivo es garantizar la gestión y asignación en tiempo real de los distintos tipos de garantías en la UE en su conjunto. Está previsto que la mejora de la velocidad de tramitación, la trazabilidad y la cooperación de las aduanas en la supervisión de las garantías por medios electrónicos se traduzca en una detección más rápida de los casos en los que las garantías no se consideran válidas o no bastan para cubrir la deuda contraída o que pueda originarse.

    Avances: habida cuenta de las etapas legislativas previstas en el programa de trabajo del CAU, las especificaciones técnicas deberán completarse, a más tardar, el 30 de septiembre de 2022 en lo que respecta al componente 1 del proyecto relativo a la GUM transeuropea y el 30 de noviembre de 2024 en lo que respecta al componente 2 del proyecto, relacionado con el sistema nacional de gestión de las garantías. La argumentación económica para la GUM transeuropea fue sometida a varias rondas de diálogo sobre el alcance y las opciones de aplicación de la misma. Por último, en 2020 la Comisión acordó con los Estados miembros la reutilización de un sistema ya existente mediante la incorporación de requisitos específicos para la GUM. Por lo que respecta al sistema nacional de gestión de las garantías, cuatro Estados miembros notificaron la implantación del sistema nacional y otros tres están avanzando en las especificaciones técnicas. Sin embargo, es posible que la reorientación del alcance de la GUM transeuropea requiera ajustes adicionales.

    ·Mejora del Sistema de Control de la Importación en el ámbito del CAUICS2 (perfeccionado): tiene como finalidad reforzar la seguridad y la protección de la cadena de suministro mediante la mejora de la calidad de los datos, así como de su presentación, disponibilidad y puesta en común en relación con las notificaciones previas a la llegada («declaraciones sumarias de entrada») y con la información conexa sobre riesgos y control. En particular, el proyecto facilitará también la colaboración entre los Estados miembros en el proceso de análisis de riesgos. El proyecto se ejecutará en tres entregas a fin de permitir una transición viable por modo de transporte.

    Avances: las especificaciones técnicas para las entregas 1 y 2 del ICS2 se completaron el 30 de junio de 2018. La entrega 1 del ICS2 está prevista para el 15 de marzo de 2021 y abarcará la obligación de los operadores económicos pertinentes (operadores de servicios postales y empresas de transporte aéreo urgente) de facilitar datos mínimos, a saber, el conjunto de datos de la declaración sumaria de entrada previos a la carga. El trabajo va encaminado a la implantación, en los plazos previstos, del repositorio central del ICS2 y de la interfaz compartida con los operadores. Sin embargo, algunos Estados miembros han puesto de manifiesto que existe cierto riesgo de que se produzcan retrasos debido al ambicioso período establecido para las pruebas de conformidad.

    ·Prueba del Estatuto de la Unión en el ámbito del CAUPEU (nuevo): permitirá almacenar, gestionar y extraer todas las pruebas presentadas por los operadores para demostrar el estatuto de la Unión de su mercancía. Aunque este proyecto puede implantarse de forma centralizada o nacional, muchos Estados miembros han manifestado explícitamente su intención de utilizar el sistema central desarrollado por la Comisión Europea. Teniendo en cuenta la interdependencia de la aplicación del manifiesto aduanero de mercancías contemplado en el CAU como prueba del estatuto de la Unión y de la ventanilla única marítima europea, el proyecto se completará en dos fases para evitar incoherencias y reducir riesgos.

    Avances: como ya se indicó en el informe del año pasado, los Estados miembros que muestran preferencia por implantar un componente del sistema a nivel nacional han informado de que tienen dificultades para predecir si su aplicación se ajustará al calendario indicado en el programa de trabajo, ya que el proyecto aún se encuentra en una fase temprana. Los procesos empresariales y las especificaciones funcionales de la fase 1 de la PEU fueron aprobados por los Estados miembros en el primer trimestre de 2020 y el documento de visión se completó en el tercer trimestre de ese mismo año.

    ·Despacho Centralizado de las Importaciones en el ámbito del CAU – CCI (nuevo): este proyecto tiene como finalidad permitir que las mercancías se incluyan en un régimen aduanero utilizando el despacho centralizado, de modo que los operadores económicos puedan centralizar sus actividades comerciales desde el punto de vista aduanero. La tramitación de la declaración en aduana y el despacho físico de las mercancías serán coordinados por las aduanas correspondientes. El sistema se basará en los nuevos sistemas nacionales de importación y permitirá el funcionamiento automático del procedimiento de despacho centralizado a nivel europeo.

    Avances: las especificaciones técnicas de la fase 1 del CCI se completaron y aprobaron en 2020, en vista de la fecha de implantación prevista para el 1 de marzo de 2022 por los Estados miembros precursores. Dos Estados miembros han comunicado que han completado las especificaciones técnicas de la fase 1, mientras que otros cinco están en proceso de hacerlo.

