This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52020BP0144
European Parliament resolution of 18 June 2020 on the Council position on Draft amending budget No 4/2020 of the European Union for the financial year 2020 accompanying the proposal to mobilise the European Union Solidarity Fund to provide assistance to Portugal, Spain, Italy and Austria (08097/2020 — C9-0146/2020 — 2020/2069(BUD))
Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de junio de 2020, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.° 4/2020 de la Unión Europea para el ejercicio 2020, que acompaña a la propuesta de movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Portugal, España, Italia y Austria (08097/2020 — C9-0146/2020 — 2020/2069(BUD))
Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de junio de 2020, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.° 4/2020 de la Unión Europea para el ejercicio 2020, que acompaña a la propuesta de movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Portugal, España, Italia y Austria (08097/2020 — C9-0146/2020 — 2020/2069(BUD))
DO C 362 de 8.9.2021, p. 168–169
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
8.9.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 362/168 |
P9_TA(2020)0144
Proyecto de presupuesto rectificativo n.o 4/2020: propuesta de movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Portugal, España, Italia y Austria
Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de junio de 2020, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 4/2020 de la Unión Europea para el ejercicio 2020, que acompaña a la propuesta de movilizar el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Portugal, España, Italia y Austria (08097/2020 — C9-0146/2020 — 2020/2069(BUD))
(2021/C 362/28)
El Parlamento Europeo,
— |
Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
— |
Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, |
— |
Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012, y en particular su artículo 44 (1), |
— |
Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2020, adoptado definitivamente el 27 de noviembre de 2019 (2), |
— |
Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (3) (en lo sucesivo, «Reglamento MFP»), |
— |
Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (4), |
— |
Vista la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (5), |
— |
Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 4/2020, adoptado por la Comisión el 30 de abril de 2020 (COM(2020)0190), |
— |
Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 4/2020, adoptada por el Consejo el 25 de mayo de 2020 y transmitida al Parlamento Europeo el mismo día (08097/2020 — C9-0146/2020), |
— |
Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Portugal, España, Italia y Austria (COM(2020)0200), |
— |
Vistos los artículos 94 y 96 de su Reglamento interno, |
— |
Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A9-0106/2020), |
A. |
Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 4/2020 contempla la movilización propuesta del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a Portugal, España, Italia y Austria tras las catástrofes naturales ocurridas en dichos Estados miembros en 2019; |
B. |
Considerando que la Comisión propone, en consecuencia, la modificación del presupuesto de 2020 y un incremento en la línea presupuestaria 13 06 01 «Asistencia a los Estados miembros en caso de catástrofe grave de carácter natural que tenga repercusiones importantes en las condiciones de vida, el medio natural o la economía» por un importe de 272 498 208 EUR, tanto en créditos de compromiso como de pago; |
C. |
Considerando que el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea es un instrumento especial, tal como se define en el Reglamento del MFP, y que los créditos de compromiso y de pago correspondientes se consignarán en el presupuesto al margen de los límites máximos establecidos en el marco financiero plurianual; |
1. |
Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 4/2020; |
2. |
Encarga a su presidente que declare que el presupuesto rectificativo n.o 4/2020 ha quedado definitivamente adoptado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; |
3. |
Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales. |
(1) DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.
(3) DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.