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Document 52020DC0386

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Evaluación ex post de las Capitales Europeas de la Cultura de 2018 (Leeuwarden y La Valeta)

    COM/2020/386 final

    Bruselas, 18.8.2020

    COM(2020) 386 final

    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

    Evaluación ex post de las Capitales Europeas de la Cultura de 2018 (Leeuwarden y La Valeta)

    {SWD(2020) 165 final}


    INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

    Evaluación ex post de las Capitales Europeas de la Cultura de 2018 (Leeuwarden y La Valeta)

    1.Introducción

    Este informe se presenta en virtud del artículo 12 de la Decisión n.º 1622/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se establece una acción comunitaria en favor de la manifestación «Capital Europea de la Cultura» para los años 2007 a 2019 1 (en lo sucesivo, «la Decisión»), que requiere que la Comisión garantice cada año la evaluación externa e independiente de los resultados de la manifestación «Capital Europea de la Cultura» del año anterior 2 y que presente un informe sobre dicha evaluación a las instituciones y los organismos de la UE pertinentes.

    Las conclusiones y la metodología de la evaluación ex post se presentan de forma más completa en el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que lo acompaña.

    2.Contexto de la acción

    2.1.La acción de la UE en favor de la manifestación «Capital Europea de la Cultura» (CEC)

    Desde el inicio, a nivel intergubernamental, de la Ciudad Europea de la Cultura en 1985 3 , el proyecto se desarrolló hasta alcanzar el formato de una acción de la UE propiamente dicha en 1999 4 . En la actualidad, se rige por la Decisión n.º 445/2014/UE 5 , si bien las ciudades designadas CEC hasta 2019 se regulan mediante la Decisión n.º 1622/2006/CE.

    La acción CEC tiene por objeto poner de relieve la riqueza, la diversidad y los rasgos comunes de las culturas de Europa, fomentando así una mayor comprensión mutua entre los ciudadanos europeos. Asimismo, pretende estimular un desarrollo a largo plazo de las ciudades basado en la cultura en el sentido más amplio del término, lo cual implica un impacto socioeconómico, el fortalecimiento de la cooperación entre operadores culturales, artistas y ciudades de Europa y la implicación y participación de los ciudadanos locales (y extranjeros) en la cultura.

    2.2.Selección y seguimiento de las CEC de 2018

    De conformidad con la Decisión, Malta y los Países Bajos eran los dos Estados miembros a los que correspondía albergar las CEC en 2018.

    Las autoridades competentes de estos dos Estados miembros (es decir, sus respectivos ministerios de cultura) realizaron en paralelo los procesos de selección de dos fases (preselección y recomendación final). El proceso de selección se inicia con la publicación de una convocatoria para dar lugar a las solicitudes de las ciudades interesadas. Un comité de selección de trece miembros —seis nombrados por el Estado miembro en cuestión y los otros siete por las instituciones y organismos de la Unión Europea— evalúa las candidaturas de las ciudades en función de los objetivos y criterios establecidos en la Decisión.

    Malta decidió comenzar su procedimiento de selección con un año de antelación respecto al calendario normal con el fin de concluir grandes proyectos de infraestructura necesarios para acoger el año CEC. Publicó su convocatoria de presentación de solicitudes en diciembre de 2010. Las principales partes interesadas a nivel nacional y local tomaron la decisión temprana de presentar una solicitud única en nombre de La Valeta, pero que implicaría a todo el territorio de las islas maltesas. Por tanto, la solicitud de La Valeta fue la única que se presentó antes del 17 de octubre de 2011. Tras la reunión de preselección de enero de 2012, la ciudad fue preseleccionada y en noviembre de 2012 el comité de selección recomendó conceder a la Valeta el título de CEC 2018 en Malta 6 .

    Los Países Bajos publicaron su convocatoria en diciembre de 2011, siguiendo el calendario normal. Cinco ciudades participaron en el concurso antes del 31 de octubre de 2012: Eindhoven, Leeuwarden, Maastricht, La Haya y Utrecht. En la reunión de preselección en noviembre de 2012, se seleccionaron tres de ellas (Eindhoven, Leeuwarden y Maastricht). En septiembre de 2013, el comité de selección recomendó que el título de CEC 2018 en los Países Bajos fuera concedido a Leeuwarden.