    La argumentación económica para la fase 2 del CCI finalizó en octubre de 2019. Los procesos empresariales y las especificaciones funcionales para la fase 2 se completaron en 2020 y las especificaciones técnicas están previstas para el 30 de junio de 2022 en vista de la fecha de implantación prevista para el 2 de octubre de 2023.

    ·Nuevo Sistema de Tránsito Informatizado en el ámbito del CAUNSTI (perfeccionado): el Nuevo Sistema de Tránsito Informatizado adapta el sistema de tránsito común y de la Unión actual a las nuevas disposiciones del CAU, lo que conlleva la adaptación de los intercambios de información a los requisitos en materia de datos en el ámbito del CAU, y el perfeccionamiento y el desarrollo de las interfaces con otros sistemas.

    Avances: no se han registrado retrasos con respecto a la fase 5 del NSTI, las especificaciones técnicas se completaron y aprobaron, al igual que la estrategia de transición en el ámbito informático. Actualmente el proyecto está bien encaminado y debe completarse a más tardar el 1 de diciembre de 2023 con arreglo al programa de trabajo del CAU; la primera implantación por parte de los Estados miembros precursores está prevista para marzo y diciembre de 2021. Cuatro Estados miembros han notificado que ya han completado sus especificaciones técnicas para la fase 5, mientras que otros nueve siguen trabajando en ello.

    Para la fase 6 del NSTI (interconexión con otros sistemas), en 2020 se llevó a cabo un estudio de viabilidad que aportará información para la argumentación económica que debe completarse a principios de 2021.

    ·Sistema Automatizado de Exportación en el ámbito del CAUAES [perfeccionamiento del actual sistema transeuropeo (componente 1 del proyecto) y de los actuales Sistemas de Exportación Nacionales (componente 2 del proyecto)]: tiene como finalidad aplicar los requisitos del CAU en materia de exportación y salida de las mercancías. El proyecto relacionado con el AES transeuropeo supone la aplicación de las simplificaciones previstas en el CAU y destinadas al sector comercial a fin de facilitar la exportación de mercancías por parte de las empresas europeas, como por ejemplo el despacho centralizado para las exportaciones, y de las obligaciones impuestas por el CAU a fin de controlar mejor las mercancías que salen del territorio aduanero de la UE con objeto de prevenir el fraude.

    Avances: se han completado y aprobado las especificaciones técnicas para el AES transeuropeo, al igual que la estrategia de transición en el ámbito informático. Actualmente el proyecto está bien encaminado y deberá completarse a más tardar el 1 de diciembre de 2023 con arreglo al programa de trabajo del CAU; su primera implantación por parte de los Estados miembros precursores está prevista para marzo de 2021. En lo que respecta al componente 2 del proyecto, relativo a la mejora de los Sistemas Nacionales de Exportación, las especificaciones técnicas deberán estar terminadas a más tardar el 1 de septiembre de 2022. Los Estados miembros deben completar el componente de exportación de sus sistemas para los Regímenes Especiales al mismo tiempo que el AES. Cuatro Estados miembros han comunicado que ya han completado las especificaciones técnicas para el componente 1, mientras que otros ocho siguen trabajando en ello.

    En resumen, por lo que respecta a los seis proyectos transeuropeos restantes, la Comisión y los Estados miembros están bien encaminados hacia el cumplimiento de los plazos legales acordados en el marco del CAU y su programa de acción, así como de las etapas de los proyectos establecidas en los planes estratégicos plurianuales para las aduanas (MASP-C) de 2019.

    De cara a la inminente introducción de los sistemas en 2021 y 2022, es importante señalar algunos progresos fundamentales:

    en primer lugar, se han logrado avances decisivos en la preparación y los ensayos de la primera entrega del Sistema de Control de la Importación 2 (ICS2) y el proyecto está bien encaminado hacia su implantación en marzo de 2021.

    En segundo lugar, se han completado las especificaciones técnicas para los sistemas transeuropeos descentralizados esenciales en el ámbito de la importación, el tránsito y la exportación, a saber, la fase 1 del Despacho Centralizado de las Importaciones (CCI), la fase 5 del Nuevo Sistema de Tránsito Informatizado (NSTI) y el Sistema Automatizado de Exportación (AES). Además, la tarea de desarrollo por parte de los Estados miembros y la Comisión va por buen camino. Por otro lado, se ha aprobado la argumentación económica para la Gestión de las Garantías (GUM).

    Para la fase 5 del NSTI y el AES, el programa de trabajo del CAU prevé un lapso de introducción que comenzará en marzo de 2021. Los Estados miembros precursores se sumarán en marzo y diciembre de 2021 y otros Estados miembros se sumarán hasta finales de 2023.

    Todas las administraciones nacionales confirmaron que tenían previsto poner en funcionamiento el AES y la fase 5 del NSTI durante el lapso de introducción previsto desde el primer trimestre de 2021 hasta el cuarto trimestre de 2023, en plena consonancia con el programa de trabajo del CAU. Esto se ilustra en los gráficos 1 y 2. La barra amarilla indica el plazo límite para que los Estados miembros preparen la clausura de los sistemas de exportación y tránsito actuales y pongan en funcionamiento los nuevos, con el fin de estar preparados para cumplir el plazo legal que señala la barra roja.