    El Consejo de la Unión Europea designó oficialmente a La Valeta y Leeuwarden como CEC de 2018 en mayo de 2013 7 y mayo de 2014 8 , respectivamente.

    Posteriormente, ambas ciudades quedaron sujetas a disposiciones de seguimiento: bajo los auspicios de la Comisión, un comité formado por siete expertos independientes designados por las instituciones y organismos de la UE realizó el seguimiento y guio los progresos realizados en la preparación de las ciudades. El comité tenía la tarea adicional de garantizar el cumplimiento del programa y los compromisos sobre los que se habían seleccionado las dos ciudades. Representantes de La Valeta y Leeuwarden asistieron a dos reuniones formales de seguimiento convocadas por la Comisión en septiembre de 2015 y marzo de 2017. Una vez finalizado el proceso de seguimiento, el comité formuló una recomendación positiva a la Comisión para que se concediera el premio de 1,5 millones EUR en honor de Melina Mercouri a cada una de las dos ciudades. El premio —financiado en el marco del Programa Europa Creativa 9 — se pagó a las dos CEC en otoño de 2017.

    2.3.Temas y enfoque de las dos CEC de 2018

    La Valeta es la capital de Malta y forma parte de un área metropolitana más amplia de casi 400 000 personas, lo cual representa el 90 % de la población del país. La zona depende en gran medida del turismo de ocio, mientras que otros sectores clave son el turismo médico, la electrónica, los productos textiles y la producción cinematográfica. La historia del país ha dotado a La Valeta de un rico patrimonio cultural y arquitectónico, que permitió a la ciudad obtener el título de Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO en 1980.

    El tema y el lema iniciales de 2018 de La Valeta era «Imagine 18», que pretendía ofrecer un impulso muy necesario para el sector cultural introspectivo de la ciudad. La solicitud estaba vinculada a un plan de desarrollo estratégico para La Valeta y disfrutó del apoyo unánime de los sesenta y ocho ayuntamientos, así como del apoyo político de todos los partidos en el Parlamento. Perseguía cuatro objetivos principales: impulsar las profesiones culturales; crecer internacionalmente; establecer La Valeta como una ciudad creativa; y favorecer las relaciones sostenibles con el medio ambiente. No obstante, se abandonó el concepto inicial debido a un cambio de liderazgo tras las elecciones generales del país de 2013, en favor de «Valletta 2018: An island-wide fiesta» [La Valeta 2018, un festival por toda la isla], cuya intención era que la CEC representara a toda Malta y facilitara la participación de los ciudadanos en todo el territorio. Asimismo, este tema fue elegido por su referencia a las tradiciones y fiestas locales de Malta que reúnen a comunidades enteras.

    Ubicada en el noroeste de los Países Bajos, Leeuwarden es una ciudad de 100 000 habitantes de la región de Frisia, que cuenta con una población de 646 000 habitantes y un total de once ciudades históricas conectadas entre sí por agua. Asimismo, Leeuwarden es una de las ciudades más antiguas del norte de los Países Bajos con una rica historia que se remonta a la época romana. La ciudad y la región están relativamente bien provistas de infraestructuras y actividades culturales, pero la percepción que se tiene habitualmente de su sector cultural es la de estar centrado en el ámbito local y ser introspectivo en cuanto a su contenido cultural, público objetivo y aspiraciones.

    Leeuwarden asoció a la región de Frisia en su candidatura, de la que «Iepen Mienskip» representaba un elemento clave. «Mienskip» es una palabra y una tradición frisona asociada a valores fundamentales como el respeto mutuo, la participación, el desarrollo a nivel local, la igualdad y la responsabilidad cívica. El adjetivo «Iepen» añade un segundo elemento importante de «apertura» y expresa el deseo de incluir también a aquellos que no pertenecen originalmente a la «comunidad frisona». El enfoque de «Iepen Mienskip» debía dominar la tarea de desarrollo de Leeuwarden-Frisia 2018, así como el contenido de su programa cultural, con un principio general clave en torno al uso de la cultura para ayudar a abordar los problemas de la sociedad. En este contexto, el programa cultural se organizó en torno a las siguientes líneas temáticas: Naturaleza y Cultura; Ciudad y Campo; Comunidad y Diversidad; Lab Lws (laboratorios de innovación); y Frisones Reales.

    3.Evaluación

    3.1.Condiciones de la evaluación

    La evaluación examina la aplicación y ejecución de los dos programas CEC 2018 a lo largo de su ciclo de vida, desde su génesis hasta los aspectos de sostenibilidad y legado.

    En concreto, evalúa la pertinencia, eficiencia y eficacia de las dos CEC de 2018. También examina el valor añadido de la UE, así como la coherencia y complementariedad de la acción CEC con otras iniciativas de la UE. Por último, extrae conclusiones derivadas de las dos experiencias.

    3.2.Metodología y limitaciones del planteamiento elegido

    La evaluación y su metodología se diseñaron para responder a los requisitos de la Decisión y contribuir a desarrollar una comprensión más profunda de la ejecución y los logros de la acción CEC. En particular, constituye una valiosa oportunidad para reconsiderar de forma crítica el último año, con el fin de destacar las enseñanzas y recomendaciones para reformular el conocimiento y las percepciones actuales a la luz de las nuevas experiencias de las ciudades anfitrionas.

    En todas las evaluaciones previas, la lógica de intervención partió de una jerarquización de los objetivos de la Decisión.

    Para que los resultados sean comparables, la metodología de esta evaluación siguió el enfoque de recopilación y análisis de datos adoptado en las evaluaciones previas de la acción CEC 10 .

    La evaluación se basó en dos tipos de datos y sus respectivas fuentes:

    -Los datos primarios incluyen datos recogidos durante el trabajo de campo o facilitados por cada CEC, como entrevistas y cuestionarios en línea; en concreto, las entrevistas pretendían obtener una variedad de perspectivas sobre cada CEC, incluidas las de los equipos de gestión, los responsables de las decisiones a nivel local y nacional, los principales operadores culturales, una serie de socios participantes en la puesta en práctica de la manifestación CEC y una muestra de organizaciones directoras o participantes en los proyectos concretos.

    -Las fuentes de datos secundarios incluyen documentos estratégicos y legislativos de la UE relacionados con las CEC, investigaciones académicas sobre las CEC y el papel de la cultura en el desarrollo de las ciudades, las dos candidaturas originales de las CEC 2018, informes internos relacionados con los procesos de solicitud, informes de seguimiento y evaluación, estudios e informes elaborados o encargados por las CEC, programas de actos, material y sitios web de promoción, así como datos estadísticos clave recogidos por las dos ciudades sobre presupuestos y detalles de gastos, números y tipos de proyectos, niveles de participación y cifras de audiencia, productos obtenidos y resultados.

    -La evaluación no incluye una consulta pública más amplia. Como se explicó en la hoja de ruta 11 , la acción se considera local, y la participación internacional es dispersa dentro y fuera de Europa, y es difícil de lograr. Esta conclusión se vio apoyada por la percepción limitada que ofrecía la consulta pública realizada en el marco de la evaluación de las dos CEC de 2017, como se destacó en el correspondiente documento de trabajo de los servicios de la Comisión adoptado por la Comisión en 2019 12 .

    Al igual que en todas las anteriores evaluaciones ex post de las CEC, la Comisión sostiene que la metodología elegida es adecuada para elaborar un informe que ofrezca una base razonablemente sólida para poder inferir conclusiones sensatas respecto de los resultados de la CEC.

    No obstante, como ya se resaltó en el informe del año pasado, la ausencia de datos de referencia que puedan integrarse en un estudio comparativo de la ciudad antes de la obtención del título, al comienzo del año del título y después de la ejecución del año como CEC continúa siendo una limitación. Estos datos son de vital importancia para lograr una perspectiva equilibrada, respaldada por una base de información concluyente y amplia, del impacto real de la acción CEC en una ciudad.