    Gráfico 1. Entrada en funcionamiento del AES en las administraciones nacionales

    Gráfico 2. Entrada en funcionamiento de la fase 5 del NSTI en las administraciones nacionales

    La Comisión también ha enviado a los Estados miembros un paquete de documentación actualizado sobre las condiciones de colaboración y los acuerdos de nivel de servicio para el funcionamiento de los servicios centrales y para la gestión de la disponibilidad y continuidad de los sistemas. Se trata de un trabajo importante que apuntala el correcto funcionamiento y la disponibilidad de los sistemas transeuropeos.

    Por último, es importante destacar que, teniendo en cuenta la aplicación del programa de trabajo del CAU, en diciembre de 2020, las actividades llevadas a cabo por la Comisión representan aproximadamente el 79 % (en el informe del año pasado suponían el 66 %) de la totalidad de la labor de desarrollo que debe finalizar a más tardar en 2025. Este porcentaje se basa en indicadores clave de rendimiento para las actividades asignadas a la Comisión únicamente y no refleja las actividades que deben llevar a cabo los Estados miembros. El siguiente cuadro refleja las previsiones teniendo en cuenta los progresos y la planificación proporcionada por los servicios de la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera.

    % realizado

    Antes de finalizar 2020

    79 %

    Antes de finalizar 2021

    85 %

    Antes de finalizar 2022

    90 %

    Antes de finalizar 2023

    95 %

    Antes de finalizar 2024

    97 %

    Antes de finalizar 2025

    100 %

    Gráfico 3. Estimación aproximada del porcentaje de actividades de desarrollo de la Comisión que ya se han completado

    4.2.2Los tres proyectos nacionales

    Los Estados miembros deben completar el perfeccionamiento de sus tres sistemas nacionales a más tardar en 2022. Sin embargo, esto no incluye el componente de exportación del sistema nacional relativo a los Regímenes Especiales, cuya actividad y planificación están interrelacionadas con el Sistema Automatizado de Exportación (AES).

    Los tres sistemas correspondientes a los Estados miembros que deben estar implantados, a más tardar, el 31 de diciembre de 2022, con arreglo al artículo 278, apartado 2, del CAU son los siguientes:

    ·Notificación de la Llegada, Notificación de la Presentación y Depósito Temporal en el ámbito del CAU (NA, PN y TS) – (perfeccionado): definen la automatización de procesos a nivel nacional en relación con las notificaciones de llegada de los medios de transporte, la presentación de mercancías y las declaraciones para depósito temporal, tal y como se describen en el CAU. Este proyecto promueve la armonización en todos los Estados miembros del intercambio de datos entre los operadores comerciales y las aduanas.

    Avances: Bélgica ha puesto en marcha una iniciativa de colaboración con otros doce Estados miembros interesados a fin de preparar las especificaciones. Un equipo de expertos, cofinanciado por el programa Aduana 2020, seguirá colaborando para aportar la documentación funcional y técnica adecuada y los paquetes de ensayo. La NA, la PN y el TS han sido completados por uno, cuatro y tres Estados miembros, respectivamente. En comparación con la planificación proporcionada el año pasado, algunos Estados miembros han optado por integrar este proyecto en el ICS2. Debido a ello, algunos Estados miembros han comunicado fechas de introducción posteriores al plazo establecido en el programa de trabajo del CAU.

    ·Sistemas Nacionales de Importación en el ámbito del CAUNIS (perfeccionado): tiene como finalidad aplicar todos los procesos y requisitos en materia de datos derivados del CAU relativos a las importaciones. Los Estados miembros deben desarrollar especificaciones técnicas a su nivel como primer paso hacia la compleción de los sistemas.

    Avances: todos los Estados miembros han comunicado a la Comisión que están trabajando en estas especificaciones y que se completarán a más tardar el 1 de julio de 2021. Nueve Estados miembros han completado ya sus especificaciones técnicas y otros siete están trabajando en ellas. En comparación con el informe del año pasado, se han notificado algunos cambios en la planificación de las etapas intermedias, pero todos los Estados miembros están bien encaminados hacia la consecución del hito de implantación en 2022.

    ·Regímenes Especiales en el ámbito del CAU  (SP) (perfeccionado): tiene por objeto armonizar y facilitar los regímenes especiales (depósito aduanero, destino final, importación temporal y perfeccionamiento activo y pasivo). Los Estados miembros tendrán que efectuar todos los cambios que exige el CAU respecto de estos regímenes especiales en sus sistemas nacionales. El componente 1 (exportación) de los SP se ejecutará en consonancia y como parte del proyecto del Sistema Automatizado de Exportación (AES) en el ámbito del CAU (cuyo plazo de introducción se ha fijado para 2025), mientras que el componente 2 (importación) formará parte del perfeccionamiento del proyecto de los Sistemas Nacionales de Importación en el ámbito del CAU (cuyo plazo de introducción se ha fijado para 2022).