    Sin embargo, el presupuesto asignado al trabajo de evaluación (aproximadamente, 75 000 EUR al año), que es proporcional al bajo nivel de financiación que la UE aporta directamente a las CEC (1,5 millones EUR del Premio Melina Mercouri), no permite realizar un estudio previo («de referencia») y un estudio posterior (ex post). Otra consecuencia del modesto presupuesto es que la recogida de datos primarios tiende a ser más cualitativa que cuantitativa; aunque los datos cualitativos siguen teniendo gran importancia en la evaluación, la escasa diversidad de las fuentes de datos se traduce en una menor fiabilidad, por ejemplo, en el proceso de demostrar los resultados objetivos y el impacto de las CEC en la ampliación de la participación en la cultura.

    Por tanto, el informe y sus conclusiones se sustentan en una amplia base de datos cualitativos (por ejemplo, los puntos de vista y opiniones de diversos tipos de partes interesadas) más que en un conjunto completo de datos cuantitativos.

    La Comisión solo puede reiterar en este informe lo que ya ha manifestado repetidamente en informes anuales anteriores acerca de las evaluaciones ex post de CEC, es decir, que acepta y es plenamente consciente de dichas limitaciones, las cuales también han sido claramente identificadas y comunicadas en un documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña a la propuesta de Decisión por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033 13 .

    Como ya se indicó en informes anteriores, por lo que se refiere a esta dificultad, una propuesta posterior de la Comisión y la Decisión finalmente adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo 14 prevé que las propias ciudades designadas, que son las financiadoras y beneficiarias principales de la acción CEC y están mejor situadas para disponer de datos de referencia y recoger datos primarios sobre el impacto del título, se conviertan en las principales ejecutoras del proceso de evaluación.

    Esta nueva obligación, que exige que las ciudades CEC, en lugar de la Comisión, lleven a cabo una evaluación ex post del año en que tengan el título, solo se aplicará de 2020 en adelante. La Comisión seguirá efectuando su propia evaluación, con las limitaciones anteriormente descritas, sobre las CEC de 2019. Posteriormente, la Comisión llevará también a cabo una evaluación general que englobe las CEC de varios años, lo que permitirá medir el impacto a largo plazo de la acción CEC, como establece la Decisión n.º 445/2014/UE.

    Asimismo, cabe destacar que los resultados de las amplias investigaciones locales encargadas por La Valeta y Leeuwarden aportaron datos a la evaluación de la Comisión siempre que fue posible.

    En conclusión, a pesar de la deficiencia de los datos cuantitativos y de otras pruebas independientes, la Comisión considera que las pruebas recogidas son suficientemente sólidas para apoyar la evaluación y comparte su valoración global y sus deducciones, que se considera que ofrecen una imagen generalmente verídica e informada de la CEC 2018.

    4.Principales conclusiones

    4.1.Pertinencia

    Según las conclusiones de la evaluación, los objetivos de ambas ciudades CEC de 2018 fueron pertinentes para los objetivos de la acción CEC descritos en la Decisión.

    El programa de Leeuwarden-Frisia 2018 fomentaba la diversidad cultural y un mayor entendimiento entre los ciudadanos europeos, tanto en términos de contenido (ya que el programa cultural concedía preeminencia a temas europeos, como las lenguas minoritarias o la conexión entre la ciudad y el campo) como en términos de proceso (gracias a las 1 600 colaboraciones internacionales que abarcaban ochenta y siete países). Asimismo, el programa también era pertinente para los propios objetivos de la CEC, en particular para aquellos vinculados con la mejora de la variedad y diversidad de la oferta cultural y con la ampliación del acceso a la cultura y la participación en esta; de hecho, la CEC utilizó la cultura como un vehículo a través del cual interactuar con la población local y entendió el programa abierto (con sus principios ascendentes) como la columna vertebral de todo el proyecto más que como un complemento comunitario específico e independiente.

    En cuanto a La Valeta, el programa CEC llevó a cabo colaboraciones mucho más amplias con artistas europeos y organizaciones culturales en comparación con la oferta cultural de Malta en años anteriores, incluido, por ejemplo, un nuevo programa de residencias para artistas que permitió a cincuenta artistas internacionales actuar en el país. Asimismo, exploró temas europeos pertinentes como la migración. Por último, aunque el programa cambió de forma considerable desde el momento de la solicitud, siguió siendo en general coherente con tres de los cuatro objetivos originales, dándole menos importancia en la práctica al cuarto objetivo relativo al medio ambiente.

    4.2.Eficiencia

    En líneas generales, los datos disponibles sugieren que la CEC sigue siendo una acción eficiente que proporciona a la UE un buen nivel de beneficios con una inversión relativamente modesta: la propia concesión del título tiene un sustancial efecto de palanca en la cantidad de fondos que las ciudades anfitrionas dedican a diseñar y ejecutar el programa cultural CEC y es un generador importante de interés y financiación por parte de una amplia variedad de partes interesadas, entre ellas autoridades regionales y nacionales y contribuyentes privados. Además, el valor absoluto del Premio Melina Mercouri, que es la única contribución monetaria directa que las ciudades anfitrionas reciben de la Unión Europea, es mínimo (1,5 millones EUR por CEC) en comparación con los costes globales de una CEC: los gastos de funcionamiento de las CEC de 2018 fueron de aproximadamente 104,6 millones EUR para Leeuwarden-Frisia y 26,5 millones EUR para La Valeta.

    En cuanto a las ciudades, la evaluación concluye que la eficiencia de la gestión varió entre las dos, siendo en general sólida en Leeuwarden-Frisia, mientras que la de La Valeta sufrió cambios considerables y perdió expertos importantes, lo cual en última instancia afectó a la dirección artística y al contenido del programa cultural. La dimensión política de la Fundación Valletta 2018 también fue objeto de críticas a nivel local e internacional. Por último, pero no por ello menos importante, Leeuwarden-Frisia recaudó fondos suficientes para poner en marcha un importante programa cultural. La financiación en La Valeta fue más modesta, pero aun así suficiente, aunque el presupuesto operativo final fue considerablemente inferior al propuesto en la solicitud (49,6 millones EUR frente a 26,5 millones EUR).

    4.3.Eficacia

    La evaluación concluye que las dos CEC de 2018 contribuyeron de forma significativa a alcanzar los objetivos de la Decisión.

    Ambas presentaron programas culturales más amplios, diversos, innovadores e internacionales que la oferta cultural de referencia de años anteriores.

    Ambas ayudaron a ampliar el acceso y la participación en la cultura, aunque los datos son más sólidos en Leeuwarden-Frisia con su enfoque «Iepen Mienskip» (5,4 millones de personas participaron en proyectos CEC y 60 000 habitantes locales lo hicieron de hecho como artistas o voluntarios) que en La Valeta (se estima que el público general fue de 400 000 personas) debido, en gran parte, a la inestabilidad en el liderazgo de esta última.

    También ayudaron a reforzar los recursos culturales de sus sectores cultural y creativo, así como sus vínculos con otros sectores.

    Además, las dos dieron más relieve internacional a ambas ciudades (el 6 % del público era internacional en Leeuwarden-Frisia, mientras que Malta registró un aumento del 14,3 % de visitantes extranjeros de 2017 a 2018), aunque La Valeta sufrió una importante publicidad internacional desfavorable, como se ha descrito anteriormente.

    En el momento de la redacción, Leeuwarden-Frisia contaba con un plan relativo al legado menos desarrollado. La Valletta Cultural Agency será un mecanismo claro para continuar las actividades más allá de 2018, y el Valletta Design Cluster, que ayudará a mantener la regeneración cultural de la ciudad, no lo será menos.

    4.4.Coherencia

    La acción CEC es coherente con el Programa Europa Creativa de la UE y complementaria a este ya que fomenta los objetivos de dicho programa y es distinta a las otras iniciativas de este. Asimismo, la acción CEC es coherente con los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos y complementaria a estos. Especialmente en La Valeta, algunas inversiones importantes en infraestructuras culturales efectuadas por la Fundación Valletta 2018 recibieron la cofinanciación del FEDER (en particular, el nuevo museo MUŻA y el Valletta Design Cluster) y mejorarán el legado del año al proporcionar nuevas instalaciones para actividades.

    4.5.Valor añadido de la UE

    Como ya se ha mencionado y explicado, la acción CEC ha tenido un impacto que no se habría logrado únicamente a través de las acciones de los Estados miembros.