    Avances: un Estado miembro ha completado sus especificaciones técnicas para el componente 1 de los SP, mientras que otros nueve las han completado para el componente 2. Existen interrelaciones con el AES y con la mejora de los Sistemas Nacionales de Importación. Hasta ahora, los Estados miembros no han notificado demoras y todos están bien encaminados hacia el cumplimiento del primer plazo fijado para 2022.

    Resumiendo: por lo que respecta a los sistemas nacionales, los Estados miembros están realizando grandes esfuerzos, a veces mediante una intensa colaboración, por avanzar en la implantación de los requisitos para la NA, la PN y el TS, los ajustes en los Sistemas Nacionales de Importación y los regímenes especiales interrelacionados. Dado que se aproxima el vencimiento de los plazos de implantación (31 de diciembre de 2022 para los tres proyectos nacionales), los Estados miembros deben prestar especial atención a esta cuestión, concretamente los diez Estados miembros que no pudieron confirmar la implantación de la NA dentro del plazo fijado, los cuatro Estados miembros que no lo pudieron hacer con respecto a la PN y los tres Estados miembros que no lo pudieron hacer con respecto al TS, tal y como se muestra en los cuadros 9, 10 y 11 del documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña al presente informe.

    4.3 Riesgo de retrasos

    El 12 de febrero de 2020, la Comisión presentó al Consejo el primer informe anual de situación del CAU de 2019. Las principales observaciones recibidas al respecto fueron las siguientes:

    ·el informe parecía demasiado optimista;

    ·en el informe faltaba información sobre la sostenibilidad financiera de la aplicación del CAU (en particular, sobre la viabilidad del ICS2);

    ·la estabilidad del anexo B (requisitos comunes en materia de datos) del CAU es fundamental.

    En respuesta a las observaciones del Consejo, la Comisión confía en que el presente informe presente una visión general correcta de la situación, ya que se basa, por un lado, en las propias actividades que desarrolla para avanzar con respecto a los sistemas transeuropeos centrales y, por otro, en las actividades de los Estados miembros, según se comunican a la Comisión. Se solicitó a los Estados miembros que en sus informes sobre los elementos descentralizados de los sistemas transeuropeos y sobre sus sistemas nacionales aportaran una visión realista de los progresos realizados con respecto a los proyectos y de los riesgos detectados.

    En cuanto a la sostenibilidad y la situación en el ámbito financiero, en las conclusiones del Consejo sobre el marco financiero plurianual, la asignación presupuestaria aprobada para el programa Aduana ascendió a 950 millones EUR. Esto representa un compromiso significativo de llevar a cabo y apoyar económicamente el trabajo de las aduanas y, en particular, el desarrollo de sistemas electrónicos durante el período que transcurra hasta 2027. En este contexto, la Comisión ya no considera que exista un riesgo de falta de presupuesto de la UE para el desarrollo de los componentes de los sistemas bajo su responsabilidad. Cabe señalar que en el momento en que se redacta el presente informe, se está negociando el presupuesto con el Parlamento Europeo, así que es posible que esta cifra no sea la definitiva.

    La inestabilidad del anexo B del Acto Delegado del CAU (AD CAU) 6 y del Acto de Ejecución del CAU (AE CAU) 7 , así como las inminentes modificaciones, fueron mencionadas por el Consejo y las administraciones aduaneras de los Estados miembros como un riesgo importante en el marco del informe del año pasado. Los requisitos comunes en materia de datos recogidos en el anexo B se utilizan para los sistemas nacionales y transeuropeos y la aplicabilidad de las distintas columnas del anexo B del AD CAU está vinculada a las fechas de implantación de los sistemas electrónicos definidos en el programa de trabajo del CAU. A la Comisión le complace comunicar que, gracias a los progresos realizados en 2020, el riesgo ha disminuido. La labor de armonización de los requisitos comunes en materia de datos para las declaraciones, las notificaciones y la prueba del estatuto aduanero de las mercancías de la Unión, ha concluido y ha quedado reflejada en las modificaciones del AD CAU y el AE CAU, que serán adoptadas por la Comisión a principios de 2020. Estas modificaciones se precisaban para garantizar que las disposiciones legales se ajustaran plenamente a las especificaciones funcionales y técnicas para los sistemas transeuropeos, así como para garantizar la estabilidad necesaria.

    En cuanto a la encuesta para evaluar los progresos realizados en 2020, la Comisión avanza correctamente en el desarrollo de los proyectos bajo su responsabilidad y no se han detectado ni materializado retrasos que excedan los plazos legales. Además, no se han notificado riesgos importantes que puedan traducirse en un retraso de la implantación.

    Los Estados miembros también están avanzado de forma significativa en el desarrollo de los proyectos de los que son responsables. Sin embargo, tal y como se expone en la sección 4.2, existe un proyecto con respecto al que se ha notificado un retraso que excede el plazo legal (en este caso, el 31 de diciembre de 2022), a saber, el proyecto relativo a la NA, la PN y el TS, clasificado como proyecto estrictamente nacional. Los retrasos comunicados por los Estados miembros se especifican en los cuadros 9, 10 y 11 del documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña al presente informe y pueden resumirse de la siguiente manera:

    ·por lo que respecta a la introducción de la Notificación de la Llegada, los siguientes Estados miembros han establecido una fecha prevista de implantación posterior al plazo contemplado en el programa de trabajo del CAU: BE, BG, DE, EE, ES, FI, FR, NL y RO. DK no ha previsto ninguna fecha para la implantación de la NA.

    Más concretamente, cuatro Estados miembros han notificado que utilizarán la NA integrada en la entrega 2 del ICS2 (implantación prevista para el 1 de marzo de 2023). En ocho Estados miembros, el retraso se limita a un período de dos a tres meses.

    ·Para la introducción de la Notificación de la Presentación y del Depósito Temporal, los siguientes Estados miembros han indicado una fecha prevista de implantación para la PN posterior al plazo contemplado en el programa de trabajo: BE, FR y NL. DK no han comunicado ninguna fecha prevista para la implantación de la PN.

    En particular, en dos Estados miembros el retraso estimado se limita a un período de dos meses.

    Por lo que respecta al proyecto relativo a los Sistemas Nacionales de Importación, parece que el riesgo de retrasos mencionado por algunos Estados miembros en el informe del año pasado está bajo control y ya no se traduce en una finalización fuera de plazo, que pueda afectar al proyecto transeuropeo del CAU.

    En cuanto al proyecto nacional sobre los Regímenes Especiales, todos los Estados miembros indicaron que finalizaría en los plazos previstos, excepto para el componente de exportación, en relación con el cual un Estado miembro (DK) no indicó ninguna fecha.

    Del lado de los Estados miembros, desde el año pasado han vuelto a repetirse una serie de riesgos generales, que pueden afectar a los progresos de sus actividades. Una de las mayores fuentes de dificultades y riesgo de retrasos indicada por los Estados miembros es su falta de recursos y la necesidad de una mayor integración de los proyectos del CAU. En comparación con el informe del año pasado, solo persisten algunos casos en los que aún no se han adjudicado las licitaciones, en otros el riesgo relacionado con la contratación ha desaparecido. En lo relativo a la falta de recursos financieros, la aprobación por parte de la Comisión del programa de trabajo del CAU y del informe anual de situación a finales de 2019 contribuyó a que los Estados miembros obtuvieran recursos presupuestarios adicionales. Un Estado miembro comunicó explícitamente este resultado positivo. En cuanto a los recursos humanos, los Estados miembros han señalado reiteradamente que su escasez supone un riesgo particular de cara a la ejecución satisfactoria y oportuna de los proyectos. A menudo los recursos humanos trabajan en paralelo en otros proyectos informáticos. Además, existen muchos factores que contribuyen a la complejidad de los proyectos del CAU (en términos de interdependencias de los proyectos, transición y ensayos con los operadores económicos, integración en los sistemas).

    En el informe anual de situación de 2019, los Estados miembros ya indicaron las dificultades a las que se enfrentan para cumplir con las obligaciones en el ámbito de los sistemas aduaneros impuestas por el conjunto de medidas sobre el IVA del comercio electrónico, adoptado el 5 de diciembre de 2017 8 . Los Estados miembros mencionaron que con las implantaciones paralelas se corría el riesgo de provocar retrasos que impidieran completar los sistemas electrónicos establecidos en virtud del CAU en los plazos correspondientes. La Comisión ha seguido supervisando la situación este año. El 8 de mayo de 2020, la Comisión propuso posponer la introducción de normas nuevas durante seis meses (del 1 de enero de 2021 al 1 de julio de 2021 o más adelante). El 20 de julio de 2020, el Consejo aceptó esta propuesta y adoptó la legislación necesaria 9 . Gracias a este aplazamiento, los Estados miembros tienen más tiempo para cumplir los plazos legales para el desarrollo de los proyectos a escala nacional, y, en 2020, un número menor de Estados miembros comunicó un riesgo de impacto colateral de la iniciativa relativa al IVA del comercio electrónico en la aplicación del CAU. Principalmente dos Estados miembros notificaron la necesidad de modificar la planificación de algunas actividades del CAU y de ampliar las plataformas y prestar apoyo a los sistemas informáticos. Sin embargo, también afirmaron que estaban valorando la adopción de medidas de mitigación para evitar un retraso real en el inicio de la implantación. Cabe señalar que los Estados miembros valoraron el riesgo de forma conjunta con otros factores externos, como la COVID-19 y el Brexit (véanse las páginas 29, 35 y 41 del documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña al presente informe).