    Los datos de ambas ciudades muestran que la CEC ofrece a las ciudades que ostentan el título el impulso para ejecutar programas culturales más amplios que los que hubieran llevado a cabo de otra forma. El título también les ayuda a atraer recursos de los sectores público y privado, así como a obtener más relieve internacional. La Comisión Europea desempeña un papel clave a la hora de fomentar la acción CEC a través de publicaciones, eventos y el sitio web Europa, a pesar de contar con unos recursos relativamente limitados. Estas actividades contribuyen a las propias actividades promocionales de la CEC.

    5.Conclusiones

    A partir de la evaluación, la Comisión concluye que la acción CEC sigue siendo pertinente a nivel de la UE, así como muy valiosa para las ciudades anfitrionas, y que genera amplios programas culturales con resultados y efectos positivos que, no obstante, no pueden evaluarse plenamente en la fase de evaluación actual, ya que es demasiado pronto tras el final del año CEC. La intención de la Comisión es evaluar estos resultados y efectos a través de una perspectiva más amplia en una fase posterior dentro del marco de la evaluación a largo plazo que llevará a cabo, como prevé la Decisión 445/2014/UE.

    Otra conclusión es que los programas puestos en práctica por las dos ciudades que ostentaron el título en 2018 fueron coherentes con los objetivos de la acción CEC. Reflejaron su dimensión europea a través de los temas abordados y las conexiones internacionales realizadas. Además, implicaron a los residentes y partes interesadas locales al tiempo que ampliaron el acceso a la cultura y la participación en esta. También ayudaron a reforzar los recursos culturales de los sectores cultural y creativo locales, así como sus vínculos con otros sectores.

    Estos resultados confirman los que se desprendieron de todas las evaluaciones de las CEC anteriores, es decir, que las ciudades que ostentan el título de CEC llevan a cabo programas culturales más amplios e innovadores que su oferta cultural anual habitual, con una fuerte dimensión europea y la participación tanto de ciudadanos locales como de visitantes internacionales, en consonancia con los objetivos del Tratado y de la acción CEC.

    Después de más de diez años de evaluaciones ex post anuales parecidas, el evaluador formuló un número muy limitado de recomendaciones, todas ellas dirigidas a la Comisión. Sorprendentemente, todas estas recomendaciones están relacionadas con los procedimientos de selección, seguimiento y financiación introducidos por la Decisión n.º 445/2014/UE. En opinión de la Comisión, estas recomendaciones, aunque ofrecen un material interesante para reflexionar, no están claramente vinculadas a las conclusiones fundamentales de la evaluación ex post de las dos CEC de 2018, ni están justificadas por estas, las cuales estaban sujetas a los procedimientos de otra base jurídica (Decisión n.º 1622/2006/CE).

    La Comisión, aunque acepta estas recomendaciones como elementos valiosos que nutren su reflexión general, considera que aún es demasiado pronto para sacar conclusiones relativas a los resultados de los nuevos procedimientos introducidos por la Decisión n.º 445/2014/UE. No obstante, tendrá en cuenta las recomendaciones del evaluador al elaborar la evaluación a largo plazo anteriormente mencionada en virtud de la nueva base jurídica.

    En particular, la Comisión no está de acuerdo con la recomendación relativa a que debería considerar aconsejar a los miembros del comité no invitar a más de dos solicitantes por Estados miembro a pasar de la preselección a la fase final de selección de cada concurso, dados los recursos necesarios para elaborar una solicitud completa. En primer lugar, la Comisión destaca que la práctica actual es que el comité solo proponga ciudades que considere que tienen una oportunidad real de recibir su recomendación en la fase final de selección. En segundo lugar, en el caso de las dos CEC de 2018, la evaluación ex post mostró que un número limitado de solicitudes sin una competencia real (como ocurrió en Malta) puede provocar que el proceso sea más problemático que cuando se selecciona una ciudad entre más de dos ciudades preseleccionadas (como ocurrió en los Países Bajos). En tercer lugar, la experiencia muestra que, aunque elaborar una solicitud completa tiene un coste, el procedimiento de licitación en sí mismo tiene sus ventajas y su valor ya que representa una oportunidad para que las ciudades reflexionen sobre la forma en que la cultura y Europa pueden moldear su desarrollo general.