    Por lo que respecta a los desafíos que plantea la pandemia de COVID-19 y la salida del Reino Unido de la UE, la Comisión comunicó que sus propias actividades no se han visto afectadas por la COVID-19 y que se han adoptado medidas de mitigación para contrarrestar el impacto del Acuerdo de Retirada. Los Estados miembros comunicaron que los efectos no estaban claros en aquel momento, pero que cabía esperar un aumento de la presión sobre su planificación nacional y sobre el número de recursos humanos disponibles, tanto interna como externamente (contratistas del ámbito de las tecnologías de la información, operadores económicos).

    Para concluir, la evaluación de los principales riesgos para la implantación oportuna de los sistemas establecidos en virtud del CAU reveló que los riesgos afectan fundamentalmente a las actividades de los Estados miembros y están relacionados con la complejidad de los proyectos, la contratación y las dificultades contractuales, la limitación de los recursos, el proceso de transformación y algunos factores externos, como la COVID-19 y el Brexit. La Comisión continuará proporcionando apoyo a los Estados miembros en la aplicación de medidas de mitigación para evitar que los riesgos se materialicen en un retraso de la implantación de los sistemas electrónicos tal y como describe anteriormente la sección 4.4.

    4.4 Medidas de mitigación

    Por lo que se refiere a los proyectos nacionales, la planificación y los progresos comunicados por los Estados miembros muestran, por una parte, una mejora de la situación frente a la del año pasado en el caso de los sistemas nacionales de importación, respecto de los cuales ya no se indican retrasos, pero ponen de manifiesto, por otra, que la situación del proyecto nacional relativo a la AN, la PN y el TS se está deteriorando ligeramente. Teniendo en cuenta los riesgos evaluados, la Comisión tiene previsto aumentar el apoyo prestado a los Estados miembros mediante varias iniciativas. Dado que varios Estados miembros vinculan sus actividades nacionales a las que se prevén en el marco de la entrega 2 del ICS2, la Comisión estudiará más detalladamente este desfase de dos meses en la planificación. Supervisará los progresos con mayor frecuencia, establecerá contactos bilaterales para comprender los problemas y enviará cartas formales a los Estados miembros implicados para mitigar el riesgo de retrasos. Mientras tanto, se aconseja a los Estados miembros que sigan colaborado y aceleren su intensa labor de cooperación para la ejecución del proyecto relativo a la AN, la PN y el TS y que aúnen fuerzas en el equipo de expertos. La Comisión mantiene la cofinanciación aportada por el programa Aduana para el Equipo de expertos en nuevos enfoques para desarrollar y gestionar los sistemas informáticos aduaneros. En última instancia, la implantación oportuna de los componentes nacionales sigue siendo responsabilidad de los Estados miembros.

    Tal y como se anunció en el informe del año pasado, la Comisión ha aumentado su apoyo a los Estados miembros para el desarrollo de los sistemas transeuropeos estableciendo mecanismos de implantación y desarrollo innovadores, perfeccionando el enfoque de la gobernanza y aportando programas transeuropeos de supervisión y coordinación. Esto se describe más adelante de forma pormenorizada.

    La Comisión sigue utilizando un enfoque «Agile» para el desarrollo y la implantación de los sistemas electrónicos establecidos en virtud del CAU con el fin de proporcionar y revisar la documentación sobre proyectos y los programas informáticos de las aplicaciones en paquetes o iteraciones cuya gestión resulte más sencilla. Ello permite a la Comisión y a los Estados miembros realizar ajustes más rápidos y tener una carga de trabajo más equilibrada. Este método se ha utilizado de forma pionera en los proyectos del AES, de la fase 5 del NSTI y del ICS2 y ha sido bien recibido por los Estados miembros y los operadores. A raíz de que se solicitara el uso generalizado de este enfoque, se utilizó para otros proyectos del CAU, como la PEU y el CCI. Además, la Comisión ha establecido un mecanismo para mejorar la colaboración entre todas las partes interesadas desde la fase inicial de los proyectos, con el fin de mejorar la calidad de las actividades preparatorias y evitar la aparición de dificultades en la toma de decisiones y la aplicación de requisitos adicionales en etapas posteriores de los proyectos.

    Para medir los progresos que le corresponde realizar, la Comisión utiliza como herramienta de información y seguimiento el cuadro de indicadores del plan estratégico plurianual para las aduanas (MASP-C). Las referencias para fijar los hitos del cuadro de indicadores son el MASP-C de 2019 y el programa de trabajo del CAU de 2019. El cuadro se presenta trimestralmente a los Estados miembros (Grupo de Coordinación Electrónica de Aduanas) y a la comunidad comercial (Grupo de contacto sobre comercio) a efectos de información y orientación.

    En la actualidad, la Comisión no solo supervisa los progresos realizados mediante una comparación con las principales etapas del proyecto, tal como figuran en el programa de trabajo del CAU y en el MASP-C, sino que además establece etapas intermedias específicas por proyecto (p. ej., las etapas en que todos los Estados miembros deben haber completado las pruebas de conformidad). Este estrecho seguimiento es necesario para facilitar la gestión de la implantación de los sistemas transeuropeos descentralizados y evitar los costes adicionales derivados de la explotación de sistemas antiguos y nuevos en caso de ampliación del lapso de implantación.

    Por lo que respecta a la ejecución del programa del ICS2, la Comisión siguió llevando a cabo las «actividades transeuropeas de coordinación» del ICS2 durante 2019 y 2020 10 . Esta tarea se centró en la implantación de la entrega 1 del ICS2, con vistas a facilitar la preparación operativa por parte de las autoridades aduaneras de los Estados miembros, las empresas de transporte urgente y los operadores de servicios postales de la UE a partir del 15 de marzo de 2021.

    La Comisión facilitó apoyo a las administraciones nacionales y a los operadores económicos en sus actividades de desarrollo mediante una serie de actividades, entre las que se incluyen:

    ·la creación de un foro específico y la organización de seminarios web específicos, el apoyo mediante la respuesta a las preguntas más frecuentes y la organización periódica de reuniones plenarias de coordinación transeuropea del ICS2 con la participación de todos los representantes nacionales de gestión del proyecto ICS2 y de gestión de riesgos de los Estados miembros, los operadores económicos individuales, las asociaciones comerciales y las organizaciones internacionales;

    ·una supervisión estrecha y continua, la planificación de los planes de proyectos nacionales y comerciales para garantizar que se ajustan a la planificación central de la Comisión a lo largo de las correspondientes etapas de desarrollo informático (campañas de pruebas de conformidad, ensayos de extremo a extremo, simulacros). Estas actividades abarcaron desde facilitar apoyo continuo a la coordinación de las actividades de realización de pruebas de conformidad hasta alentar a las administraciones nacionales y los operadores económicos a coordinar sus proyectos individuales;

    ·la preparación para la puesta en marcha de campañas de comunicación, mediante diferentes actividades que se llevaron a cabo en 2020 y a través de la ejecución del programa del ICS2, incluida la creación de contenido específico de dicho programa en el sitio web de la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera;

    ·la preparación del material de formación que se basará en el compendio de las orientaciones operativas comunes de la entrega 1 del ICS2.

    Por otra parte, a finales de 2019 la Comisión puso en marcha un «programa de seguimiento trimestral de la Administración nacional» destinado a los sistemas transeuropeos NSTI - fase 5, y AES, y que incluía indicadores clave de rendimiento, a fin de medir periódicamente los avances realizados y activar avisos con bastante antelación en caso de que pudieran surgir problemas.

    Como instrumento complementario, la Comisión también estableció para estos proyectos un «programa de coordinación de la Administración nacional» a fin de apoyar a los Estados miembros en el desarrollo e implantación de los componentes nacionales para los sistemas transeuropeos. Estos programas contribuirán a orientar el proceso de transición en el ámbito informático a partir de 2020 mediante un servicio de ayuda específico, seminarios web, visitas bilaterales (cuando sea posible), formación, seguimiento de las pruebas de conformidad, comunicación de los progresos con periodicidad trimestral, gestión de la prestación de servicios, etc.

    Durante los seis primeros meses de aplicación del programa, se han podido observar los siguientes resultados:

    ·todas las administraciones nacionales han cumplido las disposiciones del programa de coordinación para la fase 5 del NSTI y el AES, han aportado planes nacionales de proyectos detallados utilizando las plantillas propuestas y han comunicado cualquier desviación respecto a su plan de referencia;

    ·el programa de coordinación general fue objeto de un diálogo con todas las administraciones nacionales en cuatro reuniones virtuales y físicas y fue aceptado por el Grupo de Coordinación de la Aduana Electrónica (ECCG);

    ·se organizaron tres misiones bilaterales y seis seminarios web con las administraciones nacionales;

    ·la Comisión facilitó al ECCG y al Grupo de Política Aduanera (GPA) el informe actual en el que se facilita un resumen de los indicadores clave de resultados de los planes nacionales agregados.

    Se considera que el resultado de ambos programas aportará información valiosa respecto de los progresos realizados y seguirá utilizándose en los futuros informes anuales de situación. Proporcionará información detallada sobre los progresos realizados por proyecto y por Estado miembro.

    5Resumen de LA gestión y conclusiones

    En conclusión, resulta evidente que la Comisión y los Estados miembros se enfrentan a dificultades a la hora de garantizar la plena implantación de los sistemas electrónicos en el ámbito del CAU en los plazos oportunos. La evaluación de los progresos y riesgos revela que estas dificultades surgen fundamentalmente en las tareas que deben realizar los Estados miembros. Los Estados miembros mencionan la incertidumbre existente en cuanto al impacto de la pandemia de COVID-19, a las numerosas obligaciones que deben cumplir a través de los sistemas aduaneros, a las dificultades en materia de recursos de los Estados miembros, a la complejidad e interconectividad de los sistemas y a la necesidad de lograr una transición sin contratiempos de los sistemas actuales a los mejorados, de manera que se minimice el impacto sobre el comercio. La Comisión se compromete a apoyar, coordinar y supervisar los avances por parte de los Estados miembros de forma más cuidadosa y exhaustiva durante los próximos años, así como a emprender acciones específicas para garantizar una implantación oportuna de los sistemas, tanto nacionales como transeuropeos.