    Asimismo, el evaluador recomienda que la Comisión debería considerar si los procedimientos introducidos por la Decisión n.º 445/2014/UE serán adecuados para una situación en la que un gobierno nacional sea probablemente tanto el organizador del proceso de selección como uno de los actores clave en la solicitud de CEC, aunque sea de forma indirecta, por ejemplo, a través de un organismo bajo su control, como ocurrió en Malta. Aunque reconoce la pertinencia de dicha recomendación, a la Comisión le gustaría señalar que dicha situación es excepcional. No obstante, en las directrices que ofrece a los Estados miembros para ayudarles a preparar sus respectivos concursos, la Comisión introducirá una advertencia para aclarar ese punto y garantizar que no se repita.

    Respecto a la recomendación de que la Comisión debería revisar la eficacia de los procedimientos introducidos por la Decisión n.º 445/2014/UE y considerar si introduce un acuerdo escrito con los solicitantes seleccionados, la Comisión opina que, en esta fase, aún existe muy poca experiencia directa (dado que solo las dos CEC de 2020 han pasado por todo el ciclo del proceso de seguimiento) para llegar a conclusiones sólidas. Este aspecto puede cubrirse en el marco de la primera evaluación que se llevará a cabo en virtud de la nueva base jurídica.

    Respecto a la evaluación y, más concretamente, respecto a la organización de un seminario de evaluación para las ciudades que ostentan el título, la Comisión señala que, en septiembre de 2019, lanzó un sistema de desarrollo de capacidades para beneficio de los equipos de ejecución de las CEC. Como parte de este proyecto de treinta meses, se organizarán campamentos académicos al tiempo que se elaborarán MOOC y seminarios web sobre varios ámbitos pertinentes para los equipos de ejecución de las CEC, incluidos el seguimiento y la evaluación.

    (1)

         DO L 304 de 3.11.2006, p. 1.

    (2)

       El texto íntegro de la evaluación se puede consultar en el siguiente enlace: https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/6312a17a-1b6a-11ea-8c1f-01aa75ed71a1/language-en . 

    (3)

       Resolución de los ministros responsables de los asuntos culturales, reunidos en el seno del Consejo, de 13 de junio de 1985, relativa a la organización anual de la «Ciudad Europea de la Cultura» (85/C 153/02).

    (4)

       Decisión n.º 1419/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, por la que se establece una acción comunitaria en favor de la manifestación «Capital europea de la cultura» para los años 2005 a 2019 (DO L 166 de 1.7.1999, p. 1). Esta Decisión se modificó mediante la Decisión n.º 649/2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 117 de 4.5.2005).

    (5)

       Decisión n.º 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se establece una acción de la Unión relativa a las Capitales Europeas de la Cultura para los años 2020-2033 (DO L 132 de 3.5.2014).

    (6)

       Todos los informes de preselección, selección y seguimiento del comité de selección están disponibles en: http://ec.europa.eu/programmes/creative-europe/actions/capitals-culture_en.htm.

    (7)

       Decisión 2013/286/UE del Consejo, de 17 de mayo de 2013, por la que se designa la Capital Europea de la Cultura 2017 en Dinamarca y Chipre, y la Capital Europea de la Cultura 2018 en Malta (DO L 162 de 14.6.2013).

    (8)

       Decisión del Consejo 2014/352/UE, de 21 de mayo de 2014, por la que se designa la Capital Europea de la Cultura 2018 en los Países Bajos (DO L 175 de 14.6.2014).

    (9)

       Reglamento (UE) n.º 1295/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece el Programa Europa Creativa (2014 a 2020) y se derogan las Decisiones n.º 1718/2006/CE, n.º 1855/2006/CE y n.º 1041/2009/CE (DO L 347 de 20.12.2013).

    (10)

       Véanse los informes de evaluaciones previas en: http://ec.europa.eu/programmes/creative-europe/actions/capitals-culture_en.htm.

    (11)

         Véase Ares (2018) 1933090 de 11 de abril 2018. 

    (12)

       Véase SWD(2019) 213 final, capítulo 4.

    (13)

         Véase SWD(2012) 226 final, punto 2.4.4.

    (14)

       Decisión n.º 445/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, véase nota a pie de página n.º 5.

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