    No obstante, también es evidente que se están logrando progresos tangibles. Ya se ha implantado un número considerable de sistemas electrónicos que actualmente están plenamente operativos.

    El proyecto SP INF se implantó con éxito este año y se han logrado avances significativos, a saber, se han finalizado las especificaciones técnicas y funcionales para cuatro y dos proyectos respectivamente, se han completado dos argumentaciones económicas y se han realizado preparativos para futuras entregas importantes.

    Tal y como se ha mencionado anteriormente, la mayoría de los proyectos que quedan por implantar están bien encaminados y se prevé que se completen de acuerdo con la planificación de los proyectos definida en el programa de trabajo del CAU. En el gráfico 4 se puede acceder a un resumen de la planificación y los progresos realizados.

    Gráfico 4. Planificación de los proyectos de acuerdo con el programa de trabajo del CAU

    La Comisión y los Estados miembros continuarán celebrando reuniones periódicas para dirigir y supervisar los proyectos a través del cuadro de indicadores del plan estratégico plurianual para las aduanas y de la planificación reforzada y los requisitos de notificación de los progresos para la ejecución del programa de trabajo del CAU. La Comisión y los Estados miembros proseguirán también su tarea de elaboración y desarrollo de los restantes sistemas transeuropeos mediante argumentaciones económicas y documentos de visión, y seguirán preparando las especificaciones funcionales y técnicas (incluidas, en algunos casos, las especificaciones técnicas transitorias) como base para el despliegue y la implantación de los sistemas.

    La Comisión seguirá ocupándose de la supervisión de las administraciones nacionales con periodicidad trimestral y de los programas de coordinación. Con estos instrumentos de gestión, la Comisión confía en disponer de los mecanismos adecuados para hacer frente a los próximos retos.

    Todos los Estados miembros han manifestado su voluntad de definir y adoptar medidas de mitigación para garantizar que se respeten los plazos de planificación establecidos en el programa de trabajo del CAU.

    En el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que se presenta junto con el presente informe se ofrece información más pormenorizada sobre la planificación y el estado de cada proyecto. 

    (1)

     Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 bis del Código Aduanero de la Unión, sobre los progresos realizados en el desarrollo de los sistemas electrónicos establecidos en virtud del Código [COM(2019) 629 final].

    (2)

     Documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña al Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 bis del Código Aduanero de la Unión, sobre los progresos realizados en el desarrollo de los sistemas electrónicos establecidos en virtud del Código [SWD(2019) 434 final]. 

    (3)

     Decisión de Ejecución (UE) 2019/2151 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2019, por la que se establece el programa de trabajo relativo al desarrollo y a la introducción de los sistemas electrónicos previstos en el Código Aduanero de la Unión (DO L 325 de 16.12.2019, p. 168).

    (4)

     Documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña al Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 bis del Código Aduanero de la Unión, sobre los progresos realizados en el desarrollo de los sistemas electrónicos establecidos en virtud del Código [SWD(2020) XXX final].

    (5)

     Reglamento (UE) 2019/632 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 952/2013 a fin de prolongar la utilización transitoria de medios distintos de las técnicas de tratamiento electrónico de datos previstas en el Código Aduanero de la Unión (DO L 111 de 25.4.2019, p. 54).

    (6)

    Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión (DO L 343 de 29.12.2015, p. 1).

    (7)

    Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el código aduanero de la Unión (DO L 343 de 29.12.2015, p. 1).

    (8)

      Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2459 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017 ( DO L 348 de 29.12.2017, p. 32 ) .

    (9)

      Decisión (UE) 2020/1109 del Consejo, de 20 de julio de 2020, por la que se modifican las Directivas (UE) 2017/2455 y (UE) 2019/1995 en lo que respecta a las fechas de transposición y de aplicación en respuesta a la pandemia de COVID-19 ( DO L 244 de 29.7.2020, p. 3 ) , Reglamento (UE) 2020/1108 del Consejo, de 20 de julio de 2020, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/2454 en lo que respecta a las fechas de aplicación en respuesta a la pandemia de COVID-19 ( DO L 244 de 29.7.2020, p. 1 ) y Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1112 del Consejo, de 20 de julio de 2020, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2026 en lo que respecta a las fechas de aplicación en respuesta a la pandemia de COVID-19 ( DO L 244 de 29.7.2020, p. 9 ).

    (10)

    La vertiente del ICS2 relativa a la actividad de coordinación a escala transeuropea, que constituye un elemento integral del programa del ICS2, se puso en marcha en 2018.

